Inteligencia aduanera
Como otros organismos del Estado, la Aduana tiene un servicio propio que con carácter secreto planifica y propone criterios para trazar perfiles de riesgo de importadores, exportadores y despachantes de aduana
La Dirección General de Aduanas, al igual que otros organismos del Estado, tiene su propio servicio de inteligencia. Así accede a información sobre personas que actúan en el comercio exterior y, con carácter secreto, planifica y propone criterios que le permiten considerar perfiles de riesgo, entre otros, de importadores, exportadores y despachantes de aduana.
Pero hay dudas sobre la constitucionalidad de sus tareas.
Por este servicio, la Aduana categoriza a las personas en confiables o no.
Aquellas que son consideradas confiables obtienen prerrogativas que les permiten operar con menos controles aduaneros, laxitud que resulta mucho más económica para el administrado.
Por el contrario, quienes no son considerados confiables soportan controles aduaneros rigurosos y de alto costo y, además, se encuentran con la posibilidad de ser afectados por la competencia desleal de aquellos pares preferidos por la inteligencia aduanera.
Este servicio está conformado por agentes de la Dirección General de Aduanas (DGA) y, eventualmente, de otras áreas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Tienen establecido un cronograma de reuniones y un programa de trabajo, se encuentran al menos una vez entre los días 1 al 5 de cada mes y ponen en la mesa de estudio todo tipo de información sobre despachantes de aduana, importadores, exportadores y demás operadores y auxiliares del comercio exterior.
Secretamente analizada, la información determinan controvertidos perfiles de honestidad e idoneidad con la finalidad de diferenciar a las personas al momento de ejercer el control de sus actos.
Las matrices de riesgo generadas por este servicio de inteligencia son reservadas para el uso en determinadas áreas de la AFIP-DGA (no obstante, se entiende que podrían ser del conocimiento de otros servicios similares del Estado), hecho que hace imposible el conocimiento público sobre el tratamiento otorgado a los importadores, exportadores y despachantes de aduana que mantienen relaciones, de cualquier naturaleza, con funcionarios de la AFIP.
Tampoco es del conocimiento general si la inteligencia aduanera trata la incompatibilidad expuesta en el último párrafo del Artículo 5° del decreto N° 618/97, por la cual quienes desempeñen cargos de cualquier categoría en la AFIP no pueden mantener relaciones de ninguna naturaleza o de asesoramiento con firmas exportadoras, importadoras o con despachantes de aduana.
En atención a que todos los operadores y auxiliares del comercio exterior investigados secretamente por este servicio de inteligencia son autorizados por la Aduana para operar en base al cumplimiento de iguales requisitos y tienen para con ese organismo las mismas responsabilidades, cabe dudar sobre la constitucionalidad de las tareas de inteligencia, especialmente la de aquellas destinadas a no contemplar un trato igualitario.
No obstante, tal como lo recomienda la Organización Mundial de Aduanas (OMA), es imprescindible continuar la búsqueda de medidas propensas a generar un control aduanero transparente, ágil y equitativo, teniendo presente que los operadores y auxiliares del comercio exterior son igualmente honestos e idóneos, salvo que el servicio aduanero demuestre lo contrario.
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