Fiscalización electrónica
Los cambios que produjo la medida en el procedimiento de control que el organismo ejerce sobre los contribuyentes
El potencial de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información, y el avance en materia de seguridad, digitalización y transferencia de datos, impulsaron cambios en los procedimientos de comunicación de la AFIP con los contribuyentes y/o responsables.
El proyecto de "fiscalización electrónica" (Res. 3416) vigente desde el 21 de diciembre último, introdujo algunos cambios formales en el procedimiento de control que ejerce la AFIP sobre los contribuyentes. Lo que busca el ente recaudador de impuestos con este proyecto es interactuar de un modo ágil y fluido con los contribuyentes, e inducirlos a declarar correctamente o a corregir en forma temprana los desvíos detectados; como por ejemplo la declaración del Domicilio Fiscal. Desde el organismo aclararon que el nuevo procedimiento es un complemento a las acciones restantes de control y fiscalización.
¿Cómo se inicia el proceso de fiscalización electrónica? Lo inicia la AFIP con el envío de una notificación al domicilio fiscal del contribuyente, solicitando que ingrese en la Web (www. afip.gov.ar) para interiorizarse sobre su situación ante el fisco. El destinatario no recibe ninguna información aclaratoria en este aviso; sólo se le asignará un número que deberá ingresar para contestar en línea el Requerimiento Fiscal Electrónico.
En las últimas semanas se generó cierto desconcierto entre los importadores que recibieron la notificación del inicio del proceso de fiscalización electrónica. Al ingresar en la web de la AFIP constataron que se los estaba citando porque la AFIP había detectado inconsistencias entre las DJAI (Declaración Jurada Anticipada de Importaciones) y los giros de divisas efectuados en la operatoria. Las incoherencias, informaron, surgieron del cruce de datos que realiza la AFIP con el sistema de consulta de Operaciones Cambiarias.
El importador tendrá 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación para contestar el requerimiento fiscal y deberá hacerlo bajo el procedimiento de fiscalización electrónica. Deberá ingresar a la web AFIP con Clave Fiscal y acceder al servicio "AFIP-Fiscalizaciones Electrónicas". Los contribuyentes podrán adjuntar documentación aclaratoria en formato PDF. La misma tendrá carácter de declaración jurada. Efectuada la transmisión electrónica de datos, el sistema emitirá un acuse de recibo que será comprobante del cumplimiento del trámite. Se podrá solicitar prórroga por única vez por otros 10 días hábiles y deberá solicitarse antes de que venza el plazo inicial.
La norma establece que "cuando no se haya podido practicar la notificación del inicio del Procedimiento de la Fiscalización Electrónica, se dispondrá la suspensión de la utilización del CUIT del contribuyente, hasta tanto éste regularice su situación con relación al domicilio fiscal". Estos contribuyentes "sancionados" podrán utilizar su Clave Fiscal, a la que se le asignará nivel 1, para que puedan ingresar al servicio "AFIP-Fiscalización Electrónica-Domicilios no constituidos" e informar un "Domicilio Autodeclarado" a fin de que allí le realicen las notificaciones pertinentes. Una vez que se practiquen las mismas, se rehabilitará el CUIT. La suspensión del CUIT, advirtieron, será puesta en conocimiento de las entidades regidas por la ley de entidades financieras.
Sanciones
Si la notificación se concreta satisfactoriamente, pero el contribuyente no responde en tiempo y forma. ¿Hay sanciones? El incumplimiento del "Requerimiento Fiscal Electrónico" desencadena una o varias sanciones simultáneas. Pueden ser multas; encuadramiento en una categoría distinta a la que posee en el Sistema de Perfil de Riesgo; Exclusión o suspensión de los Registros Especiales Tributarios o Registros Fiscales o consideración del incumplimiento como una inconsistencia asociada a su comportamiento fiscal.
Si bien el sistema de fiscalización electrónica impactará positivamente en los contribuyentes, al agilizar los trámites, hay algunos sectores (como los importadores) que se sienten abrumados por los cambios de procedimientos. El pronóstico para las próximas semanas no es más alentador. El 2 de mayo comenzará a regir el Sicnea (Sistema de Comunicaciones y Notificación Electrónica Aduanera), otro sistema que se usará para enviar notificaciones a los exportadores e informar cuestiones administrativas ligadas a la operatoria de comercio exterior.