Controlar de modo eficiente no es impedir
Lo que pasa en la frontera es determinante para evitar aprovechamientos indebidos de ciertos regímenes; el caso de los autos para discapacitados
En la vida, muchas veces nos enfrentamos con ambivalencias. Algo que es bueno para una cosa no lo es para otra y generalmente su uso es el que inclina la balanza para uno u otro lado. Eso es lo que pasa con el control aduanero en el ámbito de las importaciones y exportaciones. Veamos algunos ejemplos.
- El control aduanero puede evitar maniobras ilícitas.
Es frecuente que en regímenes que otorgan preferencias tributarias o de otro orden (excepciones a prohibiciones a la importación o exportación) al poco tiempo de su vigencia la viveza criolla haga que resulten desnaturalizados y se conviertan en aprovechamientos indebidos.
- Ingreso de automotores. La ley 19.279 y su modificatoria, la ley 22.499, establecieron un régimen preferencial de importación de automotores para discapacitados. El beneficio era dual: por un lado se permitía la importación de automóviles de origen extranjero, que estaba prohibida, y por el otro se otorgaba la exención de pago de gravámenes (impuestos internos, valor agregado y derechos de importación, entre otros).
Tales beneficios, como contrapartida, estaban condicionados a que la unidad tuviera ciertas características y fuera destinada al uso exclusivo del discapacitado por un lapso no inferior a cuatro años. En 1991, al advertirse que un sinnúmero de automóviles importados eran conducidos por personas no beneficiarias (no discapacitadas) o se hallaban guardados en los lugares mas insólitos a la espera de que se cumpliera el lapso de indisponibilidad, se sucedieron una cantidad de procedimientos y la revisión de todas las autorizaciones otorgadas por el organismo competente.
Este fenómeno derivó en una gran cantidad de procesos de contrabando al discapacitado, al importador oculto, a la concesionaria, al escribano interviniente, etc., que se denominó la "industria del discapacitado". Lo mismo ocurrió con las prerrogativas sobre ingreso de automotores a residentes temporarios y a funcionarios con estado diplomático o consular, entre otros.
A fines de 2007 se detectó una gran cantidad de automóviles importados que eran conducidos por no diplomáticos, incluso agencias que los ofrecían en venta, generándose una cantidad de procedimientos por contrabando y la revisión de todas las autorizaciones otorgadas por la Cancillería al efecto.
Todas estas cuestiones planteaban la discusión entre delito e infracción aduaneras, aplicándose el criterio que distingue entre la venta de franquicia, para adquirir el automotor eludiendo la prohibición de su ingreso, del desvío del uso, en el que la importación se cumple para el beneficiario, pero éste transfiere la unidad antes del plazo permitido.
- Ingreso de equipos médicos.Otra variante de desnaturalización del régimen se dio en la importación de equipos médicos para fines científicos o docentes (decreto 732/72).Esa afectación debía mantenerse por cinco años, período en el cual la mercadería quedaba bajo el régimen de comprobación de destino. El objetivo del régimen era que no haya una finalidad comercial o de lucro. De tal manera se podían cobrar algunas prestaciones para autofinanciar el equipo en la medida en que lo preponderante fuera el fin de investigación y docencia, y no el bolsillo del presidente de la fundación o de la institución médica.
Hay situaciones favorables al comercio exterior que por la falta de control aduanero pueden ser aprovechadas para fines ilícitos.
- La hidrovía Paraguay-Paraná. Por su extensión aporta distintas realidades. Es una salida para diversificar la matriz del transporte absorbida por el uso del camión y ofrece ventajas en la cantidad transportada con menos costo. Al mismo tiempo constituye el mayor canal de entrada al país de la marihuana paraguaya a través de barcazas hasta la costa, donde a través de camionetas se hace la distribución (Corrientes, Formosa, Buenos Aires, Rosario). Recordemos el reciente escándalo en Itatí.
- Casos de dumping social. Hay prácticas que invocan razones sociales y no son alcanzadas por el control aduanero. Así, a través de manteros y venta callejera se comercializa mercadería importada falsificada. El Gobierno recientemente buscó la desocupación de los espacios públicos, pero no se detiene en combatir la piratería, que forma parte del terrorismo internacional.
- Regímenes simplificados y exprés. La simplicidad operativa a la vez implica la disminución de controles y barreras paraarancelarias (salud pública y seguridad).
Es el caso del servicio puerta a puerta que brindan los prestadores de servicios postales/couriers, sin perjuicio de la preocupación de productores, comerciantes y operadores de la cadena logística, puede convertirse en una brecha al control aduanero en materia de contrabando de drogas sintéticas y armas sofisticadas (miras láser, dispositivos especiales de bloqueos de llamadas de celular, etc.).
Hay supuestos en los que el "control aduanero" tiene un efecto paralizante. No nos referimos a cuando el control aduanero es utilizado con fines políticos (control del gobierno anterior sobre embarques de cereales, suspensión del CUIT del operador, etc.), sino a cuando hay proyectos que requieren una adecuación de la normativa y no prosperan por no saber resguardar el control aduanero. La facilitación del comercio internacional exige un control aduanero eficiente, no impediente.
Así ocurre, por ejemplo, cada vez que surge alguna propuesta que pretende agilizar las funciones de la zona franca, se piensa más en los abusos posibles que en las ventajas reales.
Hay veces que se puede, pero no se quiere. El camino hacia la seguridad jurídica debe transitarse, nada peor que el no hacer.
Los autores son socios fundadores del Estudio Vidal Albarracín, especialistas en derecho penal económico y aduanero