¿Cambiará el comercio?
El nuevo gobierno encontrará desafíos en el comercio exterior y deberá dotara la actividad de seguridad jurídica y reglas claras; la agenda incluye terminar con los excesos normativos del pasado, que paralizaron parte de la actividad
Es probable que aquellos que acordaron el nombre Cambiemos no lo hicieron pensando particularmente en el comercio exterior, aunque seguro coincidirán en que se necesita con suma urgencia modificaciones sustanciales en esta actividad. También estarán de acuerdo en que "cambiar" es una señal inevitable para abrir el paso a las inversiones extranjeras.
El escenario es sumamente complejo. Sin entrar en la discusión de las variables macroeconómicas, las normas imperantes han dejado a los exportadores con una competitividad diezmada y a los importadores, maniatados. Los exportadores deben vender a plazos acotados, cuando los del resto del mundo pueden libremente negociar plazos para el cobro. Estos gozan de estímulos directos e indirectos, mientras que en la Argentina son limitados. Aquí no se perciben los incentivos establecidos, cuando los del resto del mundo sí lo hacen, y los empresarios son sancionados de forma sistemática ante demoras o falta de cobro, bajas de precios y demás actividades propias del negocio de la compraventa internacional, mientras que el mundo ejerce libremente el comercio.
Los importadores no han corrido mejor suerte. Los argentinos deben pedir permiso para importar a través de declaraciones juradas anticipadas, cuya aprobación pareciera depender de variables esotéricas, cuando en otros países, en el peor de los casos, tienen licencias previas con un criterio razonable de aprobación. Los importadores argentinos pueden pagar sólo parte de sus deudas y son obligados a exportar, mientras que en el mundo honran sus deudas normalmente.
Esto sólo en cuanto a la compraventa. Para los pagos de dividendos, regalías o servicios técnicos, debemos saber que estamos en presencia de los nuevos pecados capitales.
Enjambre normativo
No podemos desconocer que en el comercio exterior, como en el resto de las actividades, pueden darse casos de operaciones especulativas y maniobras defraudatorias. Sin embargo, este enjambre normativo pareciera combatir estos frentes mediante la paralización de la actividad y, lo que es peor aún, ciertas medidas han terminado por ocasionar efectos cuanto menos adversos.
Los exportadores, que conviven con la obligación de ingresar los cobros de sus exportaciones, hace poco tuvieron una suerte de alivio. Se les permitió utilizar plazos "extendidos" para el ingreso y liquidación a aquellos que exportan a distribuidores exclusivos. Esto terminó empujando a ciertos exportadores a poner un intermediario adicional a su operación, cercenando los márgenes de ganancias. Otro caso es de aquellos que son sancionados con multas automáticas por ingresar tarde divisas, y que para evitar esas sanciones, deciden incorporar a la operación a un tercero para que financie las demoras y así, otra vez, se ataca la rentabilidad de dicha operación.
La imposibilidad de pago al exterior por servicios ha logrado -cuando no hundir a las compañías en una alta exposición en moneda extranjera- evitar toda clase de facturación al exterior: casi una reivindicación moderna del principio de igualdad.
Lo mismo sucede con las normas aplicables a los ingresos de divisas para aportes de capital, donde parecieran empujar al residente argentino a evitar el ingreso de estas divisas por medio del mercado cambiario.
La mirada positiva hace pensar que con los ajustes necesarios, la actividad podrá crecer a ritmo acelerado. Hay fuertes vientos de cambio y el comercio exterior confía en que esta vez, le soplen a favor.
El autor es director de Servicios Legales de PwC a cargo de Comercio Internacional y Aduanas