Claves: qué cambió ahora con el Impuesto a las Ganancias
El tributo ya no alcanza a cerca de 800.000 trabajadores; quiénes sí pagan este tributo y cuáles son las categorías en que se divide
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El Senado de la Nación convirtió en ley los cambios en el Impuesto a las Ganancias y surgieron distintas claves de esta medida, que eximirá del tributo a cerca de 800.000 trabajadores pertenecientes a la cuarta categoría.
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Hay que recordar que este segmento abarca a las ganancias obtenidas por el trabajo personal. Si bien el proyecto de ley aprobado esta semana entrará en vigencia el año que viene, las medidas anunciadas por Sergio Massa que van en el mismo sentido sí rigen “para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1º de octubre de 2023″, como dice el decreto presidencial que reglamentó esta exención el pasado 13 de septiembre.
Debido a que los trabajadores en relación de dependencia públicos y privados cobran su salario a mes vencido, verán los efectos de esta medida recién cuando reciban el sueldo en los primeros días de noviembre, con la liquidación del mes.
A su vez, la regla aplicable desde octubre regirá para los ingresos percibidos hasta el 31 de diciembre de este año, cuando entrará en vigencia la ley aprobada por el Congreso.
La iniciativa fue aprobada en el Senado con 38 votos a favor y 27 en contra, entre los rechazos se cuenta a la bancada de Juntos por el Cambio y el voto de Alejandra Vigo, esposa del gobernador y candidato presidencial Juan Schiaretti.
A su vez, la aprobación de la ley fue celebrada en un acto en el Congreso convocado por la CGT y la CTA, del que participaron organizaciones sociales como El Movimiento Evita y Barrios de Pie. El ministro de Economía y candidato presidencial Sergio Massa fue invitado como único orador de la convocatoria, cuya consigna es “Desarrollo - Producción- Trabajo”.
Quiénes pagan el Impuesto a las Ganancias a partir de ahora
Cómo explicó a LA NACION el tributarista Sergio Biller, si se mantendrá la cuarta categoría para los trabajadores independientes, es decir, quienes no están en relación de dependencia, los cuales “pagan, pero en su sueldo tienen menos deducciones totales que el empleado en relación de dependencia”.
Por fuera de esta excepción, desde octubre solo pagarán el impuesto los trabajadores con salarios superiores a los $1.980.000, según la cifra devengada en octubre. Así, solo pagarán Ganancias quienes superen los 15 salarios mínimo, vital y móvil (SMVy M). El nuevo piso para tributar, que equivale a un salario neto de $1.817.255,58, quedó definido luego de que el Ministerio de Trabajo anunciara que el SMVM será en octubre de $132.000.
Cabe destacar que estos cambios no tienen efecto retroactivo, esto significa que no se modificarán los montos descontados por los salarios de enero a septiembre, a quienes perciban ahora más de $1.980.000.
Cuáles son las categorías del Impuesto a las Ganancias
Las ganancias obtenidas por cada trabajador se clasifican en cuatro categorías diferentes, abarcadas por el Impuesto a las Ganancias, según su origen:
- Primera categoría: renta del suelo, incluye las ganancias generadas por el usufructo de los inmuebles urbanos y rurales
- Segunda categoría: ingresos obtenidos por acciones, intereses, dividendos, etc; también llamadas rentas del capital
- Tercera categoría: ganancias obtenidas de las sociedades y empresas unipersonales, sin importar su fuente u origen
- Cuarta categoría: son las obtenidas por el trabajo personal
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