Claves para fortalecer la defensa de la competencia
En el último año hubo avances; faltan cambios legislativos
Nuestra Constitución, en su artículo 42, establece la defensa de la competencia como uno de los cimientos del sistema económico. La actual administración ha hecho en un año más de lo realizado en la última década en materia de defensa de la competencia. La incluyó como uno de los ocho pilares del plan productivo nacional, designó a su autoridad de aplicación y presentó en el Congreso un moderno anteproyecto de ley.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia triplicó su promedio anual de casos resueltos, reestructuró y optimizó su organización interna, volvió a los foros internacionales y lideró la redacción del anteproyecto, cuyos términos presentan absoluto consenso en la comunidad antitrust local e internacional. Pero para lograr un cambio de fondo y de largo plazo, no basta con lo que puedan hacer las autoridades de turno: es imperiosa la modernización del marco legal e institucional, que está desactualizado y tiene un nivel nulo de disuasión.
La disuasión juega un rol central en la ejecución de las normas de defensa de la competencia, permitiendo que se actúe en un mercado sin interferencias nocivas y que los consumidores adquieran productos y servicios de mejor calidad, mayor variedad y a precios razonables.
Hay dos ejes para lograr mayor disuasión. El eje institucional, que requiere una reingeniería total. Es necesaria una autoridad con mayor autonomía, con las facultades esenciales que le permitan combatir conductas anticompetitivas y promover los beneficios de la libre competencia y cuyos miembros sean eminentemente técnicos. El eje sancionatorio reclama mayores sanciones, un plan de inmunidad y mecanismos que faciliten la reparación de daños. Las multas máximas hoy previstas son irrisorias: deberían considerarse para su determinación criterios como los beneficios obtenidos ilícitamente y el volumen de facturación de los infractores.
Los empresarios serán realmente disuadidos de cometer actos anticompetitivos cuando vean un riesgo razonable de ser personalmente alcanzados por la sanción. En alguna próxima reforma sería aconsejable incorporar sanciones de prisión para los casos de cartelización, ya que coludirse para fijar precios anticompetitivos no es distinto de robar.
También deben ofrecerse nuevos estímulos que contribuyan a combatir estos graves ilícitos. En línea con la experiencia internacional, se propone incorporar un moderno programa de clemencia para quienes se autodenuncien como parte de un cartel y brinden pruebas conducentes para permitir desbaratarlo.
Otra faceta importante del eje sancionatorio será la de sentar las bases que permitan a la reparación de daños.
En síntesis, hace años que el país presenta un grave atraso en materia de libre competencia. Y más allá de los valiosos avances, para dar cabal cumplimiento a la manda constitucional, urge un nuevo marco legal e institucional.
El autor es vocal de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia