Cepo. Las claves de las medidas que anunció el Banco Central
El Banco Central restringió esta madrugada aún más el cepo que se impuso el 1 de septiembre pasado y que estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre, por lo cual dependerá del equipo económico del presidente electo, Alberto Fernández, decidir su continuidad.
A continuación, algunas claves para entender la medida:
- El límite para comprar dólares se redujo de los US$10.000 mensuales a US$200 para las personas físicas que hagan la operación desde su cuenta bancaria y a US$100 en caso de hacerlo en efectivo. Estos límites no son acumulativos.
- Todo adulto, mayor de 18 años, puede comprar hasta US$100 por ventanilla accediendo con su DNI o hasta US$200 en caso de tener cuenta bancaria. La AFIP verificará que las compras que se realicen sean consistentes con su patrimonio.
- Si en octubre un usuario ya compró más de US$200, no puede comprar más hasta el próximo mes.
- Si un ciudadano argentino quiere comprar más dólares de los permitidos, deberá pedir autorización del Banco Central a través del banco con el cual opera.
- Por ejemplo, para operaciones inmobiliarias, se pueden comprar dólares si el usuario tiene un crédito hipotecario vigente o un subsidio del Procrear, en el cual también se podrán utilizar los fondos provenientes de subsidios de dicho programa.
- Para compras en el exterior, no hay límites para pagar con la tarjetas de débito y crédito. Tampoco hay límites para las compras en dólares por internet.
- Para extracciones en el exterior con tarjeta de débito, solo se podrán retirar los dólares que tenga el usuario en su caja de ahorros en dólares. No se pueden realizar extracciones de la caja de ahorro en pesos.
- En el caso de extracciones con tarjeta de crédito, el límite lo establece el banco propio y la Unidad de información financiera (UIF), ya que se trata de un préstamo que realiza la entidad bancaria y que cobrará costo por la transacción, una tasa de interés y tiene un cupo limitado.
- Las empresas continúan sin poder comprar dólares para atesoramiento, solo lo pueden hacer para pagar importaciones o deudas en moneda extranjera.
- Para los no residentes que visitan el país, hay límites a la compra de dólares de hasta US$100.
- Se exceptúan del límite a organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación; representaciones diplomáticas y consulares; acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones; representaciones en el país de tribunales, autoridades u oficinas, misiones especiales, comisiones u órganos bilaterales establecidos por tratados o convenios internacionales; las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Anses, por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.
Por Sofía Diamante
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