Cargas patronales: cómo obtener la reducción de hasta un 95% con el nuevo plan oficial
La reducción de las cargas patronales será por un año, y variará entre un 90% y 95%
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El Gobierno lanzó nuevos beneficios para los empleadores que contraten nuevos trabajadores. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Trabajo establecieron una reducción de las cargas patronales de hasta un 95%.
La iniciativa apunta a los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores a partir del 1° de septiembre y durante los 12 meses siguientes, siempre y cuando la persona contratada haya participado en el último año en programas de políticas educativas, de formación y empleo y de intermediación laboral.
Además, la normativa diferenció el porcentaje de reducción de las cargas patronales. Por un lado, si se contrata a una persona travesti, transexual, transgénero o con alguna discapacidad acreditada mediante certificado, el empleador obtendrá una baja del 95% de las contribuciones patronales.
En cambio, será del 90% en caso de que el contratado sea varón.
Si los trabajadores contratados son a tiempo parcial, los beneficios se reducirán también a la mitad. En todos los casos, el alivio fiscal será aplicado durante los primeros 12 meses de iniciado el vínculo laboral.
Cabe destacar que las contribuciones patronales que se reducen son aquellas que tienen como destino el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), al Fondo Nacional del Empleo y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Según se estableció en la resolución conjunta 5083/2021, que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, quedarán excluidos de los beneficios quienes:
- No incrementaron la nómina de trabajadores declarados a agosto de 2021.
- Se encuentren incorporados en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales.
- Quienes hayan incurrido trabajadores en el régimen general de la seguridad social y, luego de producido el distracto laboral, se reincorporaron por el mismo empleador dentro de los doce meses.
- Cuando incurran en prácticas de “uso abusivo del beneficio”. En esta caso, será considerado un abuso en caso de producirse sustituciones de personal bajo cualquier figura, o el cese como empleador.
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