La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Sala II de la ciudad de Buenos Aires resolvió que regrese a esa provincia un reclamo de la Sociedad Rural Argentina (SRA) por la inconstitucionalidad del tributo
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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Sala II de la ciudad de Buenos Aires resolvió que la causa que nació en Córdoba por un planteo de inconstitucionalidad de las retenciones presentado por la Sociedad Rural Argentina (SRA) vuelva a la Justicia Federal de esa provincia.
Así lo resolvió ayer luego de varios intentos llevados adelante por el Gobierno para que esta causa no avance y tomaran intervención magistrados de la Capital Federal, no la Justicia de la provincia de Córdoba.
En febrero de 2022, luego de que en diciembre de 2021 cayeran las facultades delegadas al Gobierno por parte del Congreso para manejar los derechos de exportación, la SRA recurrió a la Justicia cordobesa reclamando que era inconstitucional continuar con el cobro de ese tributo que, según cálculos, le aportó al Estado más de US$175.000 millones desde su reinstalación en 2002.
“A nuestro modesto entender, al caerse la ley de emergencia y no aprobarse la ley de presupuesto, al no existir esos dos elementos a partir del 1° de enero las retenciones deberían ser cero”, señaló en ese momento Nicolás Pino, presidente de la Rural.
“Nos pareció prudente presentar una acción de amparo que fue presentada en los tribunales federales de Córdoba porque convenimos con la Sociedad Rural de Jesús María y la SRA de poner en valor el federalismo”, agregó.
Vale recordar que, apenas asumió, el Gobierno de Alberto Fernández subió las retenciones al campo. En el caso de la soja, por ejemplo, de un 24,7% al momento de dejar el Gobierno Mauricio Macri la alícuota se incrementó al 30%. Después fueron aumentadas al 33% en el marco de una ley de emergencia que había conseguido el Gobierno.
“Se consideró la importancia institucional del federalismo judicial”, señaló Pino tras la resolución de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal conocida ayer.
La SRA recordó que “el Estado Nacional y la AFIP intentaron impedir la continuación normal del proceso con distintos planteos, entre otros, solicitando la intervención de los jueces federales de la Capital Federal”.
Disputa
“En la sentencia dictada en el día de ayer, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el intento del Estado por sacar la causa de sus jueces naturales”, dijo Pino.
Añadió: “El tribunal se hizo eco de la posición jurídica expuesta por la SRA y, respaldada en precedentes de la Corte Suprema de Justicia, atribuyó la competencia a la justicia federal de Córdoba. De ese modo, tuvo en consideración la importancia institucional del federalismo judicial, así como de la necesaria inmediatez entre la justicia y el lugar donde se producen los perjuicios que se procuran evitar”.
En este marco, luego de la decisión judicial, el trámite deberá volver a la Justicia Federal de Córdoba. Allí lo hará hasta el dictado de una sentencia definitiva que resuelva sobre la constitucionalidad de las retenciones.
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