El Gobierno incluyó finalmente en la ley de emergencia un articulado por el cual se tendrán que instrumentar segmentaciones y compensaciones para pequeños productores y cooperativas por la suba de retenciones, pero allí no se establecieron escalas ni porcentajes. En cambio, el aumento de derechos no se aplicará en zonas con emergencia.
Con la media sanción en la Cámara baja de la ley, el Gobierno podrá subir de 30 a 33% las retenciones a la soja y del 12 al 15% las de trigo y maíz. En el caso de las economías regionales no se podrá superar el 5% de derechos, pero en este caso será el Poder Ejecutivo Nacional quien definirá los productos que entrarán.
Con estos incrementos, el 67% del valor incremental del impuesto a las exportaciones irá a la Anses y un 3% a un "fondo solidario de competitividad agroindustrial para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción, innovación, agregado de valor y costos logísticos".
De acuerdo con un informe de la Sociedad Rural Argentina (SRA), con el 30 y el 12% de derechos el Gobierno iba a recaudar del sector US$1809 millones extras. Ahora, con retenciones al 33 y el 15% subirá a US$2665 millones. Son US$856 millones más que, no obstante, considerando el fondo para el sector, solo llegarán para el fin del fondo unos 24 millones de dólares.
En tanto, tras una unificación de artículos, se fijó que el Gobierno deberá establecer mecanismos de segmentación y estímulo para esos actores. Algo que caerá en la órbita de Agricultura y Economía. Deberá considerar en los estímulos también la distancia entre zonas de producción y los centros de efectiva comercialización de los granos.
Por otra parte, el Gobierno deberá presentar la suba de retenciones a una comisión formada por el Poder Legislativo, entidades del campo y el Consejo Federal Agropecuario (CFA) para que se expidan y justifiquen modificaciones. El aumento de retenciones no regirá en distritos que estén en situación de emergencia.
El artículo aprobado dice así: "El Poder Ejecutivo Nacional deberá establecer mecanismos de segmentación y estimulo tendiente a mejorar la rentabilidad y competitividad de los pequeños productores y cooperativas cuyas actividades se encuentren alcanzadas por el eventual aumento de la alícuota de los derechos de exportación y establecerá criterios que estimulen la competitividad de la producción federal en función de las distancias entre los centros de producción y los de efectiva comercialización. Las modificaciones de las alícuotas en el marco de las facultades acordadas en el presente artículo deberán ser informadas por el poder ejecutivo nacional ante una comisión integrada por miembros del poder legislativo, del consejo federal agropecuario y representantes de las entidades y organizaciones representativas del sector agropecuario para que se expidan al respecto. Las alícuotas que sean aumentadas en el marco de las facultades acordadas en el marco del presente artículo no serán aplicadas a los distritos que sean declarados en emergencia agropecuaria de conformidad con la ley 26509 Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de emergencias y desastres agropecuarios".
Para Atilio Benedetti, diputado de la UCR en Juntos por el Cambio, lo aprobado "no resuelve las inequidades y dificultades que va a generar" la suba de los derechos.
"Es una medida que va a ser contraproducente", dijo, para "el desarrollo de las actividades agropecuarias". Señaló que mientras se abrió la puerta para aumentar las retenciones al agro, en minería e hidrocarburos bajarán de 12 a 8 por ciento.
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