Se trata de una iniciativa del diputado nacional Jorge Vara (UCR-Corrientes) que contempla un régimen de promoción por 10 años con beneficios fiscales
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El diputado nacional por Corrientes Jorge Vara (UCR), presentó un proyecto de ley para un régimen de promoción del riego agropecuario.
En la actualidad, según señala el legislador en los fundamentos de su iniciativa, “Argentina cuenta con 100 millones de hectáreas ganaderas y 55 millones de hectáreas en producción agrícola y forestal”.
Agrega: “De estas últimas, solo 2,1 millones de hectáreas están bajo riego (3,8%), valor inferior al promedio mundial (19%) y del Continente Americano (10%). Lo destacable, es que esta pequeña superficie irrigada nacional genera el 13% del valor de la producción agrícola del país”.
En su proyecto Vara recuerda que “en los últimos diez años en la Argentina se perdieron, solo en soja, más de 15.000 millones de dólares a causa de las sequías”.
Al respecto, para promocionar el riego se propone un régimen por 10 años con el Ministerio de Agricultura como autoridad de aplicación. Se prevé el otorgamiento de beneficios fiscales, contemplando para quienes tengan aprobado un proyecto de inversión por la autoridad de aplicación y estén anotados en la AFIP “un certificado fiscal para ser aplicado al pago de impuestos nacionales”.
El valor será equivalente a “para la adquisición de equipos de riego, incluido motor, bomba, tablero y elementos u accesorios complementarios, hasta un 30% del valor de la inversión en estos conceptos, excluidas las obras civiles y trabajos de instalación. Dicho monto no podrá superar los pesos seis millones ($6.000.000)”.
También el certificado fiscal podrá ser aplicado “para la construcción de obras de captación y/o almacenamiento superficial de agua, hasta el 30% del valor de la inversión en este concepto. Dicho monto no podrá superar los pesos seis millones ($6.000.000)”.
Además, se considera el certificado fiscal “‘para la adquisición de equipos de suministros de energías renovables que alimenten los sistemas de riego nuevos o reconversión de los existentes, hasta 30% del valor de la inversión en este concepto. Dicho monto no podrá superar los pesos seis millones ($6.000.000)”.
En el caso de que los proyectos combinen inversiones los montos máximos irán de 9 a 12 millones de pesos.
“El certificado fiscal contemplado será nominativo, no podrá ser cedido a terceros y puede ser utilizado por los sujetos beneficiarios para el pago parcial o de la totalidad de los montos a abonar en concepto de Impuesto a las Ganancias, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, Impuesto a los Bienes Personales en el caso de personas humanas, y aquellos en los que en el futuro los reemplacen, cuya recaudación se encuentren a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos”, se indica.
Como beneficio también se incluye en el proyecto de ley la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias.
“En caso de proyectos modulares, que impliquen inversiones plurianuales, se podrá solicitar estos beneficios en cada periodo en el que se las realice”, se indica. El proyecto añade que “el componente nacional de las inversiones sujetas a estos beneficios deberá ser de al menos el 30% el primer año de aplicación del presente régimen, 45% al segundo año y como mínimo del 60% a partir del tercero”.
Acompañaron con su firma el proyecto de Vara sus pares Atilio Benedetti, Lucila Lehmann, Alfredo Schiavoni, Gustavo Hein, Fabio Quetglas, Osmar Monaldi, Alfredo Cornejo, Luis Pastori, Sofía Brambilla, Alicia Fregonese, Ricardo Buryaile, Federico Zamarbide, Gabriela Lena y Juan Martín Musacchio.
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