Acopiadores de granos reclamaron cambios porque consideran que la resolución actual genera “distorsiones”
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La Federación de Acopiadores de Granos le mandó una carta al ministro de Economía, Sergio Massa, y al secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, por “las dificultades prácticas” que observan para seguir operando con el dólar soja II. En el sector indicaron a LA NACION que hay artículos que interfieren en la comercialización de la oleaginosa, por lo que esto dificulta los objetivos del Gobierno que intenta con este mecanismo hacerse de US$3000 millones para engrosar las reservas del Banco Central.
Los artículos que estarían interfiriendo en la comercialización de la oleaginosa son el Nº 5, de la resolución 174/22, que señala: “Quienes comercialicen soja a empresas que estén incluidas dentro del Programa de Incremento Exportador (PIE)” mediante Liquidaciones Secundarias de Granos, deberán garantizar que las mismas estén respaldadas por Liquidaciones Primarias de Granos perfeccionadas según lo establecido en el Artículo 3° del mencionado Decreto Nº 787/22, sobre la condición de aplicación”.
Puntualmente, la preocupación de Acopiadores está puesta en la exigencia de que todas las liquidaciones secundarias de granos deben estar respaldadas por liquidaciones primarias de grano perfeccionadas entre el 28 de noviembre y el 30 de diciembre, que es el tiempo de vigencia de la medida. Argumentan que así “se producen distorsiones que no tienen solución”. A esta situación se le suma el problema de que el acopiador que entregó soja sin fijar precio a un exportador y que compró al productor con anterioridad al 28 del mes pasado hoy no puede comercializar.
En otras palabras, el acopiador no le puede vender soja a un exportador si no le compró al productor la mercadería en diciembre, cuando está en curso la medida del dólar soja II.
Lo mismo sucede si se hizo un canje por fertilizantes y se tiene la soja que entregó el productor previo a la medida, que no se puede vender a la exportación porque la liquidación primaria tiene fecha de octubre o noviembre.
Otro caso similar pasaría si se compró soja al productor en octubre pasado y en ese mismo momento se vendió al Matba Rofex a diciembre. Se va a cobrar con el precio del dólar soja II, equivalente a US$230, exponen en la carta, y esto automáticamente se convierte en una maniobra “ilegal”. Sería “pasible de ser excluido del registro de operadores”, pese a que se hizo un negocio absolutamente legal, pero por la forma en que está hecha la resolución los acopiadores “no tienen derecho a venderlos”, señalan.
Además, explicaron que “estas distorsiones” expuestas en la carta, “están provocando trabas en la operatoria común de venta diaria y están poniendo en peligro” la meta trazada por el Gobierno para engrosar las reservas del BCRA. Si bien la carta fue enviada el pasado miércoles, se espera que para las próximas horas haya noticias sobre las modificaciones “prácticas” solicitadas por el sector.
Según fuentes consultadas, “hay gente que no está vendiendo” y “está esperando que haya un cambio” para proceder. Además, a los pedidos la entidad solicitó sumar al programa la soja con certificación orgánica, que tiene 5 puntos menos de retención.
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