Juan José Baric, juez de La Pampa, dispuso en una cautelar que se “abstenga” dejar sin efecto las disposiciones de un congreso de la Uatre
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Luego de que ayer se conociera una carta de integrantes de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre), dirigida al directorio del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Estibadores (Renatre), con duras críticas a José Voytenco, secretario general de Uatre y presidente del Renatre, desde el sindicato dejaron trascender hoy un fallo judicial favorable al gremialista, ya que le ordena al Ministerio de Trabajo no interferir en las decisiones tomadas por un congreso realizado por la organización.
Ayer, como publicó LA NACION, en una carta al Renatre Jorge Eduardo Dávalos, Mario Lastra, Juan Carlos Castro, Roberto Petrochi y Carlos Saúl Castro, que firmaron como integrantes del secretariado nacional de Uatre, pidieron justamente al Renatre suspender los actos de administración y disposiciones que puedan llevar a cabo Voytenco y su directorio, en representación de la Uatre.
Además, fustigaron la convocatoria de un congreso donde se revocaron mandatos y agregaron: “La gravedad de la situación institucional impulsó a reclamar, en un primer paso, la intervención de la autoridad de aplicación laboral, luego de lo cual fue necesario también accionar ante la Justicia Nacional del Trabajo. Como consecuencia de la legitimidad de nuestro reclamo, obtuvimos una serie de pronunciamientos favorables; cuatro intimaciones del Ministerio de Trabajo y tres sentencias judiciales (dos del Juzgado Nacional de Primera Instancia Nº 43 y uno de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo), todas ellas precedidas de dictámenes del Ministerio Público Fiscal de ambas instancias en el mismo sentido: ordenar a Voytenco que convoque a reunión al Secretariado Nacional”.
En este contexto, fuentes cercanas a Voytenco dieron a conocer una cautelar del juez federal Juan José Baric, de La Pampa, luego que Adriana Ibarra, congresal de esa provincia en el último Congreso realizado en Río Negro pidiera ratificar todo lo actuado allí y por Voytenco.
Medida
“Por lo expuesto y como medida cautelar interina hasta tanto se produzcan los informes referidos, dispongo que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social se abstenga de ignorar, cuestionar, enervar mediante cualquier providencia cautelar o de otro tipo, postergar o dejar sin efecto las disposiciones adoptadas en el Congreso Nacional Extraordinario del 20 de octubre de 2021, y los actos de los restantes órganos de la organización gremial que se hayan dictado o se dicten en el futuro en su consecuencia. A sus efectos inclúyase lo dispuesto en las diligencias ordenadas supra, previo cumplimiento de la contracautela dispuesta”, señaló el magistrado en su escrito.
En otro tramo de la cautelar se lee: “Al respecto, es del caso destacar que la intervención del Ministerio demandado ha creado, en principio, una incertidumbre jurídica en cuanto a la validez de lo resuelto por el Congreso Nacional Extraordinario, conculcándose derechos y garantías consagrados en el artículo 3 del Convenio 87 de la OIT ratificado por nuestro país por ley 14.932, el Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos (art 22.3), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art 8.3), el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 1 de la ley 23.551. Consecuentemente el derecho invocado aparece verosímil, conjugando las circunstancias fáctico-legales del caso y ha de tenerse por acreditado este requisito, repito interinamente y a prima facie”.
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