Busca sostener un umbral mínimo de ingresos propios de la jurisdicción y con ello los castigados son los contribuyentes
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El proyecto del nuevo Código fiscal de la provincia de Buenos Aires para 2024 pretende justificar el incremento de los impuestos bajo su órbita por los males de la sequía y la pandemia, faltando agregar la guerra en Ucrania. Asimismo menciona la caída del PBI, baja de exportaciones y el nivel inflacionario, todas realidades cuyo responsable principal es del mismo signo político que el gobernador Axel Kicillof.
No parece lógico ni racional aceptar esas excusas. Se aspira a sostener un umbral mínimo de ingresos propios de la jurisdicción y con ello que los castigados sean siempre los contribuyentes en un fuego cruzado de los distintos niveles de gobierno.
Asimismo afirma que la provincia de Buenos Aires es el principal motor de producción, que representa el 35% del PBI, y manifiesta la inequidad por la repartición de fondos coparticipables, consecuencia del impacto del DNU 70/2023. Una perogrullada.
Los servicios obligados a cumplir las provincias deben alcanzarse logrando un equilibrio fiscal, es decir no solo pretendiendo incrementar sus ingresos, sino reduciendo y eliminando los gastos inútiles o con eficiencia en su gestión. La ley propuesta para 2024 busca modificaciones al impuesto sobre los Ingresos Brutos, impuesto de Sellos, transmisión gratuita de bienes y el impuesto inmobiliario, al cual nos referiremos en estas líneas.
Para obtener la base imponible se multiplica por 12 veces la valuación fiscal 2017 y dicho valor se coloca en una tabla de porcentuales para determinar el impuesto a pagar. Los porcentuales comienzan en el 1% para valores ínfimos, promediando los $12 millones su tasa alcanza al 3%, y superados los $198.940.000 su alícuota al 7% sobre el excedente.
Eso implica que, con un valor asignado equivalente de US$248.750 (contemplando la cotización del dólar oficial) se le aplica ese porcentual máximo que resulta una exorbitancia. Aun cuando podamos concluir que el valor de mercado resulte muy superior, por ejemplo el doble, una tasa del 3,5% es inaceptable en virtud de la escasa renta porcentual del agro.
Aquellos productores personas o sociedades titulares de varias parcelas, con independencia de su extensión, quedan atrapados por el llamado impuesto multipropietario, que resulta un castigo adicional. Desde 2017, la provincia impuso un método de incremento del impuesto para los contribuyentes que posean más de una partida inmobiliaria de la misma categoría, es decir urbano o rural. Con ello, acumula las bases imponibles de cada partida, aun sin tratarse de unidades de explotación diferentes, y así incrementa la tasa porcentual aplicable. Se crea así una especie de impuesto sorbe los bienes personales provincial.
Surgen varias preguntas ¿Qué es una propiedad? ¿Son varias parcelas o cada una por separado o una sola unidad de producción? ¿Un contribuyente con campos en lugares distintos pero unificada la explotación es discutible? Dicho método es peligrosísimo y cuestionable desde su legalidad.
Por otra parte, el proyecto, en una forma capciosa y tramposa, muestra un supuesto beneficio al incluir en la normativa límites al incremento del impuesto. Dispone que respecto del 2023 no podrá exceder del 150%, el 240% dependiendo de su base imponible o el 300%, cuando alcance hasta $75.140.904, que equivale a US$93.296.
En la práctica, vale a decir que para casi todos los casos el aumento del impuesto será de tres veces aquel abonado por el 2023, pues la extensión y el valor planteado será superado fácilmente. Nadie sabe cuál será en realidad la inflación para el 2024.
En este contexto, se encuentran exentas ante el impuesto sobre los bienes personales las parcelas rurales cuyo titular sea una persona humana cualquiera sea su destino, producción o arrendamiento se encuentren en el país o en el exterior. El resto del patrimonio que integra la empresa agropecuaria: existencias de dinero, saldos bancarios y en especial los stocks agrícolas, así como las existencias ganaderas destinadas a invernada, ambos casos a su valor de mercado, y todos los restantes bienes quedan alcanzados por el impuesto.
La tasa del 1,5% se reduciría al 0,75%, según promete la ley a girar al Congreso. Si el propietario del predio rural es una sociedad, el impuesto patrimonial a abonarse sobre todo su patrimonio neto contable es del 0,5% y el mismo incluye las tierras rurales.
En síntesis, luego de una sequía tremenda, el gobierno bonaerense una vez más ataca al productor agropecuario, el cual es el motor del país y de la producción que genera más del 60% de las exportaciones.
No debe olvidarse que estos contribuyentes además de afrontar fuertes tributos, requieren fondos indispensables para encarar la nueva campaña. Son el ejemplo de fuertes inversores en la Argentina.
El autor es contador y socio del estudio SSV y Asociados
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