A través de una resolución conocida hoy bajará 60% las actividades del Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), que luego se unificará con el Sistema de Información Simplificado (SISA); pasarán de 108 a 45 los trámites y la cantidad de inscripciones se reducirán de 54.000 a 24.000
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Con el objetivo de avanzar hacia la desburocratización y simplificación del comercio de productos agropecuarios y, de cara a la unificación con el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), el Gobierno, a través de la Secretaría de Agricultura, con ARCA (exAFIP) y Senasa, eliminó trámites en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA). Las actividades en el RUCA se redujeron un 60%, pasando de 108 a 45, y la cantidad de inscripciones bajarán de 54.000 a 24.000, dijeron. Luego será el SISA el que cubrirá tanto a productores como operadores.
Publicada hoy en el Boletín Oficial, la resolución 82/2024 apunta a “lograr registros únicos, simples y ágiles, que garanticen la libre concurrencia al mercado y faciliten una fiscalización inteligente, y avanzando hacia un registro único para la cadena de granos”.
Además de unificar actividades, también “redefine sus alcances y elimina tanto requisitos innecesarios como los aranceles que se cobraban para la inscripción de los operadores”.
“Esto facilitará las inscripciones y evitará que el operador tenga que hacer múltiples inscripciones en el registro para poder comercializar”, indicaron.
Según explicaron en la cartera agrícola, actualmente, por ejemplo, “un operador que acopia granos (soja, maíz, trigo, etc.) debe inscribirse como acopiador consignatario pero, si además comercializa maní o legumbres debe realizar dos inscripciones más por especie (acopiador de maní y acopiador de legumbres). A partir de ahora, solo deberá tener una única inscripción para comercializar cualquier especie”.
Entre los principales cambios generados están que se eliminan los aranceles, donde la inscripción en el registro pasa a ser gratuita. Además, ahora, las inscripciones no tienen fecha de vencimiento, mientras se mantengan vigentes los requisitos establecidos para su otorgamiento.
Por otra parte, en la normativa publicada se detallan los requisitos necesarios para la actividad, “sin dar lugar a que se soliciten adicionales que no estén normados”.
“Con el objetivo de agilizar la habilitación de los establecimientos, se detalla la verificación para la inscripción de ciertas actividades y se incorporan las verificaciones virtuales, se elimina como requisito lo referido a la solvencia económica y antecedentes para todas las actividades, que daban lugar a análisis arbitrarios”, dijo.
“Se elimina el requisito que obligaba a presentar el cumplimiento de pago de obligaciones tributarias emergentes del ejercicio de la actividad y el de cumplimiento con la normativa del Banco Central de la República Argentina sobre ingreso y liquidación de divisas para permanecer en el registro”, detallaron.
“Se elimina el requerimiento de cumplimiento con las sentencias y laudos arbitrales dictados por los órganos nacionales con competencia en materia de consumo o abastecimiento”, agregaron.
De esta manera, indicaron, “la cantidad de actividades del rubro granos cubiertas por el registro se reduce de 38 a 27; esto se suma a la eliminación de 54 actividades durante este año, que incluyó la eliminación por completo del RUCA de las actividades de los rubros lanero, yerbatero, frutihortícola y azucarero”.
Simplificaciones previas
En junio pasado, a través de la resolución 32/2024, el Gobierno eliminó cinco requisitos en el registro a exportadores dentro del RUCA, que funcionaban “como una barrera injustificada al crecimiento del sector exportador”.
“Esto abarca la presentación de detalle de cuentas bancarias, movimientos bancarios de los últimos seis meses y líneas de financiamiento; plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos; detalle del personal en relación de dependencia y compañías aseguradoras de riesgo contratada; último estado contable certificado y; constancia de ingreso de divisas del último año”, afirmó.
En esa misma oportunidad, fue cuando dispuso también facilitar el proceso de registro para los operadores de los rubros de carnes, granos y lácteos, eliminando por completo el registro de exportaciones de productos regionales (azucarero, frutihortícolas, lanero y yerbatero).
Luego en agosto de este año, se dispuso que los 13.875 operadores agropecuarios actualmente inscriptos en esa categoría seguirían “activos en el registro y, en caso de tener que actualizar su documentación, deberán hacerlo por la misma vía, demás, todo aquel productor que quisiera comprar granos para consumo propio deberá inscribirse en la actividad”.
“Pasados los 30 días, el registro de la actividad dejará de tener efecto en el RUCA y la implementación del nuevo sistema simplificado para los productores que comercialicen granos y/o derivados granarios para consumo propio quedará a cargo de la AFIP”, señalaron.
También habían eliminado requisitos documentales y dieron de baja trámites para los sectores productivos como el agropecuario, tales como la obligación de registrar los contratos de alquiler ante el organismo; la reducción de cinco a dos de las declaraciones juradas que deben presentar los establecimientos rurales con el resultado de la producción de la cosecha.
En septiembre pasado fue la exAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la eliminó la obligación de inscripción en el RUCA para determinados operadores de granos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.
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