Se trata del secretario general de la seccional Cañuelas del sindicato, Guillermo Arregui, que intervino en el conflicto con la empresa en marzo de 2021; en la misma decisión judicial fueron sobreseídas otras 27 personas imputadas de robo agravado
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Otro golpe para el sindicato lácteo Atilra y a los gremios que hacen de los bloqueos a empresas una táctica para fortalecer sus reclamos. La justicia decidió elevar a juicio oral a Guillermo Arregui, secretario General del gremio en la seccional Cañuelas, por el bloqueo en la planta de Lácteos Mayol, ubicada en Gobernador Udaondo, partido de Cañuelas, que interrumpió su producción durante cinco días en marzo de 2021. El juez de Garantías N° 8 lo consideró presuntamente autor penalmente responsable del delito de “coacción agravada”. En tanto, sobreseyó a Arregui y a otras 27 personas en relación con el delito de “robo agravado en poblado y en banda”.
El conflicto gremial comenzó el 1° de marzo de 2021, en horas de la madrugada, cuando un grupo de activistas de Atilra bloqueó la entrada de la fábrica e impidió el acceso tanto de trabajadores como de materia prima. La medida se originó debido a la exigencia gremial, que demandaba que la mitad de los 14 empleados de la empresa fueran recategorizados e incorporados como afiliados del gremio.
A pesar de que el Ministerio de Trabajo provincial dictó la conciliación obligatoria y de que cientos de vecinos se manifestaron a favor de la continuidad de la fábrica, los sindicalistas no se retiraron y permanecieron en el lugar hasta la madrugada del sábado siguiente. La fábrica, que tiene más de 85 años de historia, procesaba en ese entonces 11.000 litros de leche por día. La producción se vio interrumpida durante dos días hasta que finalmente se firmó un acuerdo entre la pyme láctea y Atilra en el Ministerio de Trabajo bonaerense, poniendo fin al conflicto.
En diálogo con LA NACION, el abogado de la pyme, Pablo Abdon Torres Barthe, destacó que, aunque la causa sigue adelante, la resolución es contradictoria. “Dentro de todo, para nosotros es una buena noticia que la causa no se haya cerrado y siga adelante. Pero si miramos el vaso medio lleno, el secretario está acusado por amenazas agravadas, lo cual es una buena noticia. El vaso medio vacío es que había 27 personas más acusadas por robo en poblado y en banda, porque en medio de esa toma de la empresa se robaron queso, dulce de leche, llaves de auto y rayaron algunas cosas. Y el juez no sé por qué resolvió sobreseer a todos, así que nosotros nos quedamos con la elevación y apelamos a lo otro para que la Cámara lo revise y eleve a juicio por todo”, señaló el letrado.
Según la denuncia, durante el bloqueo de la planta, las 28 personas impidieron el acceso al predio mediante agresiones verbales, obligaron a los empleados a unirse a la protesta mediante amedrentamiento, falso asesoramiento laboral y amenazas, y acamparon en el lugar durante las noches. También los acusaban de utilizar las instalaciones de la empresa, ingresando por “la fuerza” tras cortar candados, y causaron daños al transformador de luz, a las cámaras de seguridad y al vehículo Toyota Etios de propiedad de Maira Denis Mayol. Además, sostienen que se apropiaron “ilegítimamente” de combustible, mercadería (al menos 40 potes de dulce de leche y varios quesos) y llaves de arranque de dos camiones.
A pesar de las acusaciones de “robo agravado en poblado y en banda” y “coacción agravada”, la justicia decidió sobreseer a estas 28 personas sin costos. Sin embargo, a Arregui se le sobreseyó en relación con los primeros dos delitos, pero fue elevado a juicio oral por coacción agravada.
Por esta razón, se presentará una apelación para la absolución de las 27 personas sobreseídas. En el escrito, se sostiene que la resolución es contradictoria y no fundamenta adecuadamente los motivos del sobreseimiento, considerándola arbitraria. Además, se argumenta que la resolución sobre el sobreseimiento se basa en un análisis contradictorio, ya que, por un lado, se sostiene que los hechos no están suficientemente probados, pero por otro, se determina que los imputados no cometieron el delito.
Entre otros puntos, se sostiene que los hechos demuestran coautoría funcional entre los imputados, ya que todos estuvieron presentes en la planta y participaron activamente en los actos ilícitos. Por ello, la apelante insiste en que los imputados deben ser juzgados por los delitos cometidos en conjunto, ya que la evidencia demuestra su participación activa en los hechos ocurridos en la fábrica Mayol.
En tanto, luego de conocerse la decisión del juzgado, fuentes sindicales dijeron a LA NACION: “No hubo coacción, no hubo daños, no hubo robo alguno como quieren hacer creer; se tomó una medida gremial que es legal y constitucional como es el Derecho de Huelga (Art. 14 Bis de la Constitución Nacional). A la medida de fuerza le sobraban razones y justificaciones para hacerla. Se apelará esta resolución judicial sobre el delegado sindical de la seccional Cañuelas, y somos sumamente optimistas en el resultado de esta causa. Ya se demostró que eran todos inocentes. No van a condenarlo. De 28 imputados, 27 fueron sobreseídos y uno confusamente condenado. Cuando la Fiscalía fue a recabar y tomar medidas sobre las acusaciones, no halló pruebas que pudieran implicar a los trabajadores porque sencillamente, no existía lo que se denunciaba”.
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