La Sociedad Rural Argentina (SRA), Coninagro, la Federación Agraria Argentina y Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) señalaron en un escrito que viola el derecho de propiedad y las libertades de comercio e industria de los productores
- 4 minutos de lectura'
La Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias (CEEA), integrada por la Sociedad Rural Argentina (SRA), Coninagro, la Federación Agraria Argentina y Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), solicitó a la Corte Suprema de Justicia que se declare la inconstitucionalidad de la Ley VIII-103 de Misiones en la que se prohíbe el uso del herbicida glifosato en todo el territorio provincial. Según mencionaron las entidades, con esto buscan defender la producción nacional e indicaron que este proceder “viola el derecho de propiedad y las libertades de comercio e industria de los productores rurales”.
“La venta y uso del glifosato se encuentra autorizada en todo el país por las autoridades nacionales competentes. Por ello, la ley provincial que prohíbe su uso viola diversas normas federales que regulan la materia desde hace más de cincuenta años; entre otras, el Régimen de Sanidad Vegetal (Decreto/Ley 3489/58), el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal (Decreto 5769/59) y la Ley de Declaración de Interés Nacional de la Sanidad de los Vegetales y Animales (Ley 27.233), así como las distintas reglamentaciones emitidas por las autoridades nacionales a lo largo de más de cuatro décadas”, indicaron en un comunicado. La solicitud se hizo de manera virtual.
Según indicaron, esta violación de la normativa nacional por parte de la provincia de Misiones afecta el principio de supremacía del derecho federal (art. 31 CN), desconoce las competencias del Congreso de la Nación para regular el comercio interprovincial (art. 75 inc. 13 CN) y dispone todo lo conducente a la prosperidad y desarrollo del país. Por ejemplo, la regulación nacional de productos esenciales para la producción agrícola (art. 75 incs. 18, 19 y 32 CN). Este proceder, dicen que a su vez, viola el derecho de propiedad y las libertades de comercio e industria de los productores rurales (arts. 14, 17, 42 y otros CN).
“Más allá de la existencia abrumadora de pruebas sobre la seguridad que presenta el uso del glifosato, el conflicto que debe resolver la Corte Suprema no es un problema científico sobre las características de este producto, sino estrictamente jurídico. La República Argentina es un sistema federal en el cual las provincias no pueden entorpecer el comercio interprovincial o internacional, ni interferir o alzarse contra políticas generales adoptadas por el Congreso en pos del desarrollo integral de la Nación”, justificaron.
Seguido precisaron, “como bien lo sostienen desde siempre la Corte Suprema de Justicia, la Constitución ha querido hacer un solo país, para un solo pueblo y no habría Nación si cada Provincia se condujera económicamente como una potencia independiente. La provincia de Misiones impide, en forma absoluta, el uso de un producto autorizado para su venta y comercialización por el Estado Nacional”.
Por otra parte, destacan que a través de esta acción judicial se procura evitar graves e irreparables perjuicios para los productores agrícolas, para la economía nacional y para el medio ambiente. “El glifosato posibilita técnicas de producción que preservan el recurso suelo, combatiendo así la erosión de los mismos, una mayor economía del agua, y menor uso de combustibles fósiles”, afirman.
El uso del glifosato a nivel mundial
En la CEEA señalan que en la actualidad existen más de 160 países que habilitan el uso de glifosato por considerarlo un producto de baja toxicidad y no cancerígeno. De acuerdo con el informe publicado en 2016 por la Reunión Conjunta de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR, por sus siglas en inglés), el glifosato, además de que no es cancerígeno, no provoca daños ni cambios en el material genético, no afecta al sistema nervioso, no provoca malformaciones y tampoco tiene efectos sobre órganos específicos tanto en exposición única o en exposición repetida, dijo la agrupación del campo.
LA NACIONOtras noticias de Comunidad de Negocios
Más leídas de Campo
“Vengan el año que viene”. Un municipio descarta cambiar una polémica tabla para el cálculo de una tasa
Dictamen. El procurador de la Corte de Santa Fe emitió una opinión clave para el caso del millonario concurso de Vicentin
Veranito. Noviembre se acerca al récord de molienda de soja y girasol y aportarían US$2000 millones
Tras una feroz granizada. Piden usar aviones no tripulados para evitar daños por tormentas severas