Luego que el juez Enrique Alonso Regueira, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1 de la Capital Federal hiciera lugar a una cautelar solicitada por la exportadora de granos Díaz & Forti para seguir operando tras una medida del Ministerio de Agricultura que la excluyó de un registro, ahora el mismo magistrado resolvió rechazar la cautelar porque entendió que la verosimilitud del derecho, uno de los requisitos necesarios para la concesión, no ha sido comprobado. Díaz & Forti trabaja a fasón en una planta de la concursada Vicentin, entre otros negocios. De esta manera, volvió a ser suspendida del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
A principios de diciembre, el Ministerio de Agricultura recibió una comunicación del BCRA en donde le informó que la empresa exportadora debía una liquidación de divisas por US$450 millones.
Agricultura, entre otros requisitos, exige que se debe estar al día con la liquidación de divisas para que la firma no sea sacada del RUCA.
Tras ese informe de la entidad, el Ministerio que conduce Luis Basterra procedió a la suspensión de la firma.
Acto seguido, la empresa fue a la Justicia y pidió una cautelar. El juez Alonso Regueira habilitó a la firma a continuar trabajando y ordenó que se levante todo tipo de restricción sobre la empresa y sostuvo que existió una "aplicación retroactiva de la ley, violentando derechos adquiridos y, por ende, el derecho de propiedad de su parte y, en forma manifiesta, el derecho de ejercer la industria y el comercio".
Con esa resolución adversa, el Gobierno tuvo cinco días para recurrir la decisión judicial. En la nueva resolución, el magistrado detalló que "no se advierte, prima facie, que se haya logrado acreditar, con el debido sustento la verosimilitud del derecho invocado".
"Las consideraciones vertidas precedentemente obstan a que pueda encontrarse verificada la existencia de vicios –de carácter manifiestos, como alega el accionante– que tornen ilegítimo, manifiestamente arbitrario o irrazonable el acto en cuestión, más allá del análisis que pueda efectuarse en la oportunidad procesal correspondiente sobre las cuestiones que aduce la actora como fundamento de su pretensión", indicó.
"Considero que no surge prima facie acreditada la verosimilitud del derecho en la medida necesaria para la concesión de la medida cautelar pretendida", añadió.
Asimismo, en cuanto al peligro en la demora, otro de los requisitos que se necesitan para hacer lugar a la medida cautelar, puntualizó que "no cabe ser tan exigente en la demostración de la verosimilitud del derecho y viceversa, ello es posible cuando, de existir realmente tal peligro en la demora, se haya probado en forma mínima el fumus bonis juris; no pudiendo ser concedida la medida cautelar cuando no se ha podido demostrar alguno de los requisitos".
Díaz & Forti pertenece al grupo rosarino Olio. Tiene, entre otras, tres operaciones grandes, una en el Puerto de Barranqueras (Chaco) con dos terminales para barcazas y container, una planta en Arequito con capacidad de almacenaje de 30.000 toneladas y una terminal en el Puerto de San Lorenzo con 1200 toneladas por hora de capacidad de carga y dos cintas transportadoras.
Según informó, realizó ventas mensuales por más de US$150 millones y destinó a la molienda más de 350.000 toneladas por mes de granos, entre otras actividades.
Fuentes del Gobierno dijeron sobre el caso que "no hay una persecución con esa empresa porque todos los operadores están en las mismas condiciones".
Por su parte, Fernando Jurado, CEO de la cerealera suspendida, señaló que se enteraron de la revocación de la medida cautelar cuando se encontraron dados de baja en el RUCA.
"No tuvimos una notificación formal del juzgado. Es muy llamativo el fallo que resuelve a dos días de entrar en vigencia el nuevo contrato de fason con Vicentin. Nos ponen trabas para poder trabajar", indicó. Añadió que "sabemos que tenemos cosas de solucionar con el Banco Central. Ya existe cronograma acordado que se está en proceso de solucionar".
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