La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista rechazó planteos por inconstitucionalidad formulados por el Banco Nación y el Banco Provincia en contra de la homologación de un largo proceso con acreedores
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SANTA FE.- El proceso de recuperación de la agroexportadora Vicentin sigue sorteando obstáculos. Ahora, la justicia santafecina denegó los recursos de inconstitucionalidad presentados por los representantes de los bancos Nación y Provincia de Buenos Aires sobre el fallo de segunda instancia que permitió la homologación del acuerdo de acreedores de la firma. Vale recordar que la cerealera cayó en default en diciembre de 2019 con una deuda de más de US$1500 millones.
El principal argumento que sustentó la resolución apunta a que ninguna de las entidades crediticias mencionadas participó como apelante ni como apelado en la segunda instancia, porque voluntariamente desistieron de los recursos interpuestos oportunamente, en septiembre de 2023, que entonces había rechazado la impugnación del acuerdo preventivo.
En consecuencia, ese antecedente les impide ahora, “en una suerte de per saltum no reglado, acceder a una instancia de carácter extraordinario, y que requiere -como requisito de admisibilidad- el planteo de la cuestión constitucional en todas las instancias (art. 1, último párrafo de la ley 7055)”, según la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista.
El escrito recordó que “tal como lo sostiene la más destacada doctrina, los jueces tienen la potestad y el deber de rechazar in limine las pretensiones improponibles de las partes pues, “... lo que por defecto congénito ha nacido sin destino -muerto- que no hace sino entorpecer la actividad jurisdiccional, debe ser descartado cuanto antes; no cabe considerarse desde que no tolera saneamiento ni convalidación...”.
Y se agregó: “Por lo tanto, esta facultad-deber no sólo es aplicable a las demandas, sino también a las postulaciones procesales en general, como lo es un recurso extraordinario”.
Situación
En medios judiciales vinculados con la causa se menciona que también el Banco de Inversión y Comercio Exterior (Bice) apeló la decisión de la Cámara Federal de Reconquista de ordenar la homologación de la propuesta concursal, oferta que en primera instancia se había rechazado. Los “recursos de inconstitucionalidad” presentados ya están cargados en el sistema y el dato es que muestra que la queja no es solo de acreedores granarios, señalaron a LA NACION fuentes próximas a los expedientes.
Como se informó, en un reciente fallo, la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Reconquista resolvió homologar el concurso de acreedores de Vicentin, despejando un camino que estuvo marcado por desafíos legales y tensiones financieras.
Aunque ya se habían obtenido las mayorías de avales requeridas por ley, la aprobación del juez de primera instancia, Fabián Lorenzini, se hacía esperar. La reciente convalidación de segunda instancia judicial allana el terreno para la ejecución del plan de pagos destinado a 1600 acreedores.
En ese sentido, el plan de pagos propuesto contempla una distribución inicial de US$30.000 para cada una de las firmas personales o societarias que verificaron su situación. Con este enfoque, la mitad de los acreedores podría saldar completamente sus deudas.
Según el concurso aprobado, 816 acreedores cobrarían el 100% de sus acreencias con el anticipo de 30.000 dólares; con el segundo desembolso al año 117 acreedores más cobrarían entre el 99 y 80% de sus créditos verificados; que 63 acreedores percibirían entre el 79 y el 70% de sus acreencias verificadas; 83 de ellos embolsarían entre el 69 y el 60% de las mismas; 92 cobrarían entre el 59 y el 50% de sus créditos; 97 acreedores percibirían entre el 49 y el 40% de sus créditos verificados; y que 424 percibirían menos de ese 40%.
El plan de pago está vinculado a aportes tanto de Vicentin como de los inversores estratégicos [Bunge, Viterra y la Asociación de Cooperativas Argentinas] que se quedarían con el 95% de la empresa a cambio de US$462 millones a pagar en forma secuencial. Primero se efectivizaría un pago inicial de US$170 millones, de los cuales US$35,9 millones se distribuirían entre todos los acreedores verificados o admitidos a razón de US$30.000 para cada uno (o el monto menor verificado). A su vez, US$134 millones se adjudicarían a prorrata entre todos ellos.
Luego, a los 365 días habría un pago adicional de US$127 millones, también a prorrata. Y por último se haría un tercer pago estimado (sujeto a condiciones) por US$165 millones a los 12 años del pago inicial, el cual no sería hecho por la concursada sino por los interesados estratégicos.
Según se remarcó, la decisión reciente de la Cámara de Apelaciones tiene como objetivo principal “la preservación de los puestos de trabajo y la continuidad de las operaciones en las plantas industriales de Vicentin”. Debe recordarse que desde la cesación de pagos en diciembre de 2019, la empresa mantuvo su operatividad y cumplió con el pago puntual de salarios, brindando servicios a otras compañías del sector.
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