El Gobierno anunció un proyecto de ley para fomentar inversiones en el sector productivo con foco en las pequeñas y medianas empresas; debe ser aprobado por el Congreso
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En un esfuerzo por impulsar el crecimiento económico y fomentar inversiones en el sector productivo, el Gobierno anunció el envió al Congreso de un proyecto de ley conocido como “Mini RIGI”. Este nuevo régimen, inspirado en el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), busca brindar beneficios tributarios y financieros especialmente diseñados para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
La iniciativa se centra en seis ejes principales: inversiones productivas, exportaciones incrementales, el sector agropecuario, modernización laboral, fomento del empleo y otras disposiciones específicas. Entre los principales beneficios destacan:
Inversiones productivas: las empresas que realicen inversiones en la escala prevista tendrán como beneficios impositivos la desgravación de los derechos de exportación para bienes industriales, devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tendrá una reducción de los plazos desde seis a tres meses, la amortización acelerada de bienes en el impuesto a las ganancias y otros beneficios para inversiones que superen el umbral de los US$150.000 en el caso de las empresas micro; US$ 600.000 en las pequeñas; US$3,5 millones en las empresas del tramo 1; US$ 9 millones en las empresas del tramo 2; y US$ 30 millones en el resto.
Exportaciones incrementales: las MiPyMEs exportadoras de bienes industriales podrán gozar de una exención de derechos de exportación sobre las ventas incrementales –exportaciones que aumenten en comparación al año anterior–, con posiciones arancelarias a determinar. Las nuevas empresas estarán excluidas del beneficio, dado que solo aplicará para empresas existentes.
Sector agropecuario: el proyecto incluye cambios en la valuación fiscal de la hacienda hasta el momento de su venta, beneficios para inversiones en sistemas de riego y mallas anti granizo, y una reducción del IVA para la energía destinada a riego agrícola.
• En ganadería, resuelve un antiguo reclamo del sector respecto a la valuación de la hacienda. El texto establece la postergación de la valuación de la hacienda al momento de hacerse efectiva la venta del ganado. Ello permite cumplir con el requisito de “realización”, recaudo equitativo para la exigibilidad del impuesto. De esta forma, la renta se determinará y tributará cuando la misma esté disponible para el contribuyente, colocando al organismo fiscal en igual posición económica que el propio productor en el reparto del beneficio. “Hasta tanto se pagará Impuestos a las Ganancias sobre la valuación fiscal”, dejaron trascender desde el Gobierno.
• Asimismo contempla beneficios para la inversión en sistemas de riego y mallas anti granizo, aplicando una amortización acelerada y devolución anticipada de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Finalizando establece para el sector una reducción de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a la energía para sistemas de riego agrícola, la seria del actual 27% al 10,5%.
Otros puntos
Régimen Laboral: dispone una actualización laboral a través de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), con una modernización del régimen que incorporará aspectos incluidos en el DNU N° 70/23. A su vez, se modernizará y adecuará a la LCT el Régimen de Trabajo Agrario. Con la finalidad de fomentar el empleo, prevé un bono de crédito fiscal sobre un porcentaje de las sumas abonadas en concepto de contribuciones patronales al SIPA para los nuevos empleos incrementales y por el término de 1 año. Se establecería una tasa específica para el pago de juicios laborales de compuesta por el Índice de precios al consumidor (IPC) más 3% anual, a efectos de evitar problemas de interpretación o creatividad en la Justicia. La misma tasa se aplicara a los créditos laborales, tratando de generar una tasa de interés consistente.
Fomento del Empleo: introduce bonos de crédito fiscal para empleadores que contraten trabajadores del sector público en transición hacia el ámbito privado. El citado bono de crédito fiscal se calculara sobre las sumas abonadas en concepto de contribuciones patronales al SIPA para la contratación de trabajadores del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal, por el término de 2 años
Otras Disposiciones: Se actualiza el régimen de prenda, el cual será 100% digital y a distancia; y la derogación de los Regímenes de Promoción (Biotecnología Moderna y Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven)
Consenso y Desafíos
El proyecto fue elaborado en consulta con cámaras empresarias y representantes de distintos sectores. Sin embargo, persisten preocupaciones sobre su impacto fiscal y la necesidad de ajustes en ciertos detalles técnicos.
Durante la 30° Conferencia Industrial de la Unión Industrial Argentina (UIA), el secretario de Coordinación de Producción, Juan Pazo, destacó el enfoque incremental del proyecto, diseñado para no comprometer las finanzas públicas mientras se fomenta el desarrollo económico. El presidente de la UIA, Daniel Funes de Rioja, celebró la noticia en su discurso de cierre. La entidad había sido una de las cámaras empresarias que había impulsado desde hace meses por la presentación de una iniciativa legislativa que derrame los beneficios impositivos del RIGI para las inversiones menores a los 200 millones de dólares, de allí la denominación coloquial de “mini RIGI”.
La aprobación de este proyecto de ley será un paso clave para potenciar las inversiones, formalizar el empleo e incentivar la producción y la exportación, pilares fundamentales para el crecimiento económico del país. Resta ahora que el Congreso evalúe y debata esta propuesta en las próximas semanas.
El autor es contador especializado en temas agropecuarios