Se trata de la compensación que impulsa en favor de la industria semillera por el uso propio gratuito que hace el productor; solo con la oleaginosa y el trigo significará un aporte de US$320 millones; el dinero irá a la cuenta de una entidad privada
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El canon o “compensación” que el Gobierno quiere llevar adelante para el cobro del uso propio gratuito que hace el productor que se guarda parte de la cosecha como semilla, como en soja o trigo, entre otros cultivos, será de “hasta un 1,5 % del valor por tonelada del producto al momento de la comercialización”. Lo tendrán que pagar todos los productores, salvo los de la agricultura familiar, y en el caso de que se acredite la compra de la semilla fiscalizada ahí se hará un reintegro.
Así consta en un borrador de resolución al que accedió LA NACION y se presentaría en la Comisión Nacional de Semillas (Conase), donde confluyen la industria semillera y los productores, además del Estado, el próximo martes. La semana pasada el ministro de Agricultura, Julián Domínguez, le hizo un adelanto a la industria semillera.
Según un cálculo de Santiago del Solar, coordinador de la Comisión de Granos de la Sociedad Rural Argentina (SRA), la compensación implicaría al año unos US$320 millones al menos por la soja y el trigo. De ese monto, US$230 millones por la oleaginosa y 90 millones por el cereal.
La discusión por semillas viene desde hace años en un marco donde la industria sostiene que la compra de semilla fiscalizada no supera el 20%. El resto se divide entre el uso propio contemplado por la ley actual y una parte de mercado informal con la denominada “bolsa blanca”.
El borrador de resolución habla de reglamentar “la Compensación a la Innovación Tecnológica (IT) prevista en las leyes N° 20.247 y N° 24.376″. La primera es la ley de semillas y la segunda se refiere a la aprobación de un convenio internacional para la protección de las obtenciones vegetales que suscribió la Argentina en 1961 y luego revisado en 1972 y 1978.
“La compensación a la tecnología y al germoplasma de las variedades vegetales protegidas será hasta el 1,5 % del valor por tonelada del producto al momento de la comercialización. En caso de que la entrega del producto no implique su comercialización, la compensación se descontará al momento de dicho acto”, dice el artículo 4 del proyecto de resolución.
Según se consigna allí mismo, la plata recaudada irá a parar a la entidad que agrupa a los obtentores de las especies vegetales. “El responsable del primer punto de entrega del producto del cultivo comercializado retendrá al agricultor titular del mismo la compensación, que será transferida a la cuenta especial administrada por la Asociación Argentina de Protección de las Obtenciones Vegetales (Arpov)”.
El Instituto Nacional de Semillas (Inase) fijará la lista de especies que se incluirán. En tanto, se precisa que “todo agricultor que acredite el uso de semilla fiscalizada en la campaña recibirá el reintegro de lo oportunamente retenido como Contribución a la Investigación Tecnológica. Este reintegro será en función de la semilla fiscalizada adquirida, la superficie sembrada y el producto cosechado. El Inase establecerá mediante reglamentación el mecanismo de devolución por especie”.
“Si el agricultor hubiera sembrado una variedad de uso público, la compensación le será reintegrada en su totalidad siempre que acredite ante el Inase el origen legal de la semilla utilizada”, agrega el borrador.
Reparto de lo recaudado
El artículo 6 detalla cómo se distribuirá la compensación. Un 88% será para “obtentores de variedades vegetales protegidas y titulares de la tecnología incluida en ésta, si la hubiere”. Se añade: “La distribución será en partes iguales entre el titular del germoplasma y de la tecnología”.
Luego, un 10% irá a “programas de investigación y desarrollo de germoplasma y tecnologías aplicadas al cultivo”. Este porcentaje será administrado por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación e incluirá al INTA como beneficiario. En tanto, otro 2% irá al Inase.
En los considerandos de la resolución, que se plantea como de orden público, se reconoce una pérdida de competitividad de la Argentina en esta materia. Al respecto, se indica que “las diferentes regulaciones normativas existentes entre los estados del Mercosur en cuanto al reconocimiento de la propiedad intelectual han generado un serio atraso en los rindes productivos y en el desarrollo de nuevo germoplasma en la República Argentina”.
También se da cuenta de conflictos que surgieron entre los productores y la industria. “Los productores agrícolas sufren la constante conflictividad y la ausencia de acuerdo respecto a la propiedad intelectual; lo que ha generado, por un lado, un atraso en la tecnología y germoplasma disponible para lograr una mayor productividad y, por otro, el surgimiento de diferentes mecanismos de recupero de valor que no han hecho más que agravar su situación de acceso a la tecnología”.
Para Del Solar, el canon está planteado así como “ilimitado”. Remarcó: “No somos socios en los riesgos con quienes compramos los insumos”. En rigor, en los últimos días surgieron reparos desde la Mesa de Enlace y pedidos de que se incluya a los productores en una discusión final por esta materia.
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