Es para el evento conocido como Enlist para grupos 5.5 o superiores; se fijan requisitos de aplicación y el Inase hará una verificación en 10 provincias
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El Instituto Nacional de Semillas (Inase) dispuso la creación de un “sistema de información de venta de semillas” para la soja conocida como Enlist. Lo hizo vía la resolución 564, que lleva la firma de Joaquín Serrano, presidente del organismo.
Según la normativa, deberán cumplir con lo dispuesto “todos los sujetos que entreguen semillas de las variedades detalladas en el Anexo I a productores agrícolas en calidad de usuarios.” En ese anexo figura los ”cultivares que contengan el evento biotecnológico denominado DAS-44406-6 y pertenezcan a grupos de madurez 5.5 o superior”. Esa denominación corresponde al evento que confiere tolerancia a los herbicidas 2,4-D, glufosinato de amonio y glifosato.
De acuerdo a la resolución, el Inase verificará la entrega de las semillas en estas provincias: Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Salta, San Luis, Santa Fe y Santiago del Estero. Los responsables, por ejemplo, deberían detallar el volumen entregado.
Luego consigna que “el usuario adquirente de la semilla deberá, dentro de los quince (15) días corridos posteriores a la siembra de las especies o cultivares” rubricar una declaración jurada y enviarla al Inase en formato digital.
Entre otros puntos en la declaración jurada se deberá detallar:
- Que se compró la semilla para la siembra en el establecimiento bajo propia administración y que se cumplirá la normativa vigente.
- Que se cumplirá “la normativa local vigente o futuras legislaciones, en materia de adquisición, buenas prácticas agrícolas y aplicación de agentes fitosanitarios, en cada uno de los distritos en los que será sembrada la semilla adquirida”.
- También se establece en la declaración un compromiso de “no aplicar el agente fitosanitario formulado a partir del principio activo “2,4-D”, sal colina en aquellos distritos donde rijan prohibiciones o restricciones, tanto zonales como temporales”.
- Se determina que en caso de aplicar “el agente fitosanitario formulado a partir del principio activo “2,4-D” sal colina” se cumplirán las disposiciones del Senasa.
- “La ubicación geográfica de los lotes sembrados se corresponde fielmente con la realidad y lo oportunamente declarado en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)”, indica otra parte de la declaración jurada.
- Además, se debe precisar que se tomó “conocimiento de las restricciones o condicionamientos impuestos al uso del principio activo “2,4-D” en las provincias de Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Salta San Luis, Santa Fe y Santiago del Estero”. La declaración jurada se deberá mandar al Inase a djenlist@inase.gob.ar
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