Se trata de una iniciativa que se enviará al Congreso para fomentar la agroindustria y que plantea una duración hasta 2030
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En medio de los anuncios por la flexibilización del cepo para la carne vacuna, el Gobierno le adelantó a la Mesa de Enlace ayer que avanzará con la presentación de una ley de fomento para la agroindustria. Se trata de una idea que nació del sector privado, en el marco del Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), y que luego el Gobierno tomó como propio para hacer un proyecto. Anteayer, el ministro de Economía, Martín Guzmán, recibió a su par de Agricultura, Julián Domínguez, para hablar del proyecto de fomento a la agroindustria.
Según la iniciativa, a cuyo resumen de los principales puntos accedió LA NACION y se llama “Régimen de Fomento al Desarrollo Agroindustrial Federal, Inclusivo, Sustentable y Exportador”, la ley es para las nuevas inversiones “en todo tipo de producción agropecuaria y agroindustrial” para 24 cadenas del país. Pone foco en las pymes y plantea una duración hasta 2030, retroactiva a enero de 2021.
Vale recordar que el CAA, que tiene más de 60 cámaras agrupadas, planteó en su constitución como objetivo tener una ley que permita pasar de exportaciones totales del país por US$65.000 millones a 100.000 millones de dólares. Además, el CAA trazó como meta la creación de 700.000 nuevos empleos, 210.000 de ellos directo con el agro. Con su propuesta el CAA habló con gran parte del arco político, incluso con el presidente Alberto Fernández y la vicepresidenta Cristina Kirchner.
De acuerdo al texto, se prevén distintos beneficios impositivos. Al respecto, se fija una “amortización acelerada en 3 años, en lugar de 10 años o más de acuerdo al tipo de inversión en cada sector del agro”.
Por otra parte, se plantea el beneficio para inversiones en construcciones -excluida viviendas- y de infraestructura, “como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil, reducida al cincuenta por ciento (50%) de la estimada”, según detalla un resumen del proyecto.
Además, se impulsa la “devolución de IVA inversiones en tres cuotas, cuando hasta ahora se realiza en más de cinco años promedio”. Es el caso para plantas frigoríficas, acopios, usinas lácteas, plantas de balanceado, planta de tratamiento de frutas, etcétera.
Según el proyecto, la forma de ingreso para los beneficios será de manera simple, mediante una Ventanilla Única Digital donde deberán inscribirse los interesados que pretendan acceder a los beneficios. Quienes participen deberán verificar el cumplimiento de incremento de algunos indicadores, como volumen de ventas, volumen de producción física, volumen de exportaciones físicas, cantidad de personal ocupado e inversiones realizadas.
En el proyecto se plantean beneficios específicos para la actividad ganadera, como una mejora de la valuación de hacienda vacuna a los fines del impuesto a las Ganancias. Para ello se podrán optar por valuar las existencias al momento de la venta y no durante el tiempo de engorde, cuyo peso promedio sea igual o superior a los 400 kilos vivo o que los animales presenten un rendimiento en playa de faena de 225 kilos res con hueso en gancho. Según el resumen de la ley, dejarán de pagar ganancias durante los años de engorde y lo harán cuando vendan los novillos.
Impacto
“Los beneficios promocionales alcanzarán a los ganaderos que obtengan, respecto del promedio de los tres últimos ejercicios fiscales aumentos en los porcentajes de destetes de terneros/as logrados/as, aumento del peso promedio de los animales enviados a faena”, se indica.
Entre otros puntos, se plantea un estímulo a la compra de insumos, como en semillas fiscalizadas que venden las empresas.
Se considera un certificado de crédito fiscal intransferible, hasta el 50% de los gastos y erogaciones deducibles del Impuesto a las Ganancias correspondientes a adquisiciones de fertilizantes orgánicos e inorgánicos, insumos y fertilizantes e insumos biológicos, semillas autógamas, forrajeras y hortícolas, debidamente identificadas y fiscalizadas.
En este punto, el certificado podrá ser utilizado por el término de 24 meses “contados desde su emisión para la cancelación del Impuesto a las Ganancias a pagar del período fiscal de que se trate, o de sus respectivos anticipos y/o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, y no podrá dar lugar a saldos a favor ni a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional”. El plazo podrá prorrogarse por 12 meses, “por causas justificadas según lo establecido por la autoridad de aplicación”, se lee en el resumen del proyecto.
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