Para los productores rurales se trata de la superposición de información con otro régimen
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En febrero de 2021, por medio de la Resolución General 4933/2001, la AFIP dispuso un nuevo régimen de información denominado “Régimen de Contratos de Locación de Inmueble” (RELI). La herramienta le permite al Estado obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
Concretamente, la normativa prevé que los contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos registren la operación. La AFIP había establecido el 15 de abril de 2021, inclusive, como plazo máximo para la registración; pero la fecha se prorrogó.
¿Cuándo vence el nuevo plazo para registrar contratos?
Hasta el 31 de mayo, inclusive, se podrán registrar los contratos de alquiler de inmuebles celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 15 de mayo de 2021, que continúen vigentes.
En el agro ¿qué contratos se registran en el RELI?
Deberán registrarse a través del RELI los siguientes contratos:
● Locaciones y sublocaciones de inmuebles urbanos, cualquiera sea la denominación dada a los contratos.
● Todas las modalidades de arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles rurales.
● Locaciones temporarias de inmuebles urbanos o rurales con fines turísticos, descanso o similares.
¿Cómo se registran los contratos en RELI?
Es bastante sencillo. Se realiza en forma digital ingresando con clave fiscal en la web de AFIP al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles RELI Contribuyente”. Para completar el trámite se deberá adjuntar en un archivo “pdf” o “jpg” del contrato.
¿A quién le corresponde el registro?
Puede ser que sean las inmobiliarias y escribanos quienes registren un contrato en representación de sus clientes. En el caso de los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios podrán informar en forma voluntaria un contrato.
Para los productores agropecuarios este nuevo registro supone un doble régimen. Ya informan contratos tanto en el RELI como en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), sumando así mayor carga administrativa a la ya de por sí engorrosa gestión administrativa con entes del Estado.
El autor es socio de Barrero & Asociados
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