La compañía ofreció una quita del 70%, pero el magistrado Fabián Lorenzini reclamó que “satisfaga adecuadamente los intereses en juego” y remarcó que “deviene abusiva dado que no contempla plazos ciertos para su cumplimiento”
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El juez Fabián Lorenzini, a cargo del concurso de la cerealera Vicentin, ordenó que la firma reformule su propuesta recientemente presentada para salir de ese proceso. La empresa debe unos US$1575,4 millones.
La resolución del juez se conoció en un escrito y dice, entre otras cosas, que considera no tiene plazos “ciertos” para su cumplimiento.
“Después de haber reflexionado acerca de tales escritos (y de sus efectos jurídicos y económicos), tras haber ponderado de los intereses en pugna, la necesidad de obrar en resguardo de los activos, de la viabilidad de la empresa, de la estabilidad de las fuentes y puestos de trabajo y considerando asimismo la responsabilidad empresaria subjetiva (especialmente por el eficiente uso del tiempo otorgado al prorrogarse el período de exclusividad), he arribado a la convicción de que dicha propuesta concordataria debe ser modificada y ajustada por la concursada de un modo razonable, de tal forma que satisfaga adecuadamente los intereses en juego y justifique el esfuerzo compartido de los acreedores, trabajadores y terceros involucrados (directa o indirectamente), en la búsqueda de una resolución al conflicto”, señaló el magistrado.
Como informó este medio, Vicentin propuesto una quita del 70%. Para incentivar su aceptación, dolarizó créditos de acreedores de granos -igual que los del sector financiero- que el magistrado en su momento había pesificado. También se estableció que no habrá retiros de dividendos hasta que se cancele toda la deuda. En detalle, primero se calculará la quita del 70% y luego se ofrecerá un pago inicial de hasta US$20.000 a cada acreedor (unos US$28 millones). Luego se aplicará el saldo, 13 cuotas de 30 millones de dólares.
Ayer, Claudio Lozano, director del Banco Nación, consideró que no es aceptable una propuesta ya que la cerealera le debe a este banco unos US$300 millones.
“Vicentin pretende llevarse todo de arriba, pretende poner otro grupo empresario, quedarse con el 10% de las acciones y hacerle una quita a todos sus acreedores del 70% y a nosotros (por el Banco Nación)”, dijo Lozano.
En su relación, el juez se detiene, entre otros puntos, en el siguiente: “La propuesta deviene abusiva dado que no contempla plazos ciertos para su cumplimiento. Establece ante bien plazos determinables (Conf. Arts. 343, 350 y cctes. CCC). Para brindar certeza en el seguimiento, control y cumplimiento de la propuesta de pago, por parte de los órganos concursales y de todos los acreedores, se debe señalar una fecha inexorable para el pago del desembolso inicial y para el pago de la primera cuota y de las subsiguientes”.
“En el actual esquema, se pretende subordinar el plazo (pago inicial y los demás hitos temporales) a un esquema incierto y sujeto a una condición previa cual es la homologación. Para tener fecha cierta, se debe indicar un día, de un mes calendario en el cual se realizará el desembolso inicial; Y otro día, de otro mes calendario en el cual se efectuará el primer pago de la cuota concordataria y así sucesivamente”, agregó.
Lorenzini también presentó reparos sobre un mecanismo que propone Vicentin junto a los interesados en ingresar a su control: la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA), Viterra Argentina y Molinos Agro.
“Como eje central de la propuesta analizada, se erige un esquema contractual entre la sociedad concursada y los inversores estratégicos del acuerdo (ACA, Viterra Argentina y Molinos Agro), contemplando entre otros aspectos un contrato de fideicomiso denominado “en garantía”, cuyo patrimonio fiduciario debería estar constituido por una parte de las acciones que titularizan los actuales dueños de Vicentin y por “Activos de industrialización de oleaginosas” que allí se describen”, detalló el magistrado.
“En el apartado 3.1.3 se menciona que, en caso de quiebra, dichos activos serán inmediatamente transferidos por el Fiduciario a los inversores estratégicos del acuerdo, quienes continuarán con los pagos anuales comprometidos en las condiciones pactadas en los contratos de mención”, agregó.
“Prima facie, dicho esquema no resulta compatible con las garantías que la ley concursal y el derecho civil argentino pretenden ofrecer a los acreedores. No se cuenta con certeza acerca de quién será el Fiduciario, siendo aquella una figura fundamental para a aprobación judicial del esquema planteado. Tampoco se ha explicitado (ni en el escrito de propuesta ni en la hoja de términos), qué tipo de garantías habrían de suscribir los inversores/garantes estratégicos a los fines de su análisis y aprobación previa por parte de los órganos concursales, acreedores y del propio tribunal”, añadió.
Lorenzini también analizó el pago y qué pasaría con los acreedores: “En esta hermenéutica, surge que el pago propuesto a los acreedores proviene de la afectación de un porcentaje de las ganancias que la empresa en crisis generará, no evidenciándose ningún aporte extra por parte de los accionistas. El esfuerzo que la concursada pretende efectuar, se traduciría en percibir menos ganancias, mientras los acreedores deben sacrificar el 70% de sus acreencias. Esto resultaría prima facie violatorio de las pautas de la ley de sociedades”.
En este contexto resolvió “la reformulación de la propuesta de acuerdo preventivo presentada” y remarcó que deber ser “modificada y ajustada por la concursada de un modo razonable”.
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