Excluye de créditos subsidiados de Inversión Productiva a productores pymes salvo que sean microempresas que, no obstante, no deben tener en stock más de un 5% de trigo o soja para tomar el préstamo
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Desde el jueves pasado está en vigencia una normativa del Banco Central (BCRA) que impide que “entre el 90 y el 95% de las empresas agropecuarias”, según alertaron en el sector, puedan acceder a los créditos subsidiados provenientes de las líneas de Inversión Productiva Mipyme. “En cambio, cualquier otro sector productivo de la economía, metalmecánica, petróleo, gas, etcétera, puede hacer uso de estas herramientas financieras”, señaló Martín Nava, asesor financiero de AZ Group.
Es una medida que busca que el productor se financie vendiendo sus propios granos antes que recurrir a ese crédito. La medida no incluye a las tarjetas agropecuarias y los convenios que empresas por ejemplo de maquinaria agrícola puedan celebrar con los bancos.
Desde noviembre de 2020, el Central viene exigiendo a los bancos colocar créditos al sector productivo en general en un nivel equivalente al 7,5% de los depósitos. Las condiciones de los préstamos son al 30% para el largo plazo, hasta 48 meses, y el 35% para el corto plazo.
Según la comunicación “A 7240” del BCRA, que dispuso su vigencia entre el 1° del actual y el 30 de septiembre próximo, los cupos deben ser acordados a “Mipymes”. Luego consigna que “se encuentran excluidas las Mipyme con actividad agrícola inscriptas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) en carácter de “Productor” con acopio de producción de trigo y/o soja, excepto que estén categorizadas como microempresas –según la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores– y el valor de ese acopio no supere el 5% de su capacidad de cosecha anual, estimada en base a los rendimientos publicados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP) (superficie declarada en el SISA por el rendimiento promedio publicado por el MAGyP para cada cultivo)”.
“La entidad financiera será responsable de verificar que el solicitante no se encuentra comprendido en esta exclusión, solicitándole una certificación emitida por un Contador Público –cuya firma deberá ser legalizada por el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas– que acredite que, basado en la información brindada por la microempresa al SISA respecto al último stock declarado más la producción estimada en la última cosecha realizada menos las ventas realizadas mediante Liquidación Primaria de Granos desde el 1.10 de cada año hasta la fecha, el stock actual no supera el 5% de su capacidad de cosecha anual”, agrega la circular.
Para Nava, en el primer tramo de Inversión Productiva, que fue entre noviembre de 2020 y marzo pasado, para una empresa agropecuaria no se hacía distinción de facturación y para tener el beneficio directamente no debía tener más de 5% de trigo o soja en stock al momento de pedir la línea.
“Podía tomar la línea de Inversión Productiva y sus derivados todo el universo de empresas agropecuarias facturen lo que facturen siempre que, al momento de tomar la línea, no tuvieran más de 5% de trigo o de soja en stock en función de su capacidad productiva declarada. Eso estaba en la circular 7140”, expresó el analista.
De acuerdo al experto, ahora la circular A 7240 “hace más agresiva la restricción, por no decir definitiva, porque a un segmento de las empresas agropecuarias que facturen más de 15 millones (que no sean microempresas) las deja fuera de la posibilidad de la línea de Inversión Productiva y sus derivados, tengan el stock de trigo o de soja que tengan”.
“Si en la actualidad o en mayo van a tener menos de 5% (de trigo o soja) ya no importa. Por el solo hecho de ser empresas agricultoras, inscriptas así en la AFIP y facturar más de 15 millones quedan afuera de esta alternativa”, expresó.
Nava remarcó que solo quedan para este segundo tramo de Inversión Productiva las micropymes del agro de hasta 15 millones, pero “siempre que no tengan más de 5% de stock de trigo y soja”.
“Se amplió la restricción. Con esta circular dejan prácticamente afuera de la cancha para esta herramienta de Inversión Productiva a 90/95% de las empresas agropecuarias que se se dedican a producir granos”.
La visión en el Banco Central
En el BCRA, en tanto, comentaron que “no es una nueva norma sino la que estaba vigente que se flexibilizó para las pequeños productores que no retengan más de 5% de su producción”. Remarcaron que el campo tiene acceso al financiamiento “en condiciones normales”, pero indicaron que no lo puede hacer a tasa subsidiada.
“La tasa subsidiada es para sostener la actividad en sectores afectados por la pandemia y para promocionar la inversión productiva, no es para acumular stock en ninguna área económica”, indicaron. Insistieron en que “la norma estaba vigente, lo que se hizo precisamente fue flexibilizarla para los pequeños productores”.
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