Enrique Alonso Regueira, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 1, se declaró competente tras una acción que la entidad del campo comenzó en Córdoba en contra de los derechos de exportación
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En un nuevo capítulo en la batalla judicial por las retenciones, que promete abrir otro frente, un juez federal de la ciudad de Buenos Aires hizo lugar a un planteo de la AFIP para que una causa que tramita la Sociedad Rural Argentina (SRA) en Córdoba en contra de los derechos de exportación pase a su ámbito.
En febrero último, la SRA con la Sociedad Rural de Jesús María presentaron en los tribunales federales de Córdoba una acción de amparo argumentando que, caídas las facultades delegadas que el Congreso le había otorgado al Poder Ejecutivo ya que no se votó el presupuesto 2022, el Gobierno ya no puede manejar las retenciones ni aumentarlas como hizo al incrementar la tasa del 31 al 33% recientemente en la harina y el aceite de soja.
La causa en esa provincia quedó en manos del juez Ricardo Bustos Fierro, que aceptó la presentación de la Rural. La entidad llegó a la Justicia con una acción colectiva. Recientemente, ese magistrado consideró “inadmisible” una apelación del gobierno nacional -formulada por abogados de la AFIP- para intentar frenar el amparo.
La excusa del Gobierno fue que “no posee legitimación alguna para representar ni accionar en nombre de ningún integrante de esa entidad”. En tanto, el magistrado de Córdoba indicó que “se configura el supuesto de afectación a derechos de incidencia colectiva referidos a intereses individuales homogéneos”.
Tras esa embestida oficial, la AFIP volvió al frente y, según informó la agencia Télam, el juez Enrique Alonso Regueira, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 1, admitió una acción inhibitoria que solicitó la AFIP, buscando que la causa salga de Córdoba. Acto seguido, el magistrado se declaró competente para entender en la causa en CABA.
“La acción entablada se dirige contra la conducta desplegada por la AFIP-Aduana y contra determinados decretos dictados por el Poder Ejecutivo Nacional”, dijo el juez, que indicó que la demanda “tiene carácter colectivo y que la composición del colectivo incluye a todos los productores agropecuarios del país”.
Actos
“Se trata de actos emanados de autoridades públicas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos efectos no se circunscriben a una jurisdicción específica sino que éstos se producen respecto de la totalidad del territorio nacional”, expresó en otro tramo de su resolución.
Ante una consulta de LA NACION, en la SRA señalaron que, si bien el juez de la ciudad de Buenos Aires puede pedir el pase de la causa, como el amparo se inscribió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación “no va a tener lugar la demanda que están haciendo”.
“Claramente el Gobierno está preocupado porque avanza a paso firme [la demanda]. La causa se inscribió en la Corte”, detalló la fuente. Nicolás Pino, presidente de la SRA, indicó: “Ratificamos la competencia de toda la justicia federal de las provincias productoras, respecto del conflicto judicial por la ilegalidad e ilegitimidad presentado por la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María (Córdoba) sobre los derechos de exportación. En este caso nuestro amparo tramita en la justicia provincial de Córdoba. Es una cuestión federal cuyo proceso de amparo está registrado, además, en la Corte Suprema de la Nación como amparo colectivo, por ende no puede cambiar de jurisdicción”.
Por su parte, el magistrado de la ciudad de Buenos Aires dijo, luego de dar sus argumentos que, “en tales condiciones, corresponde admitir la inhibitoria solicitada (por la AFIP) y declarar la competencia de este fuero en lo Contencioso Administrativo Federal”. El juez quiere que Bustos Fierro le envíe la causa o la eleve a un tribunal superior para que defina al respecto.
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