Calculadora de Ganancias: cuánto se pagará en 2021 y cómo puede aliviarse la carga
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Durante este año y a partir de los salarios de enero que se cobrarán en los próximos días, pagarán el impuesto a las ganancias los asalariados que tengan un ingreso mensual promedio de por lo menos $74.810 si se trata de quienes no deducen ni cónyuge ni hijos. En el caso de un trabajador que sí tenga deducción por cónyuge y por dos hijos, el menor salario alcanzado equivale a $98.963. Si se deduce solo a dos hijos, entonces el mínimo no imponible por este año es de $86.938 y si se declara un hijo, de $80.874. Si un empleado tiene solo deducción por cónyuge, en tanto, el salario a partir del cual tributará es de $86.835.
Las cifras corresponden a promedios mensuales para todo el año, son netas de descuentos a la seguridad social e incluyen el proporcional del aguinaldo (el impuesto correspondiente al sueldo anual complementario se descuenta de manera distribuida durante todo el año). Los valores son un 35,376% superiores a los de 2020. Desde 2018 y en función de lo establecido por una ley, el esquema de Ganancias se actualiza en cada mes de enero según el porcentaje en que se haya incrementado entre los dos meses de octubre previos la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), un indicador que refleja la evolución de parte de los salarios formales de la economía.
Entre octubre de 2019 y ese mes de 2020, el Ripte avanzó un 35,376%, según los datos publicados por la Secretaría de Seguridad Social. Considerando ese índice, la AFIP oficializó en los primeros días de este mes los cambios en el esquema del impuesto a las ganancias, con la publicación de los nuevos valores en su página. Se modifican tanto los valores de las deducciones que llevan a definir de cuánto es el mínimo no imponible, como también las cifras de la tabla de alícuotas que determina cuánto se tributa en función del rango de ingresos en el que se ubica el contribuyente.
En el caso de un asalariado casado y con dos hijos a su cargo que tenga un salario mensual promedio bruto de $170.000, el impuesto por todo el año será de $89.175,48 con un descuento mensual promedio de $7431,29. Si se declara un alquiler mensual de $40.000, el tributo anual pasará a $49.632,59, y la cifra mensual promedio será de $4136,05 (en este caso, operará el tope de $167.678,40 para esa deducción).
Un trabajador que tiene deducción por dos hijos (no por cónyuge) y un sueldo de $150.000, tendrá un descuento total de $74.234,53 a razón de $6186,21 mensuales. Si en este caso se declara como deducción pagos al personal de servicio doméstico por $10.000 mensuales, la carga fiscal anual se reduce a $47.390,40, unos $3949,20 mensuales.
En otro ejemplo, para alguien con un ingreso mensual promedio de $180.000 y con un hijo a cargo, el peso de Ganancias será de $186.457,60 en todo el año, con pagos mensuales de $15.538,13. Y para quien tenga un salario neto de $120.000 y no declara deducciones por familia ni por gastos, la carga fiscal será de $38.643,97 en el año y de unos $3220,33 por mes, siempre en promedio.
La calculadora que acompaña esta nota permite hacer estimaciones para diferentes niveles de sueldos y para distintas situaciones en cuanto a las deducciones por hijos y cónyuge y por algunos de los gastos que pueden ser declarados. Hay que tener en cuenta que, en la práctica, puede haber cobros por conceptos extraordinarios durante el año y que esos montos también se verán alcanzados.
Además, como la actualización de los valores del esquema de Ganancias se hace solo una vez al año, a medida que pasen los meses y se reciban incrementos nominales de salarios para aliviar los efectos de la inflación, la carga se irá incrementando. Por eso, hay que tener en cuenta que los datos mostrados por la calculadora se refieren a promedios para todo el año. Otro efecto de esa dinámica que tienen la inflación y los salarios es que en diferentes momentos del año comenzarán a pagar personas que en el inicio del año no estaban alcanzadas.
Más allá de los empleados bajo relación de dependencia, también pagan el impuesto los trabajadores autónomos. Y, en este caso, a partir de valores de ingresos más reducidos. En el sistema general, el mínimo no imponible por los ingresos de todo el año será de $503.035,18 ($41.919,60 por mes, en promedio), en caso de no haber deducciones por familia. Y en el caso de nuevos profesionales y emprendedores, una categoría creada por una ley de fines de 2017, el monto anual es de $586.874,42 y el promedio mensual, de $48.906,20.
Para los jubilados, también en virtud de esa reforma legal de 2017, rige un mínimo no imponible especial, diferente al de los asalariados, que es equivalente a seis veces el haber mínimo. Durante este mes y el próximo esa cifra es de $114.211,74.
El cálculo y las deducciones
El impuesto a las ganancias que pesa sobre los ingresos de las personas se calcula sobre el salario neto de los aportes a la seguridad social y luego de descontarse los importes deducibles generales (ingresos libres de impuesto) que dispone la ley. Luego, también se restan las cifras que correspondan por deducciones que sean declaradas por los trabajadores, ya sea por familiares a cargo o por determinados gastos.
En el caso del impuesto correspondiente a 2020, todavía hay tiempo para hacer la declaración de deducciones, un trámite que se hace en la página web de la AFIP, ingresando con clave fiscal y optando por el servicio interactivo Siradig-Trabajador. Hay tiempo, en el caso de la carga fiscal del año pasado, hasta el 31 de marzo próximo.
Las deducciones permitidas y sus montos topes para el actual 2021 (que se podrán cargar durante todo el año e incluso en los primeros meses de 2022) son las siguientes:
*Cónyuge: se deducen $156.320,63 por todo 2021, con la condición de que la persona no tenga ingresos (si los tiene, deben ser muy bajos, de hasta $167.678,40 en todo el año).
*Hijos: lo deducible es un importe de $78.833,08 por persona a cargo; debe ser menor de 18 años o estar incapacitada para el trabajo. La deducción al 100% la puede hacer solo uno de los padres. O pueden optar por compartirla, deduciendo el 50% del valor cada uno.
*Alquileres: se deduce el 40% de lo pagado y hasta un límite de $167.678,40 por todo este año. No es compatible con la deducción por intereses de créditos hipotecarios.
*Intereses de créditos hipotecarios: solo se deducen $20.000 al año; es una cifra que lleva dos décadas sin actualización. No es compatible con la deducción por alquiler.
*Pagos al personal de servicio doméstico: se deducen las cifras pagadas al personal y las contribuciones sociales, con un tope de $167.678,40 en el año.
*Honorarios por servicios médicos: se deduce el 40% de lo efectivamente pagado (no aplica sobre montos que tuvieron reintegros), con un límite equivalente al 5% del salario neto.
*Cuotas de medicina prepaga: se informa lo pagado pero, al momento de calcularse la deducción, se aplica un tope equivalente al 5% de la ganancia neta
*Seguros de vida: se deduce, por 2021, hasta un límite de $24.000, según lo previsto por ley.
*Planes de seguros de retiro privados: la deducción máxima es también de $24.000 este año.
*Gastos de sepelio del propio contribuyente o de familiares a cargo: solo es deducible una cifra de $996 (también lleva décadas sin actualización).
*Donaciones a los fiscos (nacional, provinciales o municipales) o a entidades autorizadas para este fin por la AFIP: el tope de lo deducible equivale al 5% de la ganancia neta del trabajador.
*Gastos por indumentaria y equipamiento: la deducción aplica para gastos hechos por el empleado, que no hayan tenido reintegro por parte del empleador.