Calculadora: cuánto debería cobrar una empleada doméstica, según las horas trabajadas
A partir del nueva actualización en los salarios del servicio doméstico, en los próximos meses habrá un aumento que se aplicará en los próximos cuatro meses
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El lunes 29 de agosto, a pocos días del cierre del mes, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares llegó a un nuevo acuerdo de actualización salarial para los trabajadores del servicio doméstico que será del 36 por ciento y se aplicará entre agosto y noviembre.
El incremento se aplicará en cuatro tramos. El primero de ellos será del 9 por ciento y, como empieza en agosto, impactará en los haberes de septiembre. Mes a mes, le seguirá un aumento del 8,2 por ciento que se aplicará sobre el trabajo de septiembre; del 7,6 por ciento, para octubre; y el último, del 7 por ciento, para noviembre. La proporción y distribución será la misma en todas las categorías y, según la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, habrá una revisión en el mes de noviembre.
Las negociaciones se realizaron después de que el Gobierno haya oficializado el viernes pasado la suba del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) del 21 por ciento. Según lo publicado en el Boletín Oficial, esto se dará en tres tramos entre septiembre, octubre y noviembre, y llegará a los $57.900 a fin de año.
¿Cuánto debería cobrar una empleada doméstica por horas trabajadas?
Con la nueva actualización, el personal de casas particulares recibirá por mes $48.524,50 para quienes estén con retiro y $53.958,50, para los empleados sin retiro.
En el primer caso, cobrarán $395,50 por hora y, por lo tanto, deberán ganar $1.582 por una jornada laboral de cuatro horas y $3.164 por ocho horas de trabajo. En cambio, quienes estén sin retiro obtendrán $426 por hora. De este modo, quienes trabajen cuatro horas se llevará $1.704, y quienes lo hagan por ocho horas deberán recibir $3.408.
Además, las personas que integran la categoría de “Asistencia y cuidado de personas” empezarán a percibir, a partir de agosto, $53.958,50 con retiro y $60.131,00 sin retiro por mes trabajado.
Por hora, los del primer caso recibirán $426. De esa forma, con una jornada laboral de medio día (4 horas) ganarán $1.704; en tanto, por una jornada completa (8 horas), el salario será de $3.408. Por otro lado, a los trabajadores sin retiro les corresponden $477. Así, por cuatro horas obtendrán $1.908 y por ocho, $3.816.
Otra categoría es la de los “Caseros”, que son quienes prestan tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda y, al mismo tiempo, habitan allí, tal como dispone el contrato de trabajo. A ellos les corresponden $53.958 mensuales y $426 por hora. En consecuencia, les corresponde $1.704 por media jornada y $3.408 por la completa.
El personal para tareas específicas -que incluye a los cocineros contratados en forma exclusiva y a todo quien realice tareas del hogar que requieran una especial idoneidad por parte del empleado- empezarán a percibir por mes $55.304,50 con retiro y $61.563,50 sin retiro.
Las personas que hagan estas tareas, estén con retiro y trabajen por hora recibirán $451,50, por lo que cobrarán $1.806 por cuatro horas y $3.612 por ocho horas. A su vez, los trabajadores dentro de está categoría sin retiro obtendrán $495 por hora y, por consiguiente, obtendrán $1.980 por media jornada y $3.980 por jornada completa.
Los supervisores, que son aquellos que se encargan de coordinar y controlar la tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo, recibirán por mes $59.528 y $477 por hora si están con retiro. En este caso, si trabajan cuatro horas cobrarán $1.908, pero si tienen una jornada laboral de ocho horas deberán recibir $3.816.
En el caso de no incluir retiro, les corresponde $66.307 mensual y $522,50 por hora. Las personas de esta categoría que trabajen cuatro horas cobrarán $2.090, mientras que las que trabajan ocho horas deberán abonar $4.180.
A estos montos, se le agrega el adicional por antigüedad. Este equivale al uno por ciento por cada año en el que se mantuvo la relación laboral, y se abona mensualmente desde el 1° de septiembre de 2021. Es importante aclarar que el tiempo de servicio se empieza a computar a partir del 1° de septiembre del año anterior, sin efecto retroactivo.
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