Bienes Personales: qué pasará con el impuesto de 2023 mientras se debate una nueva ley en el Congreso
Según lo que está dispuesto, las obligaciones por el tributo sobre los patrimonios del año pasado vencerán en junio; sin embargo, se establecerá una prórroga mientras se discuten cambios significativos; quiénes quedarían alcanzados y con qué alícuotas
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Las demoras para la aprobación en el Congreso del proyecto de ley de medidas fiscales impulsado por el Poder Ejecutivo provocarán una postergación del plazo para que los contribuyentes cumplan con las obligaciones de Ganancias y Bienes Personales correspondientes a 2023.
En principio, los vencimientos están dispuestos para junio, pero faltan pocos días para el inicio del sexto mes del año y aún no están la ley ni, consecuentemente, los aplicativos para poder realizar la liquidación de los tributos.
En rigor, sí existen reglas vigentes para los impuestos, pero en el caso de Bienes Personales, el texto que se discute en estos días en el Senado contempla modificaciones muy significativas con efectos para el período 2023. Y, por eso, se está a la espera de la definición del Poder Legislativo.
Según un comunicado publicado en redes sociales en la noche del miércoles por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante un pedido de prórroga hecho a las autoridades de la AFIP, el organismo informó a esa entidad -que nuclea y matricula a los contadores- que “pondrá a disposición de los profesionales y cámaras empresarias los aplicativos para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, en forma inmediata a la sanción del proyecto”, en referencia al texto en debate.
“El organismo nos informó que, una vez completado el período de prueba de los sistemas, se pondrá a disposición de los contribuyentes y responsables los aplicativos informáticos necesarios para la presentación anual de las declaraciones juradas, otorgando un plazo razonable para que puedan confeccionarse los formularios, realizarse las presentaciones y finalmente el pago de los saldos correspondientes”, señala lo publicado por el Consejo Profesional.
Además, se explicita que, también según la respuesta dada por la AFIP, en función de cómo evolucione el trámite legislativo se emitirá la norma correspondiente para modificar los vencimientos originalmente previstos para junio. Dado ese condicionante, se estima que las nuevas fechas serían durante un mes no anterior a agosto. LA NACION consultó sobre el tema al organismo encargado de recaudar los impuestos, pero no hubo hasta el momento respuesta.
La iniciativa oficial sobre medidas fiscales contempla una moratoria y un blanqueo impositivos, además de cambios en Ganancias, en Bienes Personales y en el régimen del monotributo. La intención del oficialismo es que, una vez que se consiga el dictamen, algo que demanda arduas negociaciones, el texto sea considerado en el recinto del Senado, junto con el de la Ley de Bases, en las próximas semanas.
El proyecto ya se votó en Diputados, pero deberá volver a esa cámara, dados los cambios que se le introdujeron. Así, la eventual aprobación se demorará unas semanas más.
Qué propone el texto en debate
El proyecto votado en Diputados busca que el impuesto a los Bienes Personales correspondiente a 2023 alcance a quienes el 31 de diciembre tenían activos gravados por un valor de al menos $100 millones. La vivienda, en tanto, quedaría exenta hasta un monto de $350 millones.
El cambio que habría en la base para tributar es sustancial. Sin la modificación, el tributo correspondiente a al año pasado alcanza a quienes hayan tenido a la fecha mencionada patrimonios valuados en al menos $27.377.408,28, en tanto que la exención para la vivienda es de $136.887.041,42 (no se consideran los precios de mercado, sino las valuaciones de acuerdo con las normas específicas para el tributo). Esas cifras fueron oficializadas en enero por la AFIP y son las que siguen publicadas en su página web.
Según la normativa vigente, los valores imponibles se incrementan cada año según la variación interanual registrada en octubre por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec (ese mecanismo de reajustes se mantendría). Por eso, los importes aumentaron un 142,7% respecto de los que habían regido por el ejercicio fiscal 2022, es decir, muy por debajo de la inflación de 2023, que trepó a 211,4%, y muy por detrás de la suba de la cotización del dólar que se toma como referencia para la declaración de este impuesto.
La aceleración del alza de precios en los últimos meses de 2023 provocó que las bases del tributo quedaran retrasadas, y eso hace que más personas queden alcanzadas por la carga fiscal. Con el proyecto se produce el efecto contrario: hay quienes dejarían de pagar este impuesto, que por 2022 tuvo una base imponible de $11.282.141,08.
Con respecto a las alícuotas, la tabla es la misma del esquema actual, pero con una modificación: para el impuesto de 2023 se eliminaría la tasa de imposición más elevada, prevista para quienes tienen patrimonios que, descontado lo no imponible, superen los $1.368.870.414,25. Así, las tasas marginales serían de entre 0,5% y 1,5%.
El texto busca disponer una quita progresiva de las alícuotas más altas durante los próximos períodos fiscales. Además, se eliminaría la diferenciación de tasas según dónde estén ubicados los bienes. Según una modificación que había impulsado el gobierno anterior, por el patrimonio que está en el exterior hay alícuotas incrementadas. Tal como quedaría el esquema del impuesto se pagaría lo mismo, sin importar dónde estén los activos.
Y, además, habría diferencias en los niveles de imposición según las personas hayan adherido o no al plan de blanqueo que se propone en el mismo proyecto de ley. Es decir, si se cumplió con las obligaciones en los últimos años (y, por tanto, no hubo necesidad de regularizar), el tributo será más aliviado que en el caso contrario.
Pago anticipado del impuesto
Más allá de los cambios en la base imponible y en la tabla de alícuotas, la iniciativa prevé la creación de un sistema de pago anticipado, que abarcaría varios períodos fiscales. El Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (ReiBP) sería opcional y los adherentes harían un pago unificado para saldar la obligación impositiva por 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027. Como base imponible se consideraría el patrimonio al 31 de diciembre de 2023 y se prevé que, para quienes opten por este régimen no haya durante los próximos años ninguna obligación que cumplir con Bienes Personales o con cualquier otro impuesto patrimonial que podría crearse (ni siquiera se presentarían declaraciones juradas).
Además, tendrían como beneficio la garantía de una “estabilidad fiscal” hasta el año 2038 “respecto del impuesto sobre los Bienes Personales y de todo otro tributo nacional que se cree y que tenga como objeto gravar todos o cualquier activo del contribuyente”.
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