Aumentos: se suman fallos en la Justicia que frenan las subas de las prepagas
Una jueza federal de San Martín dictó una cautelar en favor de una jubilada de 84 años; ordena suspender los ajustes
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A poco más de dos meses de que el Gobierno dictara el DNU que desregula el sector de las prepagas y habilitaba aumentos en los planes de salud, en la Justicia comienzan a aparecer fallos que ordenan dejar sin efecto o limitar esos ajustes.
Luego de una medida cautelar dictada en favor de un centenar de personas del plan de salud del Hospital Italiano (la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires), se sumó un nuevo fallo en favor de una clienta de la empresa Cobermed que ordena un freno a los aumentos que la firma de salud privada había aplicado luego de la entrada en vigencia del decreto de necesidad y urgencia 70/23.
En su escrito, la jueza federal Martina Isabel Forns, del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada” por una usuaria y ordenó a la empresa que “hasta tanto se acredite en la presente algún pronunciamiento de la autoridad de aplicación” del sector “se abstenga de aplicar los aumentos realizados”.
De esta manera, la jueza dispone suspender la desregulación aplicada por el DNU y establecer en el 8,51% el máximo de ajuste mensual que pueden implementarse en los planes de salud privada. Su resolución refiere a la última resolución del Ministerio de Salud previo al DNU, que establecía ese porcentaje de aumento “desde enero y por cada período mensual subsiguiente”.
El fallo de la jueza Forns se da en favor de la usuaria Rosa Di Sanzo, de 84 años, quien patrocinada por el abogado Santiago Deluca, se presentó ante la Justicia para intentar revertir los aumentos del 65% y del 35% que había experimentado su plan de salud en los dos primeros meses de este año.
Entre los considerandos, la jueza informa que “en total entre la cuota de diciembre 2023 y la de febrero 2024 existe un aumento del más del 100%” y que los haberes mensuales de Di Sanzo “como jubilada ascienden a la suma de $123.416, por lo que le resulta imposible poder abonar el plan de salud”.
De acuerdo con el planteo de la jueza, la ley 26.682, que regula el sector de la medicina prepaga, establece que la Superintendencia de Servicios de Salud o el Ministerio de Salud de la Nación son la autoridad de aplicación y “la única institución capaz de autorizar un aumento de cuota”, y si bien advierte que el DNU derogó parte de esa ley, esa desregulación implicó “falta de fiscalización de las empresas de medicina prepaga” y “la no exigencia de solicitar autorización por parte de las mismas”.
Este no fue el primer fallo de la jueza Forns que afecta el sector. En enero pasado, la magistrada había dictado una sentencia a favor de otra afiliada del plan de salud del Hospital Italiano. Luego, esa resolución fue “extendida con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias, con aumentos de cuota similares por parte de la demandada”.
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