Anses: ¿qué es el Codem y cómo sacarlo?
Los jubilados y pensionados, además de los titulares de la prestación por desempleo, podrán tramitar el Comprobante de Empadronamiento de forma virtual
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La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) ofrece la cobertura de una obra social a las personas en actividad laboral que cobran la prestación por desempleo, y los jubilados y pensionados.
Esta también incluye a sus familiares a cargo: cónyuge o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, e hijos con discapacidad sin límite de edad.
Para ello, deben presentar el Comprobante de Empadronamiento (Codem), una constancia con los datos de identificación del titular, su grupo familiar y la obra social asignada o elegida. Una vez que el titular lo realice podrá empadronarse con efectividad.
¿Cómo obtener el Codem?
Para obtener el Codem, o Comprobante de Empadronamiento, los beneficiarios deberán realizar un simple trámite que se puede hacer de manera virtual.
Para ello necesitan el DNI (también se acepta LC o LE para mayores de 75 años), y el Código Único de Identificación Laboral (CUIL). Con esa documentación, deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a mi Anses con el CUIL y la clave de seguridad.
- Revisar si los datos personales y vínculos familiares están actualizados en mi Anses. Si es así, presentar la documentación correspondiente en la Atención Virtual.
- Reunir la documentación necesaria según el trámite que necesita realizar.
- Ingresar en Atención Virtual y elegí la opción “Solicitud de cambio de obra social” para comenzar tu trámite.
A su vez, aquellos interesados que prefieran realizar el trámite de manera presencial, podrán:
- Entrar a la página web oficial de la Anses.
- Hacer clic en el botón “Turnos”.
- Elegir “Turnos excepcionales” y seleccionar la opción “Empadronamiento Obra Social (Codem)”.
- Ingresar el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
- Seleccionar el horario y la sucursal de Anses.
- Confirmar la solicitud. Luego, se generará una constancia.
¿Cuándo se puede modificar el Codem?
El Codem se puede modificar en las siguientes situaciones:
- Cuando el trabajador en relación de dependencia modifica su categoría laboral y le corresponde una obra social de distinta naturaleza.
- Cuando decide cambiar de Obra Social por ser Personal de Dirección y Asociaciones Profesionales de Empresarios.
- Cuando desea modificar su grupo familiar a cargo en la obra social.
En todo los casos, es recomendable consultar las obras sociales habilitadas y la documentación a presentar.
Obra social para jubilados y pensionados
Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tienen derecho a una obra social, al igual que sus familiares a cargo.
La obra social se asigna en el momento en que se otorga la jubilación o pensión. Se puede identificar mediante el Constancia de Empadronamiento, donde constan los datos personales del titular, de su grupo familiar y la obra social asignada o elegida.
Al inicio del trámite de jubilación o pensión, la persona deberá presentar el Formulario PS.5.7 Derivación de Aportes de Obra Social, con la firma de su empleador. De acuerdo a la obra social consignada en el documento, la Anses le asignará un código de obra social en tu beneficio previsional conforme a:
- Si la obra social era provincial o de la Ciudad de Buenos Aires al momento en que se jubila
- En caso de haber tenido DIBA, Di.B.P.F.A., IOSE, O.S.Le.R.A, O.S.Mi.S.S o o Unión Personal, puede continuar con ellas u optar por PAMI al momento del inicio del trámite.
- Con respecto a las personas que tenían otra obra social, se le asignará PAMI. Realizar la afiliación, deberá presentarse con turno al organismo y presentar el Codem.
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