Anses: el pago de las jubilaciones de abril se hará de manera desdoblada y el reajuste llevará el ingreso mínimo a $241.283
El organismo de la seguridad social comunicó que habrá dos fechas de pago; un día se cobrará el mismo monto percibido en marzo, sin bono, y en otro momento, dentro del mismo mes, se accederá al aumento y al refuerzo; qué nuevas cifras se oficializaron y qué pasará con las prestaciones no contributivas
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comunicó el miércoles por la noche que “para no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes”, en abril abonará los ingresos de manera desdoblada. En un momento, los jubilados y pensionados recibirán sus haberes según el monto cobrado en marzo (y sin el bono). Y en una fecha diferente, dentro del mismo mes de abril, accederán al importe correspondiente al incremento ya dispuesto de 27,39% y al refuerzo de hasta $70.000 (esto último, en caso de corresponder, ya que ese adicional será solamente, tal como viene ocurriendo, para quienes tienen los ingresos más bajos).
Según precisó el organismo de la seguridad social, como se aplicará un reajuste de 12,5% -en compensación parcial por la inflación y como parte de la transición hacia el cambio de fórmula-, y otro de 13,24%, en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de febrero, el haber bruto mínimo quedará en $171.283,31. A ese monto se le adicionará el bono de $70.000, con lo cual la cifra total será de $241.283,31. En mano, el ingreso del mes será de $236.144,81.
Además, del comunicado de la Anses surge que la mejora de 27,39% también será aplicada sobre la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que será de $137.026,65 y que con el bono totalizará $207.026,65, y sobre las pensiones no contributivas por vejez o invalidez, que quedarán en $119.898,32, cifra a la que adicionarán $70.000, con lo cual quedará un total de $189.898,32.
El desdoblamiento fue anunciado en un escenario signado por denuncias de cientos de cesantías laborales realizadas por sindicatos que están dentro de la Anses -una situación que afecta la atención al público-, y al término de una jornada en la que circularon rumores de renuncia del director ejecutivo, Mariano de los Heros, quien asumió en el cargo a fines de febrero.
Desde el organismo apuntan a razones operativas, porque las liquidaciones para el próximo pago de haberes ya están listas desde hace días, como ocurre siempre a esta altura de cada mes. El calendario de pagos, de hecho, ya arranca el próximo miércoles 3 de abril (el día posterior a los feriados) con las pensiones no contributivas. En las liquidaciones no se contemplaron las subas establecidas, ya que el DNU 274 fue emitido muy avanzado marzo. En otras ocasiones con disposiciones que llegaron de manera tardía la situación se subsanó a tiempo, o hubo demoras para algunos grupos de pago.
Con respecto al bono en particular, el Poder Ejecutivo todavía tiene pendiente oficializar el decreto que establezca su pago. La Anses no puede liquidar un ingreso que no fue formalmente establecido por las autoridades correspondientes; pocos días atrás se emitió un decreto sobre bonos para jubilados (el 268), pero, luego de la aprobación del DNU 274 y de la promesa de que el refuerzo seguirá siendo de $70.000, esa medida quedó desactualizada y debe ser reescrita.
Las fechas del pago de haberes sin la suba
Según el calendario difundido por la propia Anses pocas horas antes de anunciarse el desdoblamiento, las jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo serán pagadas entre los días 10 y 23 de abril, en tanto que las prestaciones de monto superior a básico se abonarán entre el 24 y el 30, también de este mes. Como siempre, la fecha exacta depende del número de terminación del DNI. Las pensiones no contributivas serán puestas al pago, según el caso, entre el miércoles 3 y el martes 9 de abril.
En esas fechas se abonarán los mismos montos que fueron cobrados en marzo, en tanto que aún no está definido cuándo se accederá a los importes derivados del incremento y al refuerzo en el caso de la mínima. “Próximamente, se informarán los calendarios del pago del aumento y del bono”, sostiene el comunicado oficial.
Concretamente, las fechas del primer tramo de pagos serán las siguientes. Si se trata de una jubilación o pensión mínima o inferior a la mínima: DNI terminado en 0: miércoles 10 de abril; DNI finalizado en 1: jueves 11 de abril; DNI terminado en 2: viernes 12 de abril; DNI finalizado en 3: lunes 15 de abril; DNI terminado en 4: martes 16 de abril; DNI finalizado en 5: miércoles 17 de abril; DNI terminado en 6: jueves 18 de abril; DNI finalizado en 7: viernes 19 de abril; DNI terminado en 8: lunes 22 de abril; DNI finalizado en 9: martes 23 de abril.
Si la prestación es superior a la mínima y el DNI finaliza en 0 o 1, se cobrará el miércoles 24 de abril; si la terminación es en 2 o 3, el jueves 25 de abril; si el DNI termina en 4 o 5, el viernes 26 de abril; si finaliza en 6 o 7 se cobrará el lunes 29 de abril y, finalmente, para quienes tienen documento finalizado en 8 y 9, la fecha de pago será el martes 30 de abril.
Aun cuando el calendario del pago de haberes se extiende hasta el último día de abril, el comunicado de la Anses afirma que el importe de las mejoras que se aplicarán será también percibido dentro del mismo mes.
Con respecto a las pensiones no contributivas, si el DNI termina en 0 o 1 el pago será el miércoles 3 de abril; si finaliza el 2 o 3, el jueves 4 de abril; con DNI terminado en 4 o 5 se cobrará el viernes 5 de abril; con terminación 6 o 7, el lunes 8 y, con DNI finalizado en 8 o 9, el martes 9 del próximo mes.
Qué pasará en los próximos meses
El organismo confirmó que, en línea con lo establecido en el DNU publicado en el Boletín Oficial del lunes, en mayo se aplicará una suba según el índice de inflación de marzo y, en junio, un aumento según el avance de los precios que se haya registrado en abril.
Tal como ya informó LA NACION, Para ese mismo mes de junio, además de otorgarse un reajuste según la variación del IPC del cuarto mes del año, se comparará lo otorgado en los tres meses (abril, mayo y junio) con el índice que arroje la fórmula de movilidad de la ley 27.609, que formalmente estará aún vigente. Si ese cálculo da un porcentaje mayor al acumulado por las subas de abril, mayo y junio, la Anses abonará lo que corresponda por la diferencia. Si, en cambio, la movilidad de la ley da un índice inferior, no habrá descuentos y los aumentos que se hayan dado seguirán incorporados a los haberes.
A partir de julio ya no estará vigente la fórmula que se utiliza desde 2021 y que está basada en la evolución de los salarios y de la recaudación de impuestos cuya recaudación se destina, parcial o totalmente, a pagar prestaciones de la seguridad social. Las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses se actualizarán desde entonces mensualmente por inflación, como un mecanismo permanente y ya sin la comparación con el cálculo vigente hasta ahora (eso solo se hará en el segundo trimestre de este año, al cual se lo considera un período de transición o empalme entre una modalidad y otra de reajustes).
El dato de inflación siempre se tomará con dos meses de rezago. En julio se considerará el avance del IPC del Indec de mayo, en tanto que en agosto se tomará en cuenta la variación de junio, y así sucesivamente. La razón para que así sea es que, al iniciarse cada mes el calendario de pagos de las prestaciones, no se conoce el dato de inflación del período inmediato anterior.
Los bonos y un decreto pendiente
Con respecto al bono para quienes tienen prestaciones más bajas, el DNU 274 no especifica nada. Sin embargo, el jueves de la semana pasada, solo horas antes de que el Gobierno oficializara su decisión de cambiar la modalidad de las actualizaciones, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 268, que define que en abril se pagará una “ayuda económica previsional” de $70.000 a quienes tengan prestaciones de hasta $134.445,30, que es hasta este mes la cifra equivalente al haber mínimo.
También se estableció que habrá un adicional para quienes cobran ingresos previsionales superiores a $134.445,30 y de hasta $204.445,30, que será de un monto tal que se llegue a completar la segunda cifra. Si no se modificara esa normativa del Poder Ejecutivo, quienes tienen el haber mínimo -que llegará a $171.283 en abril- percibirían un refuerzo, pero ya no de $70.000 como el del mes actual, sino de una cuantía mucho menor, porque se trataría solo del monto necesario para completar los $204.445,30. Y, de esta manera, no habría para esas personas ningún aumento efectivo en abril.
Dada esa situación, desde el Gobierno se prometió que habrá un nuevo decreto, para garantizar que quienes tienen el haber mínimo perciban un adicional de $70.000. En tales casos, como ese bono será igual al cobrado en marzo (no tendrá la recomposición de 27,39% que sí se aplicará sobre el haber mensual propiamente dicho), el incremento de lo efectivamente percibido por la suma del haber y el bono, será de 18%.
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