Anses: cómo afecta el paro a los jubilados y qué particularidades tienen los ingresos de este mes
Hoy comenzó el calendario de pagos de haberes de mayo y el dinero se acredita en las cuentas bancarias, aunque no hay actividad en las sucursales; cuál es el impacto de un descuento adicional que hay este mes para todas las prestaciones y cómo interpretar las liquidaciones
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Hoy, jueves 9, comenzó el pago de jubilaciones y pensiones del sistema gestionado por la Anses. Concretamente, quienes perciben su dinero en esta primera fecha del calendario de pagos son quienes son los titulares de pensiones no contributivas con DNI terminado en 0 y 1, y también los jubilados y pensionados del sistema contributivo que cobran el haber mínimo y cuyo documento finaliza en 0.
Por el paro general al que convocó la CGT hoy los bancos están cerrados y eso perjudica a quienes cobran habitualmente sus ingresos por ventanilla. Más allá de eso, el dinero se deposita en las cuentas bancarias correspondientes y puede ser retirado por cajero automático, o utilizado a través de las tarjetas o de otros medios de pago que no requieren el uso de billetes.
A partir de ahora y según lo establecido por la resolución 107 de la Anses, en los primeros días de cada mes ya no habrá pagos. De esta manera, quienes están en los grupos 1, 2, 3, 4 y 5 accederán a sus ingresos aproximadamente una semana después respecto de las fechas en que accedían hasta abril. Se trata de los beneficiarios de pensiones no contributivas y también de algunos del sistema contributivo que obtuvieron prestaciones estando afiliados al eliminado régimen de capitalización.
La modificación del calendario se hizo, según la versión de la Anses, por la necesidad de adecuar sus procesos derivada de los cambios en el régimen de movilidad. Desde abril rige el DNU 274, que dispone la vigencia de reajustes mensuales en lugar de trimestrales, definidos en función del índice de inflación comunicado por el Indec.
Según esa nueva regla, los haberes de este mes tienen un reajuste de 11,01% respecto de los de abril. Se aplicó, en este caso, el porcentaje de variación que registró en marzo el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Además, se mantiene el bono de hasta $70.000 (el monto no tiene suba) para quienes tienen los ingresos más bajos del sistema. La suba por movilidad y el pago del refuerzo abarcan a quienes tienen pensiones no contributivas.
Un dato a tener en cuenta es que, tal como informó LA NACION, este mes hay un descuento por el aporte al PAMI que, medido como porcentaje sobre el haber bruto, es mayor al que se aplica habitualmente. En el detalle de la liquidación que puede consultarse en www.anses.gob.ar (ingresando con la clave de la seguridad social) puede verse desagregado el descuento adicional.
Esta particularidad ocurre porque cuando se pagaron los haberes de abril no se restó el importe para la obra social correspondiente al monto del aumento de 27,4% que se dio ese mes. Es decir, el mes pasado se descontó de menos y ahora esa situación se compensa.
Cómo interpretar el recibo
En las liquidaciones publicadas por el organismo de la seguridad social, la cifra correspondiente al aumento de abril aparece dos veces: la primera, como un concepto del ingreso, y la segunda, como un descuento. En rigor, eso se hizo por un tema operativo, para poder efectuar el aporte al PAMI sobre ese ítem (ese descuento se consigna de manera separada al del haber de mayo), pero no significa que se esté quitando una suba antes otorgada. Ese monto (el que aparece sumado y luego restado) ya está incorporado al haber propiamente dicho, sobre cual ahora se aplica el alza del 11,01%.
Por ejemplo, en el caso del haber mínimo, este mes de $190.141,60, el aporte para financiar al PAMI es de 3%, es decir, de $5704. En la liquidación puede leerse ese descuento y también otro, de $1105: esta cifra corresponde al aporte por los $36.838 que implicó el aumento de abril. El monto de $36.838 es el que aparece sumado y restado en el recibo, pero, a la vez, ya está incorporado a lo que se cobra, distribuido entre conceptos como la PBU, la PC y Complemento al Mínimo.
Así, el neto a cobrar es de $183.332,21, contra $167.259 del mes pasado. En ambos meses se suma a esas cifras el bono de $70.000 y el importe de bolsillo es de $253.332. En los primeros días de este mes el bono no figuraba aún en los recibos que pueden consultarse virtualmente, pero fue incorporado el viernes pasado.
En el caso del ingreso mínimo el aporte al PAMI es el 3% del haber bruto y no hay descuento sobre el bono. Cuando se trata de haberes superiores al básico, la cuenta es diferente: se aporta un 3% de lo que equivale al haber mínimo y un 6% sobre el excedente. Por ejemplo, si la jubilación es de $300.000, el descuento es de 3% sobre $190.141 más el 6% de $109.859.
Otro ejemplo: para un jubilado con un haber bruto de $300.000 en marzo, el ingreso de abril antes de descuentos fue de $382.200 (por el reajsute de 27,4%). El aporte al PAMI fue el mes pasado de $13.966,64, igual que el de marzo. La diferencia con el aporte total que resultaba de hacer la cuenta sobre el haber total ya incrementado, de $3826,86, se resta ahora, con el haber de mayo. Con el aumento de este mes, el haber bruto es de $424.280, y el neto de $404.528. Peo, como se detrae la diferencia por el aporte de abril, en mano se recibirá $400.701.
Toda esta situación se originó en el hecho de que el DNU 274, que modificó el esquema de movilidad y dispuso, entre otras cosas, el reajuste de 27,4% para abril, fue oficializado cuando la Anses ya había hecho las liquidaciones del mes. Y las había hecho con los mismos importes que en marzo, porque el sistema anterior de actualizaciones no preveía ninguna suba en el tercer mes del año. Cuando se hizo una liquidación complementaria por el DNU se agregaron los importes correspondientes al incremento, pero sobre eso no se descontaron los aportes.
La garantía del 82%
Al margen de lo que figura en los recibos de mayo y de lo que fue consignado en los de abril y cobrado tanto en ese mes como en el actual, la Anses deberá liquidar un adicional correspondiente a esos dos meses, para un grupo de beneficiarios. Se trata del suplemento cuyo pago se origina en el reajuste del salario mínimo, vital y móvil dispuesto por una resolución de la Secretaría de Trabajo publicada el 3de este mes en el Boletín Oficial.
Este plus rige por una ley de fines de 2017 que garantiza que el haber mensual no puede ser inferior al 82% del salario mínimo, vital y móvil. La cláusula rige solo para quienes obtuvieron su prestación previsional sin haber recurrido a una moratoria (es decir, habiendo completado durante la etapa activa la cantidad de aportes exigida por el régimen). La gran mayoría de las jubilaciones de monto mínimo fue obtenida por moratoria.
Con respecto a lo correspondiente a abril, el 82% del salario mínimo es $181.262,64; la jubilación mínima (sin contar el bono) fue ese mes de $171.283,31. Por lo tanto, el suplemento que debe pagar el Estado es de $9979,30 en el caso de quienes cobran el ingreso básico, y de un importe inferior para quienes tienen prestaciones superiores a la mínima, pero solo de hasta $181.262,64. Por ejemplo, si el haber bruto fue de $175.000, la Anses liquidará un adicional de $6262,64.
En el caso de mayo, el 82% del salario mínimo es $192.138,40. Y la jubilación mínima es de $190.141.60, ya que se aplicó un reajuste de 11%, equivalente a la inflación de marzo. Entonces, el suplemento es de un monto pequeño: como máximo, de $1996,80. Esa será la cifra para quienes tienen el haber mínimo, en tanto que, por ejemplo, con un ingreso de $191.000, se liquidará un plus de $1138,40.
Como sigue el calendario de pagos
Según el calendario establecido, hoy tienen acreditados sus ingresos quienes son beneficiarios de pensiones no contributivas y tienen documento terminado en 0 y 1. Y luego, quienes tienen esos ingresos cobrarán en las siguientes fechas, según la terminación de su número de documento: 2 y 3: viernes 10 de mayo; 4 y 5: lunes 13 de mayo; 6 y 7: martes 14 de mayo; 8 y 9: miércoles 15 de mayo. Esto abarca también a un grupo de prestatarios con beneficios provenientes del régimen de capitalización que, aun siendo del régimen contributivo y cobrando más que el haber mínimo están esos grupos de pago.
Quienes cobran el haber mínimo del sistema contributivo cobrarán en los siguientes días, según la finalización de sus DNI. Terminación en 0: jueves 9 de mayo; 1; viernes 10 de mayo; 2: lunes 13 de mayo; 3: martes 14 de mayo; 4: miércoles 15 de mayo; 5: jueves 16 de mayo; 6: viernes 17 de mayo; 7: lunes 20 de mayo; 8: martes 21 de mayo; 9: miércoles 22 de mayo.
Con haberes previsionales superiores al mínimo, las fechas de cobro son las siguientes. DNI terminados en 0 y 1: jueves 23 de mayo; 2 y 3: viernes 24 de mayo; 4 y 5: lunes 27 de mayo; 6 y 7: martes 28 de mayo; 8 y 9: miércoles 29 de mayo.
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