AFIP. Extienden por cinco días más la inscripción al programa ATP para el pago de salarios de mayo
AFIP extendió cinco días la inscripción a la nueva etapa del programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción, que terminaba mañana. Ahora, los empleadores que quieran recibir ayuda estatal para pagar los salarios de mayo tienen hasta el 26 de este mes para anotarse.
Cabe recordar que todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado. Hasta el momento más de 250.000 empleadores ya se inscribieron en el sitio web de la AFIP para solicitar la asistencia estatal en el pago de los salarios de más de tres millones de trabajadores.
El Gobierno extendió a mayo el alcance de los beneficios del Programa ATP, relativos al salario complementario, y también a las contribuciones patronales, que se harán efectivos en junio próximo.
Para el salario complementario de mayo se tomará como referencia el sueldo percibido por cada trabajador en marzo pasado. Las empresas deberán tener una facturación entre abril de 2019 y el mismo mes de 2020 que no podrá registrar una variación superior al 5% .
En cuanto a las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1º de mayo de 2019 , la AFIP estableció que la comparación en la facturación se realizará contra diciembre del año pasado.
Esta semana, el comité de evaluación del programa informó que todas las empresas que reciban ayuda estatal para pagar salarios de mayo no podrán recomprar sus acciones ni distribuir utilidades sin importar la cantidad de empleados que tengan. Además, se evaluará la situación financiera de todas las firmas, más allá de sus ventas.
Por otro lado, AFIP comunicó ayer el mecanismo para devolver el salario complementario de aquellas empresas inscriptas en la ayuda estatal para pagar sueldos, pero que se hayan arrepentido de participar. La información llegó luego de que se endurecieran los requisitos para cubrir los salarios de mayo y de que la diputada Fernanda Vallejos propusiera que el Estado se quedara con una parte del capital accionario de las compañías como contraprestación a la asistencia financiera recibida.
Quienes soliciten la baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán restituir los salarios devengados en abril hasta el 31 de mayo inclusive. Para los salarios devengados en mayo y los siguientes meses -en caso de extenderse el beneficio- la normativa establece que el reintegro del salario complementario podrá realizarse hasta el día 20 inclusive del mes en que se haya realizado el pago, explicaron fuentes oficiales.
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