A qué edad podrán jubilarse hombres y mujeres con la Ley Bases
Con la sanción del proyecto de ley impulsado por el gobierno de Javier Milei, se dejará si efecto el sistema de compra de aportes para obtener la jubilación; qué es Prestación de Retiro Proporcional y quiénes pueden acceder a ella
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La Ley Bases que impulsa el gobierno de Javier Milei ―y que ya obtuvo la aprobación general por parte de la Cámara de Diputados― incluye varias modificaciones a diferentes leyes, con el propósito de darle herramientas a la actual gestión para llevar a cabo las medidas que desea hacer en los próximos años.
En ese sentido, se incluye la declaración de la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año, como así también la facultad para reorganizar, fusionar o disolver organismos de la administración central. Entre los distintos temas que toca, entran las jubilaciones. En ese sentido, muchos se preguntan si se cambiaría la edad jubilatoria y los requisitos que se deben tener para recibir estos haberes con la sanción del proyecto de ley oficialista.
A qué edad podrán jubilarse hombres y mujeres si se aprueba la Ley Bases
En el texto de la Ley Bases no se establece una modificación sobre la edad jubilatoria o de la cantidad de años en que se debe hacer aportes. En la Argentina, para tramitar la jubilación las mujeres deben tener 60 años, mientras que los hombres deben tener 65. Además, en ambos casos deben contar con 30 años de aportes registrados. Así lo indica la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en su sitio oficial.
Sin embargo, la normativa deroga la Ley 27.705 que estableció a principios de 2023, con la aprobación del Congreso, el Plan de Pago de Deuda Previsional. Esta normativa buscaba darle continuidad a los esquemas de moratorias que rigen hace unos 20 años y que permiten obtener beneficios jubilatorios cuando se llega a la edad requerida en el régimen general (60 años las mujeres y 65 años los varones) sin haber reunido la cantidad de aportes exigidos por ley durante la etapa de actividad laboral.
De esa forma, la actual gestión tiene el propósito de dejar sin efecto el capítulo que permite jubilarse sin cumplir previamente con los requisitos con el artículo 226. Si se aprueba tal como está, la posibilidad de comprar contribuciones por períodos pasados caería a partir del 23 de marzo de 2025.
De todos modos, el artículo 227 de la Ley Bases establece la creación de la “Prestación de Retiro Proporcional”. Esta está dirigida para aquellas personas que alcancen los 65 años de edad y que no cumplan con el requisito previsto de 30 años de aportes registrados para tramitar la jubilación. De esa forma, se busca mantener la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Además, como la prestación proporcional regiría para personas con aportes, sería posible obtener beneficios incluso mayores al haber mínimo, dependiendo de cuántos años se haya contribuido y de los salarios que se haya tenido.
Este beneficio tendría como piso el valor de la PUAM, que equivale al 80 por ciento del haber mínimo contributivo. Sin embargo, en los primeros años se descontaría la cuota para pagar los aportes que se deben, así que se cobraría menos. Asimismo, se equiparará la edad de acceso para las mujeres con la de los hombres. Eso significa que, si no cumplen con los 30 años de contribuciones, podrían acceder a esta prestación a partir de los 65 años, y no a los 60.
Qué modificaciones respecto de la edad jubilatoria introduce la Ley Bases
- La Ley Bases no modifica la actual edad estipulada para jubilarse, que se mantiene en hombres a los 65 años y en mujeres, a los 60. Sin embargo, ambos géneros deberán tener 30% de aportes, dado que el proyecto prevé el fin de la compra de aportes para acceder a una prestación previsional en el régimen de la Anses.
- Tampoco modifica la edad para poder jubilarse a través de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), mediante el cual las personas que no cuentan con ninguna jubilación ni pensión pueden acceder a una cobertura previsional que equivale al 80% del haber mínimo contributivo. En este caso, las mujeres pueden obtenerlo a partir de los 60, mientras que los hombres a partir de los 65.
- En caso de no contar con 30% de aportes, la Ley Bases propone la creación de la Prestación de Retiro Proporcional, por el cual sería posible obtener beneficios incluso mayores al haber mínimo, dependiendo de cuántos años se haya contribuido y de los salarios que se haya tenido. Tanto las mujeres como los hombres podrán acceder a este beneficio a partir de los 65 años.
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