12 ejemplos: cómo impactaría en el bolsillo la reforma de Ganancias
Finalmente, el oficialismo en el Congreso está dispuesto a aceptar que, en forma contraria a lo que planteaba el proyecto de ley original para subir el piso desde el cual se tributa Ganancias, los cambios que se aprueben rijan para los ingresos de todo 2021, y no solo para los que se perciban a partir de la sanción de la nueva normativa. Varios tributaristas habían advertido que, si bien en otras oportunidades se hicieron cambios sin disponer sus efectos para un año completo, Ganancias es un impuesto “de ejercicio” porque, más allá de que haya descuentos mes a mes, el cálculo es sobre los ingresos de todo un año, por lo que consideran que corresponde que las modificaciones no sean solo por un período parcial.
La iniciativa que ahora se analiza en Diputados plantea que haya una deducción especial que provoque que quienes tengan una remuneración mensual de hasta $150.000 (es decir, un salario neto de hasta $124.500) no paguen el impuesto. Para determinar si se llega cada mes a esa cifra no se cuenta el aguinaldo, por lo cual ese concepto estaría al margen de la imposición, según el texto del proyecto original.
Tal como está redactada, la iniciativa provocará distorsiones entre los asalariados, similares a las que ocurrieron en otras épocas. Y, además, ampliará las brechas que ya existen con los autónomos, que se ven más impactados por el impuesto que los dependientes.
En principio, todos los asalariados que queden alcanzados por Ganancias tributarán con las alícuotas más elevadas, sin un esquema de progresividad. El texto prevé una corrección de los “saltos” que habría para quienes ganen hasta $173.000 brutos ($143.500 netos); en esos casos habría deducciones especiales para que se pague menos que ahora, pero el proyecto no establece cómo serían las modificaciones, sino que faculta al Poder Ejecutivo para hacerlas.
De no mediar correcciones, alguien que tenga una remuneración de $160.000, por ejemplo, pasaría a cobrar de bolsillo unos $3700 menos que quien tenga un salario bruto de $150.000. Para los que cobran más de $173.000 no está previsto ningún cambio, con lo cual, por caso, con una remuneración de $175.000 se cobrará en mano solo $4500 más que con una de $150.000.
Con el efecto retroactivo, y tal como ocurrió con las modificaciones que el gobierno de Cambiemos había introducido por decreto en el mes de agosto -en ese caso de 2019-, los asalariados y jubilados alcanzados por las modificaciones recibirán la devolución de lo que se les haya descontado hasta el momento en que se pongan en marcha las nuevas reglas del impuesto. Por ejemplo, si la nueva ley estuviera vigente desde los salarios de abril, entonces se reintegraría lo retenido ya por los ingresos de los tres primeros meses del año.
¿Cuáles serán los efectos concretos y cuánto se devolvería en caso de aprobarse así la ley? A continuación, 12 ejemplos. Una cuestión a tener en cuenta es que en lo descontado hasta ahora está incluida ya una parte del impuesto correspondiente al aguinaldo, porque desde hace unos años la carga fiscal por ese concepto se reparte entre los 12 meses.
-Un asalariado que no deduce a ningún familiar y tiene una remuneración mensual de $125.000 tributaría este año, de no haber modificaciones, un total de $48.894. El descuento de tres meses que eventualmente se devolverá será de $12.224.
-Si con igual situación familiar y mismo nivel de ingreso se declara, como concepto deducible, $30.000 mensuales de alquiler, lo que dejaría de pagarse en el año sería de $22.571 y la devolución por tres meses de los descuentos ya hechos sería de $5643.
-Con dos hijos declarados a su cargo (y sin deducir al cónyuge porque, por ejemplo, tiene ingresos propios), un empleado con un salario bruto de $150.000 dejaría de tributar en el año $74.235 y el reintegro por lo ya aportado llegaría a $18.559.
-Si en el mismo caso anterior se agregara una declaración de $10.000 como deducción por pagos en el régimen del servicio doméstico, la carga fiscal anual que ya no estaría sería de $47.390, en tanto que la devolución por enero, febrero y marzo sería de $11.848.
-En el caso de un asalariado sin deducciones por familia, con una remuneración de $150.000 el impuesto anual sin modificaciones sería de en 2021 de $115.686 y el reintegro ahora previsto, si se confirma que será por tres meses, llegará a $28.921.
-Si en el ejemplo anterior se agregara que existe hoy una deducción por pagos en el sistema de personal doméstico por $10.000 mensuales, la carga anual que dejaría de pagarse sería de $83.286, en tanto que habría una devolución (por tres meses ya descontados) de $20.821. Con la suba del piso para de ingresos gravados, el esquema de Ganancias dejaría de tener un incentivo al blanqueo de las relaciones de trabajo en casas particulares, al menos en el caso de más de 1,2 millones de personas que podrían ser empleadores en esta actividad.
-Un trabajador bajo relación de dependencia sin cargas de familia, con una remuneración de $100.000, dejaría de pagar $7000 por todo el año y tendría una devolución de $1750.
-Si la persona del ejemplo anterior declara una deducción por servicio doméstico por $9000 mensuales o bien por gastos de alquiler de vivienda de $30.000 mensuales, no queda alcanzada por el impuesto tal como está el esquema ahora y, por tanto, las modificaciones previstas no tendrán impacto en sus ingresos.
-Si el ingreso mensual bruto de un asalariado con un hijo a cargo es de $140.000, el impuesto con el esquema vigente es de $67.549 y el reintegro, en caso de que fuera por tres meses, sería de $16.887.
-Con ese nivel de salario bruto mensual de $140.000 y deducción por cónyuge y por un hijo, la carga anual que quedaría sin efecto es de $34.967, en tanto que se generaría un reintegro en abril de $8742.
-Si la persona del ejemplo anterior tiene deducción por cónyuge y por dos hijos, entonces el tributo por todo el año, en caso de no haber modificaciones, sería de $21.350, mientras que por lo descontado en los tres primeros meses habría una devolución de $5338.
-Con una remuneración mensual de $135.000, alguien que aplica deducción por cónyuge (y no por hijos) pagaría de impuesto este año, tal como están hoy las variables que lo definen, de $39.695, en tanto que la devolución sería por un monto de $9924.
-Si en el caso anterior se considera que hay una deducción por alquiler mensual de $40.000, entonces el tributo por todo el año sería (sin cambios mediante) de $12.761, en tanto que habría un reintegro de $3190 si la nueva ley dispone que se devuelva lo descontado por los sueldos cobrados por el período de enero a marzo.
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