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La Justicia determinó que la AFA intervenga la Liga Profesional de Fútbol
La Cámara Civil le pidió al “Chiqui” Tapia que se haga cargo del organismo hasta que se realicen elecciones, en un plazo de 90 días
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La Justicia determinó que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) intervenga la Liga Profesional de Fútbol. En un fallo, la Cámara Civil le pidió al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, que se haga cargo de la Liga hasta que se realicen elecciones, en un plazo de 90 días.
El 21 de marzo, la Justicia porteña hizo lugar a un pedido de Marcelo Tinelli y suspendió las elecciones en la Liga Profesional, previstas para el 8 de abril, y que contaban con una sola lista homologada, encabezada por Cristian Malaspina, presidente de Argentinos Juniors y aliado político de Tapia. El fallo llevaba la firma del juez en lo Civil y Comercial Camilo Almeida Pons.
En el documento de seis páginas, el magistrado dejó en claro que la convocatoria a las elecciones realizada en la reunión del comité ejecutivo del 3 de marzo se realizó “sin la debida forma establecida reglamentariamente”, es decir, sin la intervención del presidente de la Liga Profesional, Marcelo Tinelli. Y esa es la razón fundamental por la que ordena que las elecciones sean suspendidas.
La presentación de Tinelli
Hace algunas semanas, un fallo del juez en lo Civil y Comercial Camilo Almeida Pons había hecho lugar al pedido del presidente de San Lorenzo y titular de la Liga Profesional. En aquel momento, LA NACION tuvo acceso al fallo del Juzgado Civil 99, en el que se informa en un sector del mismo: “Tinelli señala como fundamento de su petición que la convocatoria a la reunión del Comité Ejecutivo que resolvió la convocatoria a la Asamblea Electiva adolece de los defectos y vicios que menciona, indicando, en primer lugar que no existió convocatoria alguna a tal reunión, lo que reitera en la presentación a despacho. Refiere que él, como Presidente de la LPF es el único legitimado por reglamento, y que no ha efectuado tal convocatoria, ni tampoco ha recibido solicitud alguna por parte de los miembros que deseaban celebrar la reunión, ni comunicación de solicitud alguna del Director General, que le haya impuesto cumplir con dicha carga”.
Y más adelante agrega: “El art. 13 del Reglamento General de la Liga Profesional de Fúbol Argentino de AFA establece que el Comité Ejecutivo estará siempre integrado por un miembro de cada uno de los clubes que integran la primera división y será presidido por el Presidente de la LPF.- Dentro de sus funciones está, entre otras, la elección y remoción del Presidente de la LPF, la elección de los miembros de la Mesa Directiva, que se llevará a cabo en la reunión que corresponda conforme los periodos establecidos para cada uno de los cargos y la remoción de las restantes autoridades de la LPF (art. 16 del reglamento LPF)”.
Y la Justicia le da la razón a Tinelli cuando explica: “Ahora pues, tal como surge de las manifestaciones del Sr. Tinelli, quien fuera designado presidente de la Liga Profesional de Fútbol el 18 de marzo de 2020, no fue él quien convocó a la reunión del Comité Ejecutivo celebrada el 3 de marzo de 2022 ni fue puesto en conocimiento de la existencia de tal convocatoria”.
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