
La Corte Suprema confirmó la condena a un periodista
Eduardo Kimel recurrirá a la OEA
La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso extraordinario presentado por el periodista Eduardo Kimel y así dejó firme una condena por calumnias contra el autor del libro "La masacre de San Patricio".
El caso representa un retroceso en materia de libertad de expresión en la Argentina y será llevado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), adelantó ayer a La Nación el periodista Horacio Verbitsky, presidente del organismo de derechos humanos.
Kimel fue condenado a un año de prisión en suspenso y al pago de una indemnización de 20.000 pesos en una causa iniciada por el camarista del crimen Guillermo Rivarola, que tuvo a su cargo la investigación por el asesinato de cinco sacerdotes palotinos, ocurrido el 4 de julio de 1976.
El magistrado querelló al periodista a raíz de consideraciones que Kimel hizo sobre su desempeño como juez federal durante la dictadura militar.
El caso
En el libro consignó: "El juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes a la investigación penal. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, realizó los peritajes balísticos y forenses y tomó testimonio a buena parte de las personas que podrían aportar datos para el esclarecimiento. Sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a preguntarse: ¿se quería llegar a una pista que condujera a los victimarios?".
Y agregó: "La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente, cuando no cómplice con la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto".
La condena de Kimel deja de lado la doctrina de la real malicia -que obliga al querellante a probar que el periodista conocía la falsedad de la información o mostró temerario desinterés por la búsqueda de la verdad- y es el resultado de una interpretación restrictiva sobre el alcance de la crítica a los actos de funcionarios.
"Es un típico caso de violación a la libertad de expresión. Rivarola, como figura pública, debe aceptar la crítica porque ése es un principio básico del sistema democrático. Acá no hay cuestiones privadas en juego sino solamente una valoración sobre el desempeño de un funcionario", dijo Verbitsky.
Para Kimel, el fallo es "horroroso" y significa la consagración de la impunidad, porque el único condenado por la masacre de los palotinos es justamente quien la investigó.
El periodista había sido condenado en septiembre 1995 por la jueza correccional Angela Braidot, pero en diciembre de 1996 la Sala VI de la Cámara del Crimen lo absolvió en un fallo que destaca la importancia de la libertad de prensa y considera que las palabras de Kimel no tenían la intención de agraviar a Rivarola.
Sin embargo, el camarista apeló y en diciembre de 1998 la Corte Suprema revocó esa sentencia.
Los ministros Julio Nazareno, Eduardo Moliné O´Connor, Guillermo López y Adolfo Vázquez -vinculados con el menemismo-, y Antonio Boggiano y Carlos Fayt concluyeron que Kimel debía ser condenado porque omitió mencionar en su libro hechos importantes para valorar la conducta de Rivarola. Por ejemplo, la circunstancia de que el juez se había opuesto en varias oportunidades al sobreseimiento de los supuestos homicidas que había solicitado el entonces fiscal federal Julio César Strassera.
Tras ese fallo, cumpliendo con el mandato del máximo tribunal, la Sala IV de la Cámara del Crimen dictó en abril del año último la sentencia condenatoria, que ahora quedó firme.
El 14 de septiembre último, los mismos ministros que en 1998 cambiaron el sentido del caso rechazaron por cuestiones formales -sin estudiarlo- el recurso interpuesto por Kimel. Ahora, el Estado argentino deberá responder internacionalmente por su decisión.
Paso por paso
- El periodista Eduardo Kimel fue querellado por el camarista Guillermo Rivarola, cuya actuación criticó en el libro "La masacre de San Patricio".
- En septiembre de 1995, la jueza correccional Angela Braidot condenó al periodista, pero en diciembre de 1996 la Sala VI de la Cámara del Crimen lo absolvió.
- En diciembre de 1998, la Corte Suprema ordenó condenar a Kimel. El abril de 1999, la Sala IV de la Cámara del Crimen dictó la sentencia condenatoria y ahora el alto tribunal la confirmó.
Compromiso internacional
El Estado argentino se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que vela por el respeto del Pacto de San José de Costa Rica, a adecuar la legislación para garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información. Por eso, los senadores Jorge Yoma (PJ) y José Genoud (UCR) presentaron un proyecto de ley que deroga los delitos de calumnias e injurias a funcionarios. Si la iniciativa, que tiene estado parlamentario, se aprueba, los periodistas que critiquen el desempeño de funcionarios sólo podrán ser condenados en sede civil.