Fue sancionada la ley de protección de bienes culturales
Incluye los medios de comunicación
El Senado sancionó ayer la ley de protección de los bienes culturales, que limita al 30 % del paquete accionario la participación de capitales de origen extranjero en la propiedad de los medios de comunicación nacionales.
El corazón de la iniciativa es la exclusión de los alcances del instituto del "cram down", contemplado en la ley de quiebras, de las denominadas empresas culturales. Ese mecanismo permite al acreedor asumir la propiedad de una firma como parte de pago -parcial o total- de sus acreencias.
Según el texto aprobado por la Cámara alta -que rechazó las modificaciones introducidas por Diputados-, sólo se admite la aplicación del "cram down" si la empresa deudora lo solicita y obtiene la autorización del Poder Ejecutivo, que de esa manera tendrá la palabra final en materia de enajenación de medios de comunicación.
El cambio impulsado por la Cámara baja al artículo 5° del proyecto dejaba vigente la figura del "cram down" y ponía en manos del juez del concurso el análisis y la evaluación de la posibilidad de aplicar el mecanismo instituido por el artículo 48 de la ley de quiebras.
Al respecto, el titular de la comisión de Comunicaciones, Guillermo Jenefes (PJ-Jujuy), explicó que la aplicación de ese mecanismo "no está de acuerdo con el momento que vive la Argentina, con una profunda crisis económica y una pesificación asimétrica, que les permitió a muchos acreedores externos apoderarse de la deuda privada" de las empresas nacionales.
"Son los fondos buitres que, de distintas maneras, pretenden apoderarse de propiedades argentinas", agregó Jenefes.
Además, el senador justificó la ley en la necesidad de adaptar la legislación nacional a la de otros países, que también contemplan limitaciones a la participación de capitales extranjeros en la propiedad de medios de comunicación, entre los que citó los casos de Chile, Italia, Brasil y Alemania. Y explicó las razones por la cual se debe dejar en manos del Gobierno la facultad última y final de decidir si acepta la enajenación de una empresa periodística mediante el proceso de "cram down".
"Es el Poder Ejecutivo el que tiene la necesidad de velar por un patrimonio estratégico, como son los medios de comunicación, y garantizar a los ciudadanos el derecho a la libertad de expresión", expresó.
Opiniones en contra
Sin embargo, varios legisladores plantearon críticas al quinto artículo de la ley votada ayer.
La senadora porteña Vilma Ibarra (Frente Grande) apoyó las innovaciones introducidas al proyecto por la Cámara baja y, en particular, cuestionó que se impida a empresas nacionales hacerse de la propiedad de un medio de comunicación mediante el proceso del "cram down".
Por su parte, la puntana Liliana Negre de Alonso (PJ), destacó que el texto del Senado "discrimina a sectores como la salud, la educación y la agricultura, que también son estratégicos".
En tanto, su compañero de bloque Marcelo López Arias (Salta), apoyó las facultades que la versión de Diputados le daba al juez del concurso, por considerar que el funcionario es "quien tiene la mejor posibilidad y la capacidad de evaluar si se debe usar el cram down , teniendo en cuenta las posibilidades reales del mantenimiento de la empresa y de la fuente de trabajo".
Más allá de esta oposición, el voto de peronistas y radicales alcanzó para sancionar sobre tablas la ley tal cual la había aprobado el Senado en junio del año pasado.
La protección alcanza a las empresas periodísticas. Según la ley, esta definición comprende a los diarios, revistas, periódicos y editoriales, los servicios de radiodifusión y complementarios, las productoras de contenidos audiovisuales y digitales, las proveedoras de acceso a Internet y las firmas de difusión en la vía pública.
Pero también comprende las empresas dedicadas a la ciencia y tecnología; actividades e industrias de relevante importancia para la defensa nacional y al patrimonio antropológico, histórico, artístico y cultural.
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