El caso de Lucio: quiénes están obligados por ley a denunciar una sospecha de violencia contra un niño
Docentes, médicos y funcionarios tienen la responsabilidad de notificar posibles casos de maltratos; no hacerlo, puede llevar a una suspensión en el trabajo, la pérdida de la licencia o un juicio por mal desempeño; un proyecto de ley busca reforzar este compromiso e incorporar la posibilidad de resguardar la identidad del denunciante
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Este mediodía, 14 meses después de la muerte de Lucio Dupuy, el pequeño de cinco años asesinado por su madre y la pareja de ella, finalmente se conoció la condena. Fue la que se esperaba: cadena perpetua para quienes antes de matar al niño lo sometieron a todo tipo de violencias.
Su historia conmovió a la sociedad y puso sobre la mesa de la forma más cruda una realidad que suele permanecer en las sombras: la de la violencia intrafamiliar. En ese contexto, el Congreso tiene en sus manos un proyecto que se conoce como “ley Lucio”, que fue aprobado en Diputados y ahora espera ser convertido en ley por el Senado. Busca crear un plan federal para prevenir, detectar e intervenir en los casos de maltratos contra niñas, niños y adolescentes.
Entre las cuestiones que se vinculan a esta problemática y sobre las cuales existe un mayor desconocimiento a nivel social, está la referida a quiénes tienen hoy la obligación de denunciar la sospecha de una situación de violencia contra un chico o una chica, y qué podría cambiar a partir de la sanción de la “ley Lucio”.
Qué dicen las leyes actuales. Paula Wachter, fundadora y directora ejecutiva de Red por la Infancia, explica que en la Argentina rigen distintas normas que subrayan el deber que tienen algunas personas de comunicar estos hechos:
- La obligación de docentes, médicos y funcionarios. Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (sancionada en 2005) establece en su artículo 30 el deber de comunicar: “Los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión”.
- La obligación específica del “funcionario público. El decreto 1162/2000 reglamenta en el ámbito nacional la obligación de denunciar por parte de los funcionarios o empleados públicos los delitos perseguibles de oficio que conozcan en ejercicio de sus funciones. Concretamente, reglamenta el artículo 177 del Código Penal de la Nación. “Más allá de esa ley de protección integral, que habla específicamente de los derechos de niñas, niños y adolescentes, los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar cualquier tipo de delito”, explica Wachter.
- Leyes específicas contras las violencias como la N° 24417 (contra la violencia familiar) o la N° 25087 (de delitos contra la integridad sexual) también establecen en su articulado esas obligaciones.
Qué pasa si un médico, docente o funcionario incumple esta obligación. “Cuando no se cumple, hay sanciones de distinto calibre que están previstas por la ley actual y van desde la suspensión de esa persona en su cargo hasta un posible juicio por mal desempeño de funcionario público o el perder la licencia”, explica Martín Maquieyra, diputado nacional por La Pampa (Propuesta Republicana) y uno de los principales impulsores de “ley Lucio”.
¿La ciudadanía también está obligada a denunciar una sospecha de violencia? No. Solamente alcanza a los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público.
Qué cambios propone la ley Lucio.
1. El deber de comunicar sigue siendo para las mismas personas. Es decir, las mencionadas en la ley 26.062 de protección integral, sin extender la responsabilidad al resto de la ciudadanía. Sin embargo, sí se incorpora la necesidad de que existan campañas masivas de concientización para que toda la comunidad tome conciencia de la importancia de denunciar (a la línea 102, por ejemplo) y de estar atentos a las señales de alerta. “En la ley también invitamos a los clubes a capacitarse en alertas tempranas, para que también sean actores y protejan”, señala Maquieyra.
2. Incorpora el resguardo de identidad. En su artículo 5, plantea: “Recomendar la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a través de las autoridades administrativas o judiciales de protección de derechos que intervenga cuando se solicite de manera fundada, procurándose la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad”.
- Sobre la importancia de este punto, Maquieyra explica que en la práctica muchos docentes o médicos “no denuncian por miedo”. En ese sentido, cuenta: “En la escuela a la que iba Lucio, unos meses después de su caso, una docente denunció que un chico del mismo jardín fue golpeado y al otro día se presentó la madre para atacar a la docente. Esto pasa mucho en el interior, porque se conoce quién denuncia y provoca estas situaciones”.
- Por su parte, Marisa Graham, defensora nacional de niñas, niños y adolescentes, asegura: “Es importante resguardar la identidad porque lo que está sucediendo mucho es lo que se conoce como backlash, que se traduce como contraataque, y se da contra psicólogos, trabajadores sociales, etcétera. Muchas veces tienen temor a represalias y reclaman la necesidad de que alguien los proteja”.
Según la Organización Mundial de la Salud, 1 de cada 2 niños y niñas es víctima de algún tipo de violencia, que en el 70% de los casos ocurre en el ámbito familiar.
¿Cómo se puede garantizar ese “resguardo de identidad”? “Hay distintas formas de hacerlo según la jurisdicción, porque es algo procedimental que depende de cada provincia. En algunos casos en vez de quien denuncie sea el docente o el médico, por ejemplo, puede hacerlo la institución, como la dirección de la escuela o el hospital”, explica Maquieyra. “Por ejemplo, que el docente comunique su sospecha a la coordinación de escuelas, que tiene varias a cargo dentro de una misma ciudad o zonas, y que a su vez sea esta quien lo eleve al Ministerio de Educación, la policía, la defensoría, etcétera. De esta forma, no se expone al docente a posibles represalias”.
¿La reserva de identidad podría provocar un “aluvión de falsas denuncias”? Para los especialistas, esta es una falsa creencia que debe ser desterrada. “Esto no es así: no es que todos se van a convertir en denunciadores seriales. Si alguien hace una falsa denuncia, no quedará exento de responsabilidad”, enfatiza Wachter.
- En ese sentido, la directora de Red por la Infancia, aclara: “Lo que busca la ley Lucio es eliminar las barreras que existen para implementar lo que ya establece la ley 26061 respecto a la obligación de denunciar, dando más información, capacitando e instalando la reserva de identidad de la persona denunciante. Porque la obligación está, pero no se cumple. Por eso, se busca despejar los fantasmas de las represalias que se pueden tomar sobre todo en jurisdicciones chicas: lo que necesitamos es que las violencias se denuncien tanto en el conurbano como en las localidades de 10 mil habitantes”.
Qué pasa con el secreto profesional. Silvia Ongini, psiquiatra infantojuvenil del Departamento de Pediatría del Hospital de Clínicas, advierte que muchas veces los profesionales de la salud se basan en el secreto profesional para no comunicar situaciones de violencias en sus pacientes.
- “Esto es un error muy grave. El secreto médico o profesional está dirigido a la protección del paciente, no a proteger al profesional. Nunca un profesional que toma conocimiento de que un niño, niño o adolescente está siendo víctima de cualquier forma de maltrato debe poner el secreto profesional antes que el cuidado o resguardo de sus derechos. Hay mucha ignorancia aún de pensar que si el chico pide que no le contemos a nadie, no debemos hacer nada. Esto no es así: lo fundamental es protegerlo”, explica la especialista.
Solo en 2022, la línea 102, que ofrece una atención especializada en los derechos de las infancias y adolescencias, recibió 39.409 llamados de todo el país. De esos, 21.319 estuvieron asociados a situaciones de violencia.
La necesidad de un cambio cultural más allá de la norma. Para Graham, más allá de las normas, hay dos palabras claves a tener en cuenta cuando se habla de violencias contra chicas y chicos.
- La primera es visibilización. “Tenemos que visibilizar que existe un problema de violencias contra las niñas, niños y adolescentes. Mucha veces, amparado en el paraguas del ‘deber de la corrección’, se avasalla física y emocionalmente sus cuerpos”, subraya la defensora.
- La otra palabra es la desnaturalización. “Hay que desnaturalizar que la violencia forma parte del orden natural de las cosas para poder criar o educar a un chico o una chica. Esto es algo que está muy arraigado. Hay lemas que pensábamos superados como ‘un buen chirlo dado a tiempo’ o ‘la letra con sangre entra’ que siguen retumbando en el inconsciente colectivo”.
Cuándo podría sancionarse la ley Lucio. “Esperemos que cuanto antes porque son problemáticas que no pueden esperar. Sabemos que solo con una ley no alcanza, pero nos puede ayudar a prevenir estos casos”, dice Maquieyra.
- Con respecto a la posibilidad de que la ley sea tratada de en sesiones extraordinarias, posibilidad de la cual se había hablado, dice: “Quedan solo dos semanas y es el oficialismo el que maneja la agenda, pero lo bueno es que está despachada en comisión con lo cual solo falta que en el recinto se junten y la voten. Esperamos que sea a fines de mes y sino insistiremos en marzo. Lamentablemente, la agenda del Congreso hoy pasa por otros temas que a veces nublan cuestiones urgentes”.
Dónde denunciar
- Línea 102: ante situaciones de violencia contras niñas, niños o adolescentes, se puede llamar a la Línea 102, un servicio de escucha, orientación y acompañamiento especializado en derechos de las infancias y adolescencias. Es gratuita, confidencial y, desde 2022, funciona en todas las provincias del país, atendida por equipos de profesionales de cada jurisdicción.
- Linea 144: ofrece atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. El equipo es interdisciplinario y está compuesto por profesionales de las áreas del Derecho, la Psicología, el Trabajo Social y otras afines. Podés comunicarte de manera gratuita las 24 horas, todos los días de la semana, a través de un llamado al 144, por WhatsApp al 1127716463, por mail a linea144@mingeneros.gob.ar y descargando la app. Es importante saber no se trata de una línea de emergencia: para casos de riesgo, hay que comunicarse con el 911.
- Ministerio Público Tutelar de CABA: integra el Poder Judicial de la ciudad de Buenos Aires. Trabaja para la promoción del acceso a la justicia y el respeto, protección y promoción de los derechos y garantías de niñas, niños y adolescentes y personas que requieren apoyos en el ejercicio de su capacidad jurídica.