¿Invasión a la intimidad? Polémica por el derecho a la privacidad en el auto tras la ampliación de las fotomultas en la ciudad
Desde el 1° de febrero el gobierno porteño controlará el uso del celular al manejar y la utilización del cinturón de seguridad; expertos analizan el marco regulatorio ante el debate generado entre los conductores
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Más de 200 cámaras electrónicas de la ciudad de Buenos Aires comenzarán a ser utilizadas el 1° del mes próximo para detectar infracciones dentro del habitáculo de los vehículos. Usar el teléfono celular al conducir y no llevar colocado el cinturón de seguridad son las dos faltas que podrán ser fiscalizadas por los dispositivos que estarán enfocados en un ámbito que puede considerarse privado, lo que encendió la polémica: ¿se trata de una invasión al derecho a la intimidad?
Las dos infracciones, hasta el momento, son notificadas por agentes de tránsito y no mediante las cámaras que son usadas para controlar los excesos de velocidad y el cruce de semáforos en rojo. Sin embargo, serán una herramienta que puede aportar evidencia para multas que tendrán una sanción económica de hasta $15.000 y descuentos de puntos del scoring.
El debate está instalado entre los expertos en seguridad vial que dieron su punto de vista ante la consulta de LA NACIÓN. En torno a la discusión, la prioridad de realizar controles más efectivos para reducir los siniestros es el argumento que cuenta con apoyo unánime. Aunque el mecanismo para recolectar la información, el protocolo del manejo de esos datos y el temor de los conductores a que no se vulnere su privacidad aparecen como matices en la discusión.
Desde la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la ciudad procuran llevar tranquilidad a los conductores frente a la medida de controlar el mal uso de cinturón de seguridad, un elemento utilizado solo por el 64% de quienes manejan. “En el proceso de detección de la infracción se cumplen con todos los recaudos legales. Por ejemplo, no se individualiza a las personas ni se identifican datos que pudieran considerarse sensibles dentro del habitáculo”, explican fuentes del área.
Además, señalaron que las cámaras electrónicas solo detectarán las matrículas de aquellos vehículos que transiten en infracción y la falta solo se procesará cuando la cara del conductor no se puede divisar. En todos los casos la imagen de la persona acompañante será tapada y las bases de datos serán declaradas ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad “para dar mayor transparencia al proceso y a los datos almacenados”. La Secretaría “está facultada por el Poder Ejecutivo para fiscalizar conductas contrarias al ordenamiento jurídico (por el régimen de faltas –ley 451 del GCBA– y por el Procedimiento de Faltas de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, –Ley 1217–)”.
“No está mal el concepto de sacar fotos dentro del vehículo porque se trabaja siempre para reducir los factores de riesgo. Aunque el planteo del derecho a la intimidad y privacidad es válido y debe ser resguardado”, planteó Horacio Botta Bernaus, abogado especializado en derecho de tránsito, seguridad y educación vial. “Si se está infringiendo una norma, cuando hay una justificación, una flagrancia, no se está violando una intimidad porque sí, sino porque con esa acción el conductor se puede transformar en una víctima o producir otras”, amplía el responsable técnico de BBFA Seguridad Vial.
Para el especialista, la medida que implementará la Ciudad “es dura y extrema” y el gran desafío será garantizar los protocolos y el uso de la información que se obtiene con este mecanismo. “La ciudadanía tiene razón en exigir los cuidados de su privacidad. Se deben respetar a rajatabla los derechos individuales, por ejemplo, no difundiendo innecesariamente la información. Se deben establecer muy bien los protocolos porque lo que preocupa es cómo es el proceso de la información y cuál es la garantía. Es una herramienta válida que no violenta ninguna garantía individual, pero garantizando esos derechos”, sostiene Botta Bernaus.
Ley
El Código de Tránsito porteño (ley N°2148) contempla que la Secretaría de Transporte y Obras Públicas sea la autoridad de fiscalización del mal uso del cinturón de seguridad y utilizar el teléfono al conducir, al igual que el resto de las infracciones. El uso de celular tiene una multa de $7571 a $15.142 y resta cinco puntos en el sistema scoring; mientras que no usar el cinturón de seguridad, una sanción económica de $7571 y el descuento de cuatro puntos. Según contaron desde el área que conduce Manuela López Menéndez, la validación de la multa será responsabilidad de un agente de tránsito que deberá analizar la información obtenida en las cámaras.
“En las leyes viales no hay ningún elemento que refiera a la privacidad en el interior del habitáculo. Si hubiese, haría ruido porque iría en contra de su objetivo. La ley también establece que no se debe colocar ningún elemento que obstaculice la visibilidad a través de los vidrios, ni siquiera un polarizado leve. Lo vehículos deben circular con los vidrios que salen de fábrica. Eso dice la ley, después no se cumple o se hace la vista gorda”, comenta Gustavo Brambati, subgerente de Seguridad Vial del Centro de Experimentación y Seguridad Vial de Argentina (Cesvi).
“No hay ningún tipo de legislación de tránsito que impida fiscalizar hacia el interior del vehículo”, remarca el experto que compara el modelo utilizado en el país con el español. “Nuestro esquema vial copia al de España donde se usan drones para ver dentro del habitáculo y observar distracciones del conductor. Son dispositivos que van a la velocidad del tránsito y sacan fotos más nítidas. Allá están muy preocupados por la gente que hace la distribución logística que van armando los pedidos dentro de los vehículos”, detalla.
Fabián Pons, titular del Observatorio Vial Latinoamericano (Ovilam), coindice con la idea de que lo más importante son los controles, aunque plantea que la Ley de Tránsito nacional está obsoleta, con casi 30 años de antigüedad, y no acompaña la exigencia de los cambios actuales.
“La gente desconfía de que estos controles sean o no invasivos porque temen que las fotos puedan interferir en su vida privada, por más que llegue pixelada. Este tema no está contemplado en la Ley de Tránsito porque hace 30 años no había dispositivos para llegar a la privacidad de la gente dentro del habitáculo. La ley no está clara, necesitamos cambiarla”, aporta.
“Está bien que se multé a quien no use el cinturón o hable por teléfono al conducir, el espíritu es sano, pero lo que se discute son las formas. Esto se podría hacer bien con motos o patrulleros que circulen a la misma velocidad del tránsito, con cámaras montadas en los cascos que solo enfoquen al conductor y mostrándole la imagen en el momento”, analiza Pons.
Las infracciones de tránsito tienen una gran incidencia en las muertes que ocurren en la vía pública según los últimos informes de siniestralidad vial de la ciudad. En seis de cada 10 siniestros mortales se registró exceso de velocidad, en tres de cada 10 accidentes con fallecidos hubo violación de semáforo en rojo y se triplicó el uso del teléfono celular al manejar. Por esta razón la implementación de las cámaras llega como una buena noticia para los familiares de las víctimas.
“Llama la atención que se piense en la privacidad y no es la seguridad de las personas. Uno debe aceptar las reglas para vivir en una sociedad justa. Estas cámaras verifican cuando una persona conduce, no cuando habla con alguien en la calle. Ese accionar influye en la vida de los otros, no solo en la propia”, sostuvo Viviam Perrone, de Madres del Dolor, para sumarse al debate.