Desalojo en Villa Soldati: procesan a 41 policías
Por la muerte de dos personas en el parque Indoamericano; una jueza sostuvo que la Metropolitana usó postas de plomo
La primera explicación oficial sostenía que los proyectiles que el 7 de diciembre de 2010 causaron la muerte de dos personas durante el violento desalojo del parque Indoamericano, en Villa Soldati, habían salido de armas "tumberas". Después, las autoridades de la Policía Metropolitana aseguraban que sus uniformados no habían usado postas de plomo, sino de goma.
Ni una ni otra versión fueron comprobadas por la Justicia, que ayer procesó sin prisión preventiva a 41 efectivos de la Metropolitana y de la Policía Federal por su responsabilidad en el trágico desenlace.
La jueza de instrucción porteña Mónica Berdión de Crudo procesó a 30 policías metropolitanos y a 11 federales que, con distintos roles, participaron del frustrado desalojo, en el que murieron a balazos Rossemary Chura Puña y Bernardo Salgueiro, y otras tres personas resultaron heridas. Hubo un tercer muerto, Emiliano Canaviri Álvarez, en una pelea entre vecinos. Fuentes judiciales dijeron a la nacion que esa causa va camino al archivo porque no se pudo identificar al autor del disparo criminal.
El 22 de este mes será indagado por este hecho el ex jefe de la Policía Metropolitana, Eugenio Burzaco, que estaba al mando de la fuerza al momento del desalojo.
La decisión de la jueza fue bien recibida por el fiscal Sandro Abraldes, que estuvo a cargo de la investigación y que en febrero pasado había solicitado el procesamiento de aquellos imputados.
"Es una resolución muy valiente. La jueza no se quedó sólo con los oficiales de bajo rango que dispararon, sino que fue hasta los de encumbrados cargo que participaron del desalojo", dijo a la nacion el fiscal.
Según la resolución de Berdión de Crudo, publicada por el Centro de Información Judicial (CIJ), los policías metropolitanos fueron procesados por los homicidios y las lesiones. Entre ellos se destaca el comisionado mayor Ricardo Ferrón.
Ocho de los federales fueron procesados por abuso de arma agravado por su condición de funcionarios públicos. Además, el comisario mayor (R) Hugo Lompizano, el comisario inspector (R) Juan Quinteros y el comisario Emilio Miragaya (jefes de la Dirección General de Operaciones, la Circunscripción VIII y la seccional 36» de la Federal, respectivamente), y el superintendente (R) de la Metropolitana Migue Ángel Ciancio fueron procesados por homicidios y lesiones imprudentes.
"El desalojo fue llevado a cabo conjuntamente por la Policía Federal y la Policía Metropolitana. La actuación e intervención del personal de la Metropolitana se concretó, como colaboración, bajo el mando de los oficiales jefes de la Policía Federal", afirmó la jueza en su resolución. Explicó que "la responsabilidad de las autoridades de la fuerza federal de seguridad no sólo abarca lo actuado por la fuerza de seguridad que integran, sino también lo hecho por los uniformados metropolitanos".
Los hechos por los cuales fueron procesados los 41 uniformados ocurrieron el 7 de diciembre de 2010 a la tarde, cuando se intentó cumplir una orden de desalojo firmada por la jueza en lo correccional porteña María Cristina Nazar.
El predio de 120 hectáreas había sido tomado por centenares de familias, en su mayoría provenientes de villas circundantes, que reclamaban una vivienda.
"Por medio de un estudio pericial balístico hecho sobre los elementos extraídos de los cuerpos de Salgueiro y de Chura Puña se pudo comprobar que se trató de proyectiles de plomo desnudo esférico deformados, disparados por armas de fuego tipo escopetas. A la luz de lo expuesto, y pese a la sostenida alegación de que el personal de la policía porteña concurrió al parque Indoamericano provisto, exclusivamente, de munición antitumulto (AT), las muertes y lesiones ilustran el uso de postas de plomo, como ya se dijo, colocadas en reemplazo de postas de goma", sostuvo Berdión de Cruzo en su fallo.
Durante sus declaraciones indagatorias, los acusados dijeron que habían disparado hacia el suelo y otros objetos para poder hacer ruido, pero la jueza explicó que los "registros fílmicos" acreditaron que los uniformados apuntaron sus escopetas en dirección a las personas.
"Si bien es cierto que cuando los operadores metropolitanos se acercaron a las inmediaciones del puente de Escalada, próximo al límite del predio y la villa 20, algunos grupos de personas les arrojaron piedras y palos, tales agresiones, por su entidad y en contraposición a la superioridad numérica de los policías actuantes, a la ventajosa ubicación estratégica desde la que efectuaron gran parte de los disparos, así como al poder lesivo del equipamiento asignado a éstos, no llegaron a configurar una situación objetiva de riesgo o peligro para sus vidas y/o su integridad física que justificase el uso de la fuerza sin criterio alguno de gradualidad", sostuvo.
Anoche, las autoridades de la Metropolitana aún no habían opinado sobre la resolución judicial.
Las pruebas de la investigación
En la resolución que se conoció ayer, la jueza Mónica Berdión de Crudo sostuvo que los registros fílmicos del día del desalojo, el 7 de diciembre de 2010, mostraron cómo los uniformados apuntaron sus escopetas hacia las personas que ocupaban el predio y no contra el suelo, como sostuvieron durante su declaración indagatoria. Eso mismo había afirmado el fiscal Sandro Abraldes en sus dictámenes.
La jueza fundamentó los procesamientos en los peritajes balísticos, que comprobaron que las víctimas habían sido alcanzadas por proyectiles de plomo y no por postas de goma, como sostuvieron las autoridades de la fuerza de seguridad porteña. "Tanto Salgueiro como Chura Puña murieron por el ingreso en sus cuerpos de proyectiles de plomo", se dio por hecho en la resolución judicial.