Catalogan como infracción pintar el cordón de amarillo sin permiso
Lo prevé una reforma al Código de Tránsito; deberá pagar multa y despintarlo el infractor; regulan las calesitas
Pintar de amarillo sin permiso el cordón de la vereda, una práctica habitual entre los vecinos de la ciudad, fue ayer catalogada como infracción por la Legislatura porteña. La conducta podrá ser castigada con multa y con el pago del costo de eliminar la pintura.
Los diputados porteños aprobaron ayer un proyecto del legislador Claudio Palmeyro, que contaba con despacho favorable de la Comisión de Tránsito y Transporte. En primer lugar, la ley sancionada modificó el Código de Tránsito porteño para establecer como infractor a quien pinte un cordón de amarillo sin autorización oficial.
"Sólo el gobierno de la ciudad puede ordenar el pintado de cordones, mediante un acto administrativo", recuerda la norma aprobada, que recibió 49 votos a favor. "Nadie puede reservarse por cuenta propia un espacio de estacionamiento, tanto mediante cordón amarillo o con señalización para discapacitados. No está librado al libre albedrío", dijo Palmeyro (Sindical Peronista).
La ley prevé que "el o los propietarios de la parcela frentista son solidariamente responsables con el infractor por la adulteración de las condiciones del segmento de cordón".
El castigo a los infractores será el previsto en el Código de Faltas para quien "coloque o instale paradas de transporte, señales o símbolos de tránsito sin autorización, o retire, traslade, oculte, modifique, deteriore o destruya cualquier tipo de señalización vial", estimado en una multa de 100 unidades fijas. Cada unidad fija equivale a medio litro de nafta súper.
Por otra parte, los diputados dieron luz verde a una iniciativa que regula el funcionamiento de las calesitas y carruseles existentes en la ciudad, y habilita la eventual instalación de otros.
La norma, impulsada por Iván Petrella (Pro), establece que el Ministerio de Ambiente y Espacio Público otorgará permisos de uso por cinco años, renovables. Las autorizaciones priorizarán el carácter tradicional y familiar del oficio, es decir, a quienes ya hayan contado con una calesita. No podrán ser permisionarios quienes hayan sido condenados con sentencia por delitos contra las personas, la integridad sexual o la libertad.
La instalación de nuevas calesitas sólo podrá realizarse en espacios públicos de al menos una hectárea de superficie.