En provincia de Buenos Aires cambiaron algunas condiciones y en la Ciudad comenzó un nuevo mes de trámites según la terminación de la patente
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Cambió un requisito. En la provincia de Buenos Aires, ahora es obligatorio contar con un domicilio vial electrónico para hacer la VTV. Así lo dictaminó la resolución N°125/2023 y es solo válido en PBA. Según explicaron desde la gobernación, la medida busca mejrar y agilizar los tiempos en los procesos administrativos así como para comunicar los vencimientos de la vigencia de la VTV y la licencia de conducir.
Y es que el sistema de Buenos Aires es ahora el mismo que el de la capital nacional: los vencimientos y renovaciones rigen por el último número de la patente. Con todo esto en mano, surgen algunas dudas nuevas y otras no tanto. Los criterios que se toman en cuenta, qué pasa si no se aprueba la VTV y cuánto tiempo se puede circular con la oblea vencida, a continuación.
Primero que nada, y en relación a este nuevo dictamen de la provincia de Buenos Aires, cumplir con este requisito es obligatorio para todos los ciudadanos de hasta 70 años. Para los mayores de esa edad, la activación del Domicilio Electrónico Vial (DEV) es opcional. El resto puede obtenerlo llenando un formulario en la web de transporte del gobierno provincial o bien presentarse de manera presencial en alguna de las dependencias habilitadas.
Por otro lado están los criterios evaluatorios. Según estimaciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de los casi cuatro millones de vehículos inspeccionados de 2016 a la fecha, un 20% no logró la aprobación en el primer intento. Eso no significa que fueron rechazados, sino que pudieron obtener la aprobación condicional que obliga a resolver algunas cuestiones antes de obtener la oblea.
Paso a paso. Primero, lo que se revisa. En los centros de inspección se controlan las luces, el estado del chasis, el sistema de seguridad y emergencia así como tener en el vehículo los elementos obligatorios (matafuegos y balizas), el sistema de dirección y tren delantero, sistema de escape, de frenos, de suspensión y el estado de los neumáticos.
En caso de que todo esté dentro de los parámetros recomendados, se aprueba el trámite y se otorga un papel con las observaciones y se pega en el parabrisas delantero la oblea que certifica la vigencia de la VTV. Ahora, si no se aprueba pueden ocurrir dos cosas: la primera, que se otorgue un condicional que aplica a vehículos con uno o más defectos leves; la otra, que se rechace, título que aplica a quienes tienen uno o más defectos graves.
Para ambas situaciones se da un plazo de 60 días para solucionar los desperfectos señalados y hacer el trámite nuevamente sin cargo. La principal diferencia es que los condicionales tienen permiso para circular con una “VTV provisoria” mientras que los rechazados no están habilitados para ello.
Cuáles son los desperfectos más comunes en la VTV
La inspección revisa varios aspectos de un auto pero por lo general, quienes son rechazados, suelen tener fallas en:
- Las luces: focos quemados, no permitidos o faltante de algún tipo de señalización.
- Frenos: desgastados o con fallas técnicas.
- Neumáticos: que la silueta no tenga la profundidad mínima legal (1.6mm) o estén en mal estado.
- Contaminación: que el escape expulse humo altamente contaminante.
Todas esas faltas pueden provocar que no se pase la inspección y quede prohibida la circulación con ese auto hasta tanto sean arreglados los desperfectos señalados. En caso de los condicionales, los desperfectos más comunes son:
- Problemas en la suspensión.
- Neumáticos desgastados.
- Varias fallas que, juntas, afectan al estado general del vehículo.
- Contaminación.
A quién le corresponde hacer el trámite según la terminación de su patente
Todos los distritos siguen la misma lógica y, para tener en cuenta y a modo de “ayuda memoria”, el mes en el que corresponde hacer el trámite coincide con el último número de la patente. Por ejemplo, las patentes que terminan en seis deben hacer la verificación en junio, sexto mes del año.
En cuanto a las patentes terminadas en cero, les corresponde tramitarla en octubre y en lo que refiere a los meses de diciembre y enero, no tienen numeración específica. Se dejan, según comentaron, para “quienes no hayan realizado el trámite en el mes correspondiente”. No obstante, hacerlo en ese período no exime de volver a hacerlo en el mes correspondiente. Es decir, si la VTV se tiene que hacer en agosto pero la inspección se hace en enero, hay que volverla a hacer en agosto.
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