Los requisitos son obligatorios para poder concretar la transferencia de un vehículo; en los próximos meses, podría cambiar uno de ellos
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El pasado miércoles 10 de abril y a través de la Disposición 10/2024, el Gobierno modificó uno de los trámites para transferir vehículos usados. En resumidas cuentas, la nueva disposición altera los plazos de la inspección física de la unidad, punto que sigue siendo obligatorio, pero con excepciones.
A raíz de este hecho, resurgieron algunos interrogantes en torno al paso a paso que debe efectuarse al momento de concretar la operación de compraventa. Ya sean personas físicas como jurídicas, hay que cumplir una serie de instancias obligatorias para transferir un auto, moto o cualquier vehículo.
El trámite de transferencia se inicia de forma online, ingresando a la web de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA) y luego presentándose en la oficina registral correspondiente a la radicación de la unidad para firmar la transferencia.
No obstante, antes de iniciar ese proceso, se deben cumplir con los pasos previos. Si alguno de ellos faltase al momento de la firma del Formulario 08, no podría concretarse la transferencia.
1. Hacer el grabado de autopartes y cristales
Si bien el grabado de autopartes debe hacerse para poder circular con el vehículo, es necesario que esté hecho al momento de transferir la unidad. Un auto que circule sin este trámite puede incurrir en una infracción y, además, en una operación de compraventa generaría desconfianza la ausencia de este elemento. Para hacerlo será necesaria esta documentación:
- Título de propiedad del automotor.
- Cédula del titular.
- DNI vigente.
- Contar con turno previo (se solicita online).
El costo de este trámite es de $40.068 para vehículos automotores y de $20.034 para motovehículos. El pago tiene una vigencia de 90 días corridos una vez realizado para efectuar el grabado.
2. Hacer la VTV
Por el momento, sigue siendo obligatorio contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día al momento de transferir un vehículo. Debe estar vigente cuando se inicie el proceso de transferencia.
Para tramitarla, es necesario contar con turno previo, abonar la reserva del turno y cumplir con los requisitos que solicite cada jurisdicción. A modo de referencia, en la Ciudad de Buenos Aires el trámite cuesta $21.477 para autos y $8.075 para motos.
3. Hacer la inspección física de la unidad
También conocida como verificación policial, es el requisito que se modificó recientemente a través de la Disposición citada anteriormente. Es obligatorio que las unidades a transferir cuenten con una inspección física previa a la transferencia, pero el Gobierno decidió hacer un cambio en el procedimiento.
Antes, era necesario someter al vehículo a la verificación cada vez que fuera transferido. Sin embargo, para acelerar algunos procesos, ahora quedarán exentos de esta segunda verificación aquellos dominios que vuelvan a transferirse durante los 45 días corridos posteriores a la primera inspección, siempre y cuando la misma siga vigente.
4. Resolver las multas y deudas
Por el momento, sigue siendo obligatorio contar con un libre deuda ya sea referido a patentes como a multas de tránsito para el dominio a transferir. Más allá del arreglo entre particulares que pueda surgir, la situación tiene que estar resuelta al momento de firmar los documentos.
Requisitos que podrían cambiar y el proceso de transferencia
En diciembre de 2023, el presidente Javier Milei publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que afectó a varios sectores del funcionamiento burocrático nacional, siendo uno de ellos la labor de los Registros de la Propiedad Automotor. Si bien son 14 los artículos que tienen implicancia en ese sentido, es uno el que afecta a las transferencias de usados.
En el artículo 355 del DNU, se explica que la existencia de deudas en situación regular por multas o patentes no podrá impedir la transmisión de automotores o la inscripción. Es decir, ya no sería necesario el libre deuda para que se transfiera la unidad.
Sin embargo, el decreto puso como fecha límite para esta regulación el 2 de mayo. En diálogo con LA NACION, fuentes cercanas al sector señalaron que ese punto “todavía no está reglamentado” y que se prevé que “la Dirección Nacional lo aplique a partir de mayo” y se emita alguna comunicación al respecto en los próximos días.
A todos los requisitos antes mencionados, hay que sumarle y contemplar los costos de los formularios de transferencia y la emisión de las nuevas cédulas, de autorizados y titular, para el nuevo dueño del vehículo.
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