A partir del 1° julio, las compañías de seguros no estarán obligadas a prestar la asistencia mecánica, según ratificó el Gobierno; consumidores piden una medida cautelar para mantener el servicio
- 4 minutos de lectura'
El Gobierno ratificó que a partir del 1° de julio (cuando se cumplan los 90 días establecidos en la resolución dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación en abril último) las compañías de seguros dejarán de estar obligadas a prestar el servicio de grúas que incluyen hoy en sus pólizas, a pesar de las presentaciones judiciales que formularon entidades de consumidores para frenar la medida.
Acorde a lo que resolvió la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en la Resolución 217/2024, en menos de un mes, las aseguradoras deberán cubrir los costos de acarreo y auxilio mecánico únicamente en casos de “daño y/o incendio que impida la circulación del vehículo, robo y/o hurto”. Esto dejará sin efecto la cobertura obligatoria que rige hoy, donde por “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”, también se procedía con el traslado de la unidad afectada.
Según indicaron desde las compañías de seguros a este medio luego de publicada la medida, los precios de las pólizas no variarán porque el servicio de remolque y auxilio mecánico “no afecta a la estructura del costo de la póliza”.
Las empresas, explicaron, contablemente lo computan como “gastos de comercialización”, por lo que no tendría impacto directo en el monto abonado por los usuarios. “Además, por más que te quiten el ítem de la póliza, es un servicio que van a seguir brindando en los casos que indica la resolución, por lo que tampoco lo van a eliminar del todo”, argumentaron desde una compañía.
Por otro lado, aclararon también que la reglamentación no obliga a las compañías de seguros a dejar de ofrecer grúa y asistencia mecánica, sino que las exime de la obligación de hacerlo. Algo que, hasta antes de publicada la resolución, debía estar incluido obligatoriamente en algunos servicios de cobertura.
“Existe una percepción muy negativa de parte de los asegurados sobre la asistencia que hoy reciben y los altos costos que demanda la prestación del servicio de remolque y auxilio mecánico para situaciones ajenas a un siniestro, alteran la capacidad de responder a la función principal del contrato de seguro”, argumentó el Boletín Oficial en abril, cuando se publicó la resolución.
La realidad detrás el servicio de acarreo
En el último tiempo, se evidenció un crecimiento de la demanda de asistencia mecánica y acarreo en calles incluso “por encima de los niveles prepandemia”, un alza impulsada “en un 80% por desperfectos menores”, según mediciones internas de algunas compañías.
“Nos han llegado a llamar porque se quedaron sin combustible a diez cuadras del destino”, indicó un broker de seguros ante la consulta de este medio. Los pedidos al alza combinados con una reducción generalizada de la flota de grúas en todo el país, provocaron una especie de embudo con graves consecuencias para los usuarios.
A raíz de tantos llamados al servicio de grúas, las demoras pasaron a promediar más de cuatro horas y los reclamos de los asegurados mayoritariamente fueron enfocados a la deficiencia de este servicio.
A partir de estos efectos, las cámaras del sector le reclamaron “durante mucho tiempo” a la Superintendencia de Seguros de la Nación que adecuara la normativa a los problemas actuales.
Con lo publicado, cada empresa tendrá marco de acción libre. Es decir, “la resolución establece cuáles son los puntos básicos; fuera de eso, es un tema de cada compañía si lo quiere seguir dando o no”, sintetizaron. “Los que tengan grúa propia, probablemente la sigan ofreciendo”, añadieron desde otra empresa.
El fin del servicio obligatorio de grúas despertó rechazo entre usuarios y planteos judiciales. La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) inició la semana última una demanda colectiva contra la Superintendencia de Seguros con el objetivo de obtener la nulidad de la resolución. El reclamo por vía judicial fue presentado el 28 de mayo.
“Hemos presentado una solicitud de medida cautelar para que, en lo inmediato, se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada”, explicó la asociación en un comunicado oficial.
Según indicó Ricardo Espinosa, presidente de Acuda, en diálogo con LA NACION, los demandantes entienden “que esta derogación va a perjudicar a los consumidores” porque “crea un desequilibrio contractual que favorece a las aseguradoras; afecta el principio de buena fe contractual y resulta un perjuicio económico para los consumidores, porque no se refleja en una reducción significativa en el precio de las primas de seguro”.
Otras noticias de Autos usados
Más leídas de Autos
Llegará a la Argentina. Una pick up sacó la máxima calificación en un test de seguridad
En primera persona. Qué se siente manejar el Toyota Corolla Cross híbrido
Les gana por cansancio. Una abuelita generada con IA, la peor pesadilla de los estafadores
Mercado. Otra automotriz bajó los precios de sus 0km tras los cambios en el impuesto PAIS