La nueva disposición del Ministerio de Economía incluye a algunos “bienes suntuarios” donde se comprenden varios rodados; cuáles son y cómo se ven afectados
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Si bien el llamado dólar Qatar está principalmente destinado a compras con tarjeta de crédito y viajes al exterior, el Boletín Oficial expresa en un párrafo la afección a la “ importación de bienes suntuarios” en los cuales ingresan algunos vehículos que cambian la configuración de precios que existía hasta el momento.
El nuevo tipo de cambio, acorde a lo dispuesto por el Gobierno, implica agregarle al valor oficial mayorista un 30% en concepto del impuesto PAIS, 45% de percepción a cuenta de Ganancias y 25% de percepción a cuenta de Bienes Personales. Es decir, a la cotización del dólar oficial hay que contemplarle un 100% extra.
Ahora bien, exceptuando todas las cosas que abarca el nuevo tipo de cambio, el foco en el transporte también debe hacerse ya que varios son afectados por lo antes mencionado. Por ejemplo, los vehículos para nieve, transportes en campos de golf y cuatriciclos que cuesten US$25.000 o más.
A su vez, los automóviles y motos de alta gama, jets privados o pequeños aviones, embarcaciones de uso recreativo, helicópteros, drones y jet ski también tendrán un significativo aumento de precios a raíz de esta disposición, de acuerdo con el texto de la Comunicación “A” 7352 del Banco Central de la República Argentina.
Por el momento, esto no afectó al mercado general de autos y motos. En diálogo con LA NACION, fuentes vinculadas al sector advirtieron que esto no debería tener un impacto directo en los precios pero que sí podría afectar a algunas operaciones puntuales. En ese sentido, tal y como destaca el Anexo I del decreto y acorde a las nomenclaturas generales del Mercosur, sí se verían afectados los precios de vehículos blindados de cilindrada mayor a 1000cc y cuyo valor de importación sea de US$25.000 o más.
Dólar Qatar y “dólar moto de agua”
Es importante aclarar que el dólar Qatar y el dólar “moto de agua” o de lujo, son dos cotizaciones distintas. En ambos casos hay que hacerle un agregado de 100% en concepto de impuestos pero tienen una diferencia en base a a partir de qué cotización se hace la cuenta.
En el caso del dólar Qatar, la variación se hace a partir de la cotización oficial minorista y afecta a quienes tengan consumos mensuales mayores a US$300 con tarjetas de crédito y débito. En cambio, el dólar de lujo se calcula a raíz de la cotización oficial mayorista y afecta directamente a todas las compras de “bienes premium” que se hagan en el exterior.
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