Las luces son fundamentales al circular con el auto y mucha gente las usa mal; de las balizas a las luces bajas y altas, cómo hay que emplearlas en cada situación y el código “erróneo” de los sobrepasos
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Como parte de la trama vial, cada conductor debe conocer cómo comunicarse con los demás usuarios mediante las luces reglamentarias con las que vienen provistos los vehículos. Utilizarlas correctamente en cada situación será la diferencia, por ejemplo, en una ruta entre la maniobra completada con éxito o una con un desenlace fatal.
“Las luces son fundamentales en la seguridad vial y cumplen roles muy importantes. Iluminar para que el conductor pueda ver lo que se avecina en el camino, permitir que nos vean en condiciones adversas de clima o luminosidad y señalizar con antelación las maniobras que vamos a realizar”, dijo el presidente del Observatorio Vial Latinoamericano (OVILAM), Fabián Pons.
En este sentido, el presidente de la Asociación para la Disminución de Siniestros Viales (ADISIV, @mamaseguras) Axel Dell’ Olio, afirmó que las luces son fundamentales en la vía pública y puso un ejemplo: “En un viaje en una ruta doble mano se ve una luz de frente de una moto, bici, camión o auto y cuando está cerca ves dos luces. Ahora, si es un camión con una luz quemada, lo tenés a 800 metros en un parpadeo y te das cuenta que era un camión sin una luz, ahí lo único que espero es que no haya comenzado un sobrepaso, porque en ese caso, vamos a tener malas noticias”.
Acerca de la iluminación del vehículo, la Ley Nacional de Tránsito 24.449 indica en los artículos 31 y 32 y sus especificaciones que las luces exigidas para un vehículo particular son faros delanteros, luces de posición (delanteras de color blanco o amarillo, traseras de color rojo), luces de giro, luces de freno traseras, luz para la patente trasera, luz de retroceso blanca, luces intermitentes de emergencia y sistema de destello de luces frontales.
Cómo usar correctamente las luces
Saber cómo usar las luces es vital. El presidente de ADISIV explicó que “es lo que se llama sistema de seguridad vial activo, es decir, son sistemas que pueden evitar un siniestro (o causarlo). Más de una vez te encontrás con un siniestro de un vehículo que se estrella literalmente con otro porque nunca lo vio. A 110 km/h. vos hacés 30 metros por segundo, si había un camión, un auto sin luces a un km, recién ves una sombra a 200 metros y en un par de segundos tu cerebro recién elije que maniobra realizar, cuando el cuerpo acciona, ya estás adentro del camión porque te lo llevaste puesto”.
Nuevamente, la ley 24.449 en su artículo 47 especifica claramente cómo es el uso de las luces: a) Luces bajas o luces diurnas (sistema DRL: Day Time Running Light): mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales.
“Sobre este punto cabe resaltar que muchas provincias (la primera fue Córdoba para poder seguir haciendo multas “cazabobos”) no permiten el uso de las DRL en lugar de las luces bajas. Eso es un sinsentido sólo avalado por el perimido sistema federal de tránsito que rige en la Argentina”, comentó el ingeniero.
Continúa la norma con el inciso b) Luz alta: su uso obligatorio sólo en zona rural y autopistas siempre y cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo reclame. En este punto, el Decreto Reglamentario 779/95 aclara que “cuando se circula con luces altas, antes de cruzar a un vehículo que circula en sentido contrario se debe cambiar a luces bajas; dicho cambio de luces debe realizarse a una distancia suficiente a fin de evitar el efecto de encandilamiento del conductor”.
Sigue el inciso c) Luces bajas, de posición y de chapa patente: deben utilizarse cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo demande y el d) Destello: debe usarse en los cruces de vías y para advertir los sobrepasos.
Acerca del inciso e) Luces intermitentes de emergencias: deben usarse para indicar la detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas, el presidente de OVILAM cuestiona que “en este punto la ley es muy ambigua porque no establece claramente cuáles son las maniobras riesgosas y/o las zonas de detención peligrosas. Por ejemplo, ¿es una maniobra riesgosa circular en presencia de niebla?”.
Y cierra el inciso f) Luces rompenieblas, de retroceso, de freno, de giro y adicionales: deben usarse sólo para sus fines propios y el g) Las luces de freno, giro, retroceso o intermitentes de emergencia deben encenderse conforme a sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente.
Estas normas deberían incluirse en todos los exámenes teóricos para sacar o renovar el registro de conducir, indican los expertos. Sin embargo, “lamentablemente, en general no pasa. Las exigencias para obtener una licencia de conducir en la Argentina las establece cada municipio y el nivel de conocimiento de la ley que se pide es muy bajo”, comentó Pons.
Por su parte, Graciela Valles, del Área de Educación Vial del Automóvil Club Argentino (ACA) aportó respecto de la conducción nocturna que “siempre implica mayores riesgos ya que durante la noche todos los objetos son grises o negros. Se pierden las percepciones de relieve, distancia y velocidad, por ello las precauciones deben ser mayores. Los faros deben mantenerse bien regulados y las luces alineadas asimétricamente”.
Detalló además que “la limpieza de vidrios, parabrisas y luneta reducen los efectos de riesgo de la oscuridad. Si utilizan lentes para conducir que estén bien limpios y no utilizar lentes oscuros. En ciudad, las luces de largo alcance o luces altas sólo están permitidas para circular en autopistas ya que las luces del vehículo brindan un campo reducido de iluminación, es aconsejable no conducir a más velocidad que la del alcance de los faros”.
Los sobrepasos en la ruta
Ante la falta de conocimiento, aparecen los ‘códigos de ruta’ y sus consecuencias, cuestiona el presidente de ADISIV. “En la Argentina se generó la gran confusión del código de ruta entre, principalmente, los camioneros, y se sigue generando, lo que provoca muchas veces siniestros”.
De la misma manera, el ingeniero afirmó que el gran problema es que los conductores en general y los profesionales en particular “desconocen lo que dice la ley de tránsito y hacen un muy mal uso de los códigos de señalización que exige la ley”. Un ejemplo clásico se ve en la maniobra de adelantamiento que especifica claramente el artículo 42 inciso F) de la Ley 24.449, explica. “Vemos cotidianamente cómo los conductores de vehículos pesados (camiones y transporte de personas) encienden la luz de giro izquierda para indicarnos que hagamos el adelantamiento porque no hay riesgo, cuando lo especificado por la legislación es exactamente opuesto”.
Asimismo, especificó que la ley argentina “no indica que se deba hacer señal alguna a quien viene detrás nuestro con intenciones de sobrepasarnos si no hay ninguna situación de peligro. Por eso, es muy recomendable que todos los conductores conozcamos y apliquemos lo que dice el artículo 41 de la ley al momento de realizar un adelantamiento”.
En este punto, la ley de tránsito en su artículo 43 es clara en que el adelantamiento a otro vehículo debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas: a) El que sobrepase debe constatar previamente que a su izquierda la vía esté libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún conductor que le sigue lo esté a su vez sobrepasando; b) Debe tener la visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso y c) Debe advertir al que le precede su intención de sobrepasarlo por medio de destellos de las luces frontales o la bocina en zona rural. En todos los casos, debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral.
Posteriormente, sigue el inciso d) Debe efectuarse el sobrepaso rápidamente de forma tal de retomar su lugar a la derecha, sin interferir la marcha del vehículo sobrepasado; esta última acción debe realizarse con el indicador de giro derecho en funcionamiento y e) El vehículo que ha de ser sobrepasado deberá, una vez advertida la intención de sobrepaso, tomar las medidas necesarias para posibilitarlo, circular por la derecha de la calzada y mantenerse, y eventualmente reducir su velocidad.
En tanto, detalla en el inciso f) Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso; g) Los camiones y maquinaria especial facilitarán el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina periódicamente y el h) Excepcionalmente se puede adelantar por la derecha cuando: 1. El anterior ha indicado su intención de girar o de detenerse a su izquierda y 2. En un embotellamiento la fila de la izquierda no avanza o es más lenta.
Revisión y consecuencias
Aunque en el país, la revisión del estado y funcionamiento de las luces se realiza durante la Verificación Técnica Vehicular o en la Revisión Técnica Obligatoria, Pons señaló que, en muchos rodados “se reemplazan las luces halógenas que originalmente vinieron en el vehículo por otras de xenón o led sin tener en cuenta que el faro no está preparado para recibir ese tipo de lámparas. Las consecuencias de ello, es la generación de encandilamientos y molestias al resto de los conductores”.
Sobre este particular, la Ley 24.449 en el artículo 31 avisa que, “queda prohibido a cualquier vehículo colocar o usar otros faros o luces que no sean los taxativamente establecidos en esta ley, salvo el agregado de hasta dos luces rompeniebla y, sólo en vías de tierra, el uso de faros buscahuellas”.
Acerca de las multas por no usar correctamente las luces, Pons aclaró que la ley lo contempla en su artículo 77, pero “no en forma tan taxativa como sería deseable”.
En ruta
Otro punto para tener en cuenta del uso de las luces en la ruta lo ofrece Valles, del ACA: “Si el vehículo que viene en sentido contrario trae luces altas y aun cuando mediante un destello se le pida que las baje y no lo hace, no busque revancha colocando sus luces altas también, así sólo logrará duplicar el riesgo por estar ambos conductores encandilados. Por el contrario, mantenga sus luces bajas, reduzca la velocidad, oríllese a la derecha, y mire al costado del camino”.
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