Reforma. Modificaron la ley de la policía porteña para ampliar las medidas de protección social de los uniformados
Los cambios apuntan, entre otros temas, a consolidar el sistema de licencia, definir los períodos de estudio y apuntalar el apoyo que reciben los familiares de los agentes caídos en cumplimiento del deber
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En la primera sesión con la nueva composición de diputados, la Legislatura porteña sancionó la modificación a la ley del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires para incorporar y ampliar el alcance de algunas licencias para los uniformados, y, entre otros temas, definir los subsidios que recibirán los familiares de los policías que caigan “en y por acto de servicios”. Esta reforma tuvo un amplio consenso, expuesto en el voto afirmativo de 55 de los 60 legisladores.
El proyecto fue presentado por el diputado Martín Ocampo, al cual se le incorporaron las propuestas del proyecto del diputado Matías Barroetaveña.
Todo este conjunto de iniciativas tuvo como objetivo ampliar derechos y, según indicaron los legisladores que impulsaron el proyecto, “cuidar a los quienes cuidan a los porteños, es decir a a la Policía de la Ciudad que diariamente arriesga su vida para asegurar la convivencia en paz en esta Ciudad”.
Genoveva Ferrero, Secretaria de Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad del Gobierno de la Ciudad manifestó su satisfacción tras la sanción de estas modificaciones: “Soy una convencida de que para tener una fuerza profesional y eficiente, hay que cuidar a la persona detrás del uniforme. Es un orgullo enorme cerrar esta gestión habiendo podido aprobar estas modificaciones a la ley que cuida a nuestros policías. Son cambios en el sistema de licencias, de acceso a la salud, discapacidad, entre tantos otros cambios que tienen un impacto directo en la calidad de vida de nuestros agentes y de toda la familia policial.”
Las modificaciones incluyen licencias por guarda y guarda por adopción, para tratamiento de fertilidad asistida, por trámites, tratamientos y/o controles y chequeos médicos y/o de salud por hijo/a con discapacidad, para gestionar el Certificado Único de discapacidad (CUD), por acogimiento familiar transitorio y la ampliación de la licencia por fallecimiento de familiar.
También se dispuso la regulación de los haberes que recibe el personal en situación pasiva cuando no desempeñe cargo o tuviera hijos menores de 18 años de edad una asistencia económica mensual del 30% de los haberes que le hubieran correspondido de revistar en disponibilidad y según las circunstancias consignadas en los incisos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo 159. Además, el personal en situación pasiva mantiene para sí mismo y para sus familiares a cargo, la cobertura correspondiente a la obra social.
Por otra parte, se dispuso un plazo de tres años a partir de la promulgación de esta reforma para la exigibilidad de los títulos académicos como requisito para el ascenso a los grados de oficiales de supervisión de la Policía de la Ciudad y se instruye durante ese plazo a disponer el otorgamiento de las capacitaciones correspondientes a los mencionados oficiales de supervisión.
En cuanto al personal que se incorporó a la policía porteña desde otra fuerza, se dispuso que los afiliados de la Obra Social de la Policía Federal Argentina Superintendencia de Bienestar transferidos a la Ciudad que al 31 de diciembre de 2023 no se encuentren en condiciones de retiro voluntario, jubilación o pensión, podrán optar por afiliarse a la Obra Social del Personal de Seguridad Pública a partir del 1° de enero de 2024 por un plazo único y perentorio de tres meses.
La secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad del Gobierno de la Ciudad agregó que “esta modificación a la Ley de Seguridad de la Ciudad es sumamente importante porque muchas de las iniciativas plasmadas surgieron de las propuestas de los policías, que día a día trabajan esforzadamente para cuidarnos.”
LA NACIONTemas
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